Detalle de procedimiento

Compromiso de adhesión, renovación, modificación o baja, de personas físicas o jurídicas a la red del Carnet Jove (IVAJ).

Código SIA : 211533
Código GUC : 15480
Organismo: INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT IVAJ
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Ofrecer, a través del IVAJ, un servicio a la juventud para facilitar su movilidad e intercomunicación, su acceso a bienes y servicios de carácter social, cultural, económico y educativo, recreativo, deportivo, de consumo, de transporte y similares.

Observaciones

Observaciones

* COMPROMISO ENTIDADES ADHERIDAS - El compromiso de adhesión tendrá una vigencia de dos años a partir de su firma, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes. Podrá prorrogarse por dos años más, de forma automática, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes. - Las entidades adheridas deberán comunicar, por escrito, cualquier cambio que altere la naturaleza del compromiso de adhesión, ya sea por cese de la actividad o por cambio de la titularidad. - Las entidades adheridas dispondrán del distintivo acreditativo de pertenencia a la Red de Carnet Jove, que será proporcionado por el IVAJ.

Requisitos

Requisitos

Tendrán la condición de entidades adheridas al Carnet Jove, en su condición de prestadoras de servicios o suministradoras de bienes, las personas físicas o jurídicas que así lo deseen, previa suscripción del correspondiente compromiso de adhesión con el IVAJ. Mediante orden de la conselleria competente en materia de juventud, podrá desarrollarse el procedimiento de adhesión, así como el formulario y documentación a presentar por las entidades adheridas.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades adheridas como prestadoras de servicios, o suministradoras de bienes.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 17/2010, de 14 de julio, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula el Carnet Jove en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6316, de 22/07/10). *Nota: el capítulo I y el artículo 8 de esta Orden quedan derogados por la Disposición derogatoria del Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana
  • Resolución de 21 de marzo de 2011, de la Dirección General del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se autoriza la unidad registral telemática del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove y su puesta en marcha con la presentación telemática del compromiso de adhesión de personas físicas o jurídicas a la red del Carnet Jove (IVAJ.GVA JOVE) (DOCV nº 6489, de 28/03/11).
  • Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7542 de 08/06/2015).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

En cualquier momento. La presentación telemática puede realizarse todos los días del año durante las 24 horas del día, siempre que el trámite esté vigente. Las entidades adheridas también podrán renovar el compromiso ya existente, modificar sus datos o condiciones o proceder a la baja de la entidad en el programa.

Formularios y documentación

Las entidades adheridas deberán suscribir el correspondiente compromiso de adhesión. Mediante orden de la conselleria competente en materia de juventud, podrá desarrollarse el procedimiento de adhesión, así como el formulario y documentación a presentar por las entidades adheridas.

Presentación

Presentación

Presencial
La documentación puede presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los registros de las oficinas del IVAJ siguientes:
Telemática
1. Acceder a través del icono "Entrar con mi certificado" donde se deberá validar el certificado digital para iniciar el trámite. 2. Completar los datos del "Formulario de datos generales". 3. Elegir mediante el enlace "Selección de formularios" los documentos que se quiera presentar. 4. Anexar los documentos. Las plantillas ofrecen la posibilidad de descargarlas y guardar los documentos en el ordenador personal con los datos ya cumplimentados para, a continuación, en el proceso de solicitud telemática, poder incorporarlos a la solicitud. 5. Para finalizar, el trámite debe firmarse. Si no se realiza este paso el trámite no tendrá validez. NOTA: Si todavía no dispone de la firma digital de la Generalitat Valenciana, puede obtenerla de forma gratuita en los puntos de registro de usuarios de la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana (ACCV). Puede consultar el punto de registro más cercano en la dirección http://www.accv.es/puntreg_c.htm

Enlaces

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órganos de tramitación

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Órganos resolución

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Agota vía administrativa

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