Detalle de procedimiento

Fallas 2024. Premios destinados a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo

Código SIA : 3037056
Código GUC : 95305
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(09-01-2024
12-02-2024)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Alegación/Aportación

  • Resolución

  • Justificación

  • Subsanación

  • Desistimiento

  • Recurso Alzada

  • Recurso Reposición

  • Renuncia

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Fallas. Resolución del conseller de Educación, Universidades y Ocupación, por la cual se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de Fallas y libros de Magdalena, para el año 2024.

Requisitos

Requisitos

a) Los libros objeto de subvención deberán cumplir las características previstas en el punto 3 del artículo 5 de la Orden 90/2016, que regula las bases. b) Se deberá hacer constar, en los créditos del libro, la colaboración de la Generalitat con el lema siguiente: «El llibre ha participat en la convocatòria dels premis de la Generalitat per a la promoció de l’ús del valencià de l’any 2024». La leyenda debe estar impresa en la cubierta interior o en la primera página de la obra. No será válida la impresión a través de cuños, pegatinas u otros elementos que no estén en la edición original. c) Tener una tirada mínima de 75 ejemplares.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las comisiones de fiestas de las Fallas que estén legalmente constituidas, inscritas en el registro correspondiente de la administración, que cumplan los preceptos y requisitos establecidos en la Orden 90/2016, que aprueba las bases reguladoras de estas subvenciones.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 12 de febrero de 2024. El plazo de presentación de los libros editados se iniciará el día siguiente de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 12 de febrero de 2024. Para optar definitivamente a los premios, las entidades solicitantes deberán presentar tres ejemplares del libro de la fiesta editado. Se presentarán en la avenida Campanar, 32, sede de la dirección general con competencias en materia de política lingüística.

Formularios y documentación

La solicitud de participación es telemática. - El modelo de la solicitud y los anexos estarán disponibles en el sitio web o de la Consellería de Educación, Universidades y Empleo. - La solicitud de participación es telemática. Sin embargo, se deberán presentar los tres ejemplares de acuerdo con los puntos 4 y 5 del resuelvo quinto de la convocatoria.

Presentación

Presentación

Telemática
La solicitud se tramitará exclusivamente de manera telemática. La introducción de datos en la aplicación deberá hacerse a través de la página web de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo: ceice.gva.es/va/web/dgplgm/premis o https://sede.gva.es.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión es la subdirección general con competencias en materia de política lingüística. 2. Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por una comisión técnica que, como órgano colegiado, se regirá por el régimen previsto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

Los criterios de valoración són los que establece el resuelvo cuarto de la resolución de convocatoria.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Plazo alegación: ABIERTO

Obligaciones

Obligaciones

Consulten el artículo 7, "Obligaciones de las entidades beneficiarias", de la orden de bases de la convocatoria.

Observaciones

Observaciones

De conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recorrer potestativamente en reposición o bien plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: a) El recurso de reposición contra la resolución se deberá interponer ante el conseller de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. b) El recurso contencioso-administrativo se deberá plantear ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al día que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

1. La cuantía total máxima estimada para conceder en esta convocatoria para el ejercicio 2024 asciende a 180.0000 euros. El importe irá a cargo de la línea S0291, del capítulo IV, del programa 422D00 del presupuesto de 2024 de la Generalitat Valenciana. Se convocan 115 subvenciones para libros de las Fallas con una dotación total de 133.000 euros, distribuidos de la manera siguiente: 1. Libros de las Fallas de las comisiones falleras de las poblaciones de la Comunitat Valenciana, excepto las comisiones falleras de la ciudad de València. Se convocan 80 subvenciones con una dotación total de 85.000 euros. Las comisiones de fallas de la ciudad de València no podrán participar en la modalidad anterior. Se convocan 35 subvenciones con una dotación total de 48.000 euros.

Plazo máximo

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver y notificar esta convocatoria de subvenciones es de seis meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No

Sanciones

Sanciones

El régimen sancionador en la materia regulada en esta orden será el que establece el título IV de la LGS y en el capítulo IV, del título X, de la Ley 1/2015, de la Generalitat.
Plazo justificación: ABIERTO