Presentación de documentación, por parte del personal de nueva incorporación, dirigida al Servicio de Personal de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio (EXCLUSIVAMENTE para personal empleado público adscrito a esa Conselleria). - GVA.ES
Presentación de documentación, por parte del personal de nueva incorporación, dirigida al Servicio de Personal de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio (EXCLUSIVAMENTE para personal empleado público adscrito a esa Conselleria).
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Posibilitar la presentación telemática de solicitudes y escritos por nueva incorporación dirigidos al Servicio de Personal de la Conselleria de Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio por parte del nuevo personal empleado público adscrito a esa Conselleria.
Requisitos
Requisitos
Ser nuevo personal ADSCRITO a la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Este trámite es válido ÚNICAMENTE para el nuevo personal empleado público ADSCRITO a la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio.
* IMPORTANTE: este trámite NO es válido para el personal que NO esté adscrito a esa Conselleria.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana (DOGV núm. 9065, de 20.04.2021 y BOE núm. 127, de 28.05.2021).
- Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat (DOGV núm. 8518, de 31.03.2019).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
Se ha de presentar toda la documentación que se encuentra en los "Impresos Asociados" de este trámite firmada telemáticamente.
Encontrará una "Guía para el nuevo personal" en el apartado de Enlaces al final de este documento
Presentación
Presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados).
En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible:
- En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168 - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/
2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
3. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección:
http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion
Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate:
- Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es
- Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación"
(https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
Normativa
Normativa
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
1. En virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las persones empleadas publicas están obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para los trámites y las actuaciones que
realizan por razón de su condición de persona empleada pública.
2. En concreto, para que el personal empleado público adscrito a la CPTOPM presente solicitudes y escritos dirigidos
a su Servicio de Personal tiene que utilizar el TRÁMITE TELEMÁTICO en el enlace directo al cual acaba de indicarse
y disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avance basado en certificados electrónicos
reconocidos o calificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten:
- El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por el FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados
de empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoridad de Certificación CV).
- El sistema Clave-firma del Estado solo para las personas físicas (por lo tanto, excluidas las personas jurídicas).
- Y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma
Más información en https://sede.gva.es/va/sede_certificados
3. Para hacer trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuante en representación
de otra persona (física o jurídica), esta tendrá que inscribir previamente esta representación en el REGISTRO DE
REPRESENTANTES del ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO De APODERAMIENTOS de la Administración
general del Estado (ver el apartado "Enlaces"). Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada la
representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.
4. Haciendo clic en el enlace directo indicado en ¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON
CERTIFICADO" (que figura en color rojo al inicio de este trámite), accederéis al trámite telemático, que os permitirá llenar
y firmar digitalmente el formulario web de solicitud, anexar la documentación rellenada y firmada digitalmente que tiene
que aportarse y realizar la presentación telemática de todo esto, obteniendo el correspondiente justificante de registro,
que posteriormente estará también disponible, con el número de expediente abierto, en su Carpeta Ciudadana (ver
'Enlaces').
5. Respecto a la DOCUMENTACIÓN A ANEXAR:
- Es recomendable que reunáis todos los documentos que hay que anexar y los rellenéis, firméis y guardéis
electrónicamente en vuestro ordenador, de forma que posteriormente podáis incorporarlos en el paso correspondiente
del trámite telemático.
- IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presentan telemáticamente tendrán que enviarse
en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/las persona/olas o entidad/s que el/s subscriba
o subscriban.
- En este trámite de la Guía Prop:
En el apartado "Impresos asociados" (además de en el trámite telemático mismo) hay modelos normalizados y
rellenables de todos o algunos de estos documentos. Si hay modelo normalizado, el documento tiene que presentarse en
él, y si no existe, tiene que ser creado o pedido por la persona solicitante para poderlos adjuntar a su solicitud telemática.
- En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos para anexar y los posibles formatos
o extensiones (PDF, DOC, ODT, XLS, ODS, ZIP, etc.). Comprobadlo antes de anexarlos.
6. Disponéis de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en:
https://www.gva.es/va/web/administracion-online/faqs-servicis-en-linia
Si continuáis necesitando ayuda, comunicadlo a:
- Para consultas sobre el contenido del trámite: personal_08@gva.es
- Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí