Convocatoria de pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de estadística de la Administración de la Generalitat, A1-29, sector administración especial, convocatoria 12/18, turno de promoción interna. (PROCESO DE ESTABILIZACIÓN) - GVA.ES
Convocatoria de pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de estadística de la Administración de la Generalitat, A1-29, sector administración especial, convocatoria 12/18, turno de promoción interna. (PROCESO DE ESTABILIZACIÓN)
Basic information
Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas, Licenciatura en Matemáticas, o bien, título universitario oficial de grado.
Description of places
Puestos correspondientes a la oferta de empleo público de 2018.
Para la admisión a estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el artículo 53, de la LOGFPV, los siguientes requisitos:
1. Ser personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat de los cuerpos o escalas a los que se hace referencia en el presente apartado para cada una de las modalidades y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en el cuerpo o escala desde el que se accede, tal y como establece el artículo 119 de la LOGFPV.
Las modalidades de acceso a la promoción interna tendrán, en cada caso, la siguiente procedencia:
- Modalidad A: Promoción interna vertical: prevista para el personal funcionario de carrera que pertenezca al Cuerpo A2-27 (Cuerpo Superior de Gestión en Estadística de la administración de la Generalitat, del anexo I de la LOGFPV).
- Modalidad B: Promoción interna horizontal: prevista para el personal funcionario de carrera que pertenezca a otro cuerpo o escala del mismo subgrupo de clasificación profesional (cualquier subgrupo A1 del anexo I de la LOGFPV, excepto el A1-29).
- Modalidad C: Promoción interna mixta: prevista para el personal funcionario de carrera que pertenezca a otro cuerpo o escala del subgrupo A2 del anexo I, de la LOGFPV, excepto el A2-27).
El personal funcionario de carrera que no haya podido ser integrado en los cuerpos que establece el anexo I de la LOGFPV, podrá igualmente acceder al subgrupo A1-29 mediante la promoción interna mixta si pertenece al subgrupo A2, o por promoción interna horizontal si pertenece al subgrupo A1.
2. Estar en posesión del título de Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas, Licenciatura en Matemáticas, o bien, título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo, o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria decimoquinta de la LOGFPV, el personal que carezca de la titulación específica exigida para el acceso al cuerpo o escala en el que se clasifique el puesto, que haya desempeñado como personal temporal, por haber sido modificado en aplicación de lo dispuesto en el apartado primero de la disposición adicional tercera de la citada Ley, podrá participar en las convocatorias de los procedimientos selectivos a dicho cuerpo o escala correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los ejercicios 2017 a 2019, siempre que estén en posesión de una titulación del nivel exigido para el acceso al grupo o subgrupo de clasificación profesional del cuerpo o escala convocado.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Las condiciones para la admisión a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.
La administración podrá requerir, en cualquier momento a las personas aspirantes, a fin de que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para su participación, así como, la veracidad de cualquiera de los documentos que deban aportar en este proceso selectivo.
Si los requisitos no fueran acreditados o los documentos no fueran aportados, en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, la persona aspirante podrá quedar excluida del proceso selectivo.
No podrá participar, en este procedimiento selectivo, el personal que ya tenga la condición de funcionario de carrera del cuerpo objeto de la presente convocatoria.
Waiver / Fee Reduction:
BONIFICACIONES
a) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios telemáticos, tendrá una bonificación del diez por ciento de la cuota íntegra, que se aplicará de forma automática al realizar el pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud.
b) Las personas que acrediten formar parte de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra acumulable a la fijada en el apartado a) anterior, para lo que, deberán señalar el apartado "Bonificaciones" de la solicitud telemática y se aplicará de forma automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud.
EXENCIONES
Estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas que acrediten un grado de diversidad funcional igual o superior al 33%. Será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado de "Exenciones" de la solicitud telemática.
b) Las personas que acrediten formar parte de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. Será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado de Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud telemática.
c) Las mujeres víctimas de actos de violencia sobre la mujer, que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, así como, quienes acrediten encontrarse en situación de exclusión social mediante el correspondiente documento expedido por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado «otros» de la solicitud telemática.
Current stage: Declaración de desierta
Oposición
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Current stage: Declaración de desierta
Publication date: 11-03-2022
Nombramiento de tribunal
Publication date: 03-11-2020
Bases y apertura de plazo
Publication date: 10-12-2019
Closed term