Comunicación de haber superado las pruebas de aptitud para obtener la licencia de caza y solicitud del certificado de habilitación - GVA.ES
Comunicación de haber superado las pruebas de aptitud para obtener la licencia de caza y solicitud del certificado de habilitación
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Obtener el certificado de haber superado las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza de la Comunitat Valenciana.
Requisitos
Requisitos
Las entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos del artículo 4.1 del Decreto 188/2014 de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana y la habilitación para el control de predadores.
Para obtener el certificado el interesado deberá haber superado las pruebas de aptitud y tener 14 años cumplidos, a la fecha de realización del ejercicio final y contar, en el caso de menores no emancipados, con autorización escrita de uno de los padres o tutor.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las solicitudes las tramitarán las entidades homologadas para la impartición de los cursos formativos del cazador.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4913 de 29/12/04).
- ORDEN 13/2015, de 27 de mayo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regulan las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Comunitat Valenciana.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
Ninguna más allá de los datos del formulario
Presentación
Presentación
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc20626 .
En caso de que la solicitud se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados).
Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"? "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
Normativa
Normativa
- ORDEN 13/2015, de 27 de mayo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regulan las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Comunitat Valenciana.
- Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4913 de 29/12/04).
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Una vez superadas las pruebas de aptitud, la entidad homologada comunica a la dirección general con competencias en materia cinegética las personas aptas mediante la introducción de los datos requeridos en este trámite.
Tras comprobar que el interesado cumple los requisitos se emite el certificado de habilitación para obtener la licencia de caza y se remite al correo electrónico indicado en la solicitud.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Dirección General de Medio Natural y Animal
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Órganos resolución
Órganos resolución
- Dirección General de Medio Natural y Animal
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí