Obtención de la Declaración de Interés Social para proyectos o actividades culturales, científicas, o deportivas no profesionales, desarrolladas por personas o entidades beneficiarias del mecenazgo en la Comunitat Valenciana

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Code SIA: 1994402
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What is

What is it and what is it for

Obtener la Declaración de Interés Social para proyectos o actividades culturales, científicas, o deportivas no profesionales, desarrollados por personas o entidades beneficiarias del mecenazgo en la Comunitat Valenciana, para su publicación por la Oficina del Mecenatge a efectos de búsqueda de...

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Normative
  • Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana
  • Decreto 2/2019, de 11 de enero, del Consell, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consell Assessor del Mecenatge y los procedimientos para la declaración y la comunicación del interés social de proyectos y actividades culturales, científicas y deportivas no profesionales.

Who is it addressed to

Citizenship
Companies
Administration
Interested people

Deberán solicitar la Declaración de Interés Social:

1.- Las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas fiscalmente en la Comunitat Valenciana, cuyo objeto social sea de carácter cultural, científico o deportivo no profesional. Se entiende por entidades sin ánimo de lucro:

-a.1. Las fundaciones.

-a.2. Las asociaciones declaradas de utilidad pública.

-a.3. Las federaciones y asociaciones deportivas en el territorio de la Comunitat Valenciana.

-a.4. Las federaciones y asociaciones de las entidades sin ánimo de lucro a que se refieren los apartados anteriores.

 

2.- Las universidades privadas de la Comunitat Valenciana, sus fundaciones y los colegios mayores adscritos a las mismas.

 

3.- Los institutos y centros de investigación privados de la Comunitat Valenciana, o que tengan sede en ella.

 

4.- Los centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunitat Valenciana.

 

5.- Las empresas culturales que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana y que tengan como objeto social el desarrollo de actividades artísticas o culturales.

 

6.- Las personas físicas residentes y con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana que de forma habitual desarrollen actividades culturales, científicas, o deportivas de carácter no profesional.

 

7.- Los museos y colecciones museográficas reconocidas por la Generalitat Valenciana, así como los archivos en la Comunitat Valenciana.

8.- Las personas o entidades beneficiarias objetivamente comparables a las anteriores, con sede en otras comunidades autónomas, estados miembros de la Unión Europea o estados asociados del espacio económico europeo que desarrollen proyectos o actividades de interés social en los términos de la Ley 20/2018 del Mecenazgo.

Requirements

Los solicitantes deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de la presentación de las cuentas, planes de actuación o presupuestos establecidos por la normativa vigente.

How to process

Processing process

La tramitación de las solicitudes de declaración de interés social se realizará en dos fases, por los siguientes órganos:

 

1) Fase de instrucción, que se realizará por la Oficina de Mecenatge.

 

La Oficina del Mecenatge, una vez recibida la solicitud, comprobará que se ha cumplimentado correctamente y que se ha aportado la documentación pertinente. Si la solicitud no se ajusta al modelo normalizado o si la documentación aportada fuera incompleta, se requerirá a la persona o a la entidad solicitante, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se tendrá por desistida su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y con los efectos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.

 

Cuando la solicitud se presente fuera de los plazos establecidos o cuando el solicitante no sea una de las personas o entidades beneficiarias incluidas en el art.3 de la Llei 20/2018 del Mecenatge, se dictará resolución de inadmisión por la dirección general competente en materia de cultura.

 

2. Fase de evaluación y propuesta de resolución que se realizará por el Consell Assessor del Mecenatge

 

Realizadas las actuaciones a las que se refiere el artículo anterior, la Oficina de Mecenatge remitirá la solicitud junto con la documentación pertinente al Consell Assesor del Mecenatge para que proceda a su evaluación y efectúe la correspondiente propuesta de concesión o denegación.

 

El Consell Assessor del Mecenatge podrá solicitar, cuantas aclaraciones estime convenientes en relación tanto con la persona o entidad solicitante como con el proyecto o actividad para el que se solicita la declaración de interés social.

La propuesta de denegación de la declaración de interés social deberá fundamentarse en alguno de los siguientes motivos:

a) Que el proyecto o actividad no tenga un carácter cultural, científico o deportivo no profesional.

b) Que el proyecto o actividad no se ajuste a los criterios establecidos en el art. 12 apartado 4 de la Ley 20/2018.

c) El incumplimiento por la persona o entidad solicitante de las obligaciones respecto a otros proyectos suyos que hubieran obtenido la declaración de interés social en convocatorias anteriores.

 

Resolución

 

La dirección general competente en materia de cultura dictará la correspondiente resolución, de conformidad con la propuesta que le haya elevado el Consell Assesor del Mecenatge.

 

La resolución se dictará en el plazo máximo de 6 meses contados desde la fecha del último día de presentación de instancias de la convocatoria a la que se haya acogido. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución, podrá entenderse desestimada la solicitud de declaración de interés social, en los términos previstos en el artículo 25 de la LPAC.

La resolución del procedimiento se notificará a las personas interesadas dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha de la resolución y de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes de la LPAC y con la Ley 3/2010, de 5 de mayo, de la Generalitat, de administración electrónica de la Comunitat Valenciana, mediante la publicación en el Portal de Mecenazgo de la Generalitat.

 

La resolución de declaración de interés social pondrá fin a la vía administrativa.

Processing bodies
Oficina de Mecenazgo

46003 - València/Valencia

Collaborating certification entities

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Term
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La presentación de solicitudes podrá realizarse cada año en cualquiera de los dos períodos establecidos en el DECRETO 2/2019, de 11 de enero, del Consell (DOGV nº 8467 de 18/1/2019)

 

Primer convocatoria: del 1 de febrero al 1 de marzo ambos incluidos

 

Segunda convocatoria: del 1 al 30 de septiembre ambos incluidos.

Documentation

A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

 

a) Las entidades sin ánimo de lucro a las que se refiere el apartado 1 de los Interesados/Solicitantes, deberán presentar un certificado actualizado expedido por el Registro competente, acreditativo de la inscripción de la entidad en el mismo, una fotocopia compulsada de los estatutos por los que se rige su actividad, donde debe constar explícitamente la inexistencia de ánimo de lucro, así como que su objeto social sea de carácter cultural, científico o deportivo, y el documento que acredite la representación que ostenta la persona que firma la solicitud.

 

Las demás personas jurídicas presentarán fotocopia compulsada de sus estatutos y el documento que acredite la representación que ostenta la persona que firma la solicitud. En el caso de tratarse de una empresa cultural, su objeto social deberá ser necesariamente alguno de los contemplados en el artículo 3.1.g) de la Ley 20/2018.

 

b) Cuando el solicitante sea una persona física, acompañará a la solicitud una declaración responsable de que ha desarrollado durante los 2 últimos años de forma habitual actividades culturales, científicas o deportivas.

 

Además, si se tratará de un proyecto o actividad deportiva de carácter no profesional, se deberá adjuntar una declaración responsable de que no tiene la condición de deportista profesional, en los términos previstos en la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana.

 

c) En los casos en que una solicitud de declaración de interés social se realice de forma conjunta por varias personas o entidades, todas ellas deberán presentar la documentación exigida.

 

d) Acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. El solicitante podrá autorizar al órgano instructor para que obtenga directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público.

Quienes no otorguen dicha autorización deberán aportar la documentación acreditativa de que se hallan al corriente de dichas obligaciones.

 

e) Memoria descriptiva del proyecto o actividad conforme al modelo normalizado que estará a disposición de los solicitantes en la sede física de la Oficina del Mecenatge o en el portal de Mecenatge de la GV, donde se detallarán su naturaleza y finalidad, el período temporal durante el que va a desarrollarse, y en concreto la fecha de inicio del mismo, así como el importe óptimo y el importe mínimo necesario para su realización. Asimismo deberá constar una persona como responsable del proyecto o actividad y especificar su relación con la entidad o entidades ejecutantes.

 

f) En el caso de que los solicitantes sean personas o entidades objetivamente comparables a las relacionadas en apartado Inteesado/solicitante, con sede en estados miembros de la Unión Europea o en estados asociados del espacio económico europeo, deberán especificar en su solicitud a que entidad o persona de las ahí contempladas son objetivamente equiparables. Tanto la solicitud como la documentación necesaria deberá presentarse en una de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana y en el caso de que fuera traducida, la traducción tendrá que haber sido realizada por un traductor jurado.

 

Si la persona o entidades solicitantes son nacionales o tienen su domicilio social y fiscal en un país miembro de la Unión Europea o en un estado asociado del espacio económico europeo, deberán presentar las certificaciones expedidas por las autoridades competentes que acrediten que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social.

Form of presentation
Telematics

La solicitud, junto con la documentación correspondiente, se presentará, para los obligados a relacionarse con las administraciones públicas, mediante TRÁMITE ELECTRÓNICO, en el enlace que acaba de indicarse, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del...

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Face-to-face

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

Y, preferentemente, en:

Where to go

Resolution

Observations

Las resoluciones de declaración de interés social ponen fin a la vía administrativa. Contra estas el interesado podrá optar entre interponer, potestativamente, un recurso de reposición delante del mismo órgano que las ha dictado, de acuerdo con los artículos 112, 123 i 124 de la LPAC; o bien...

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