Detalle Departamento

DIRECCIÓN GENERAL IVF

DIR3 A10025409
46002 - València
Teléfono: 961971700 - Fax: 961751775
Rango: Dirección general

Funciones:
  • a) La dirección y gestión ordinarias de las actividades del IVF.
  • b) La ejecución de los acuerdos del Consejo General y la Comisión de Inversiones.
  • c) La elaboración del Plan Anual de Actividades del IVF, el anteproyecto de presupuesto para cada ejercicio y las modificaciones de este, así como los estados de ejecución del presupuesto, memoria y la formulación de cuentas anuales, a fin de elevarlos al Consejo General para su aprobación.
  • d) Proponer al Consejo General los criterios que han de regir el desarrollo de los procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público.
  • e) La ejecución de los procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, así como la contratación y despido del personal laboral propio del IVF.
  • f) La jefatura del personal del IVF, así como la elaboración de la relación de puestos de trabajo del personal, para su aprobación por el Consejo General.
  • g) La gestión económica y financiera y el control técnico y administrativo de los servicios. Además de la llevanza de los eventuales cobros que tenga pendiente el IVF.
  • h) Autorizar gastos y ordenar pagos, así como la contratación necesaria para el funcionamiento ordinario del IVF, hasta el límite que, en su caso, señale el órgano de contratación, sin perjuicio de las competencias que tiene asignadas el Consejo General.
  • i) Decidir acerca de las cuestiones urgentes que puedan presentarse, y dar conocimiento de ello, tan pronto como sea posible, al órgano colegiado competente.
  • j) Aprobar operaciones de crédito, avales y otras cauciones, dentro de los límites que establezca la Comisión de Inversiones.
  • k) Aprobar y suscribir operaciones de endeudamiento del IVF, cualquiera que sea su instrumentación y naturaleza jurídica, dentro del límite máximo establecido por la correspondiente ley anual de presupuestos de la Generalitat.
  • l) Otorgar apoderamientos de sus facultades a favor del personal del IVF, y dar cuenta a la Comisión de Inversiones y/o al Consejo General.
  • M. Emitir los dictámenes e informes que sean preceptivos legalmente o que tengan por destinatario al Consell.
  • n) Resolver las solicitudes de autorización administrativa que sean preceptivas para la realización de actos y operaciones que, según la normativa vigente, sean competencia del IVF.
  • o) Dictar instrucciones y recomendaciones en materia de coordinación y control de la actividad crediticia de las instituciones públicas de crédito dependientes de la Generalitat.
  • p) Ejercer todas las competencias atribuidas o delegadas en el IVF en materia del mercado de valores, endeudamiento y tesorería, tanto de la Generalitat y de su sector público, como del propio Instituto; así como la coordinación del endeudamiento de los entes de dicho sector. A tal fin, podrá contratar cualquier instrumento de uso en los mercados financieros.
  • **Sigue, ver Decreto 15/2014**
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