Convocatoria de subvenciones en materia de diversidad, para el ejercicio 2024

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Code SIA: 3053233
|
Code GVA: 95728
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From 07-06-2024

Until 21-06-2024

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What is

What is it and what is it for

Estas subvenciones tienen por objeto financiar programas a entidades sin ánimo de lucro del sector de la diversidad

Terms
RequestClosed term
From 07-06-2024 until 21-06-2024
SubsanationClosed term
From 15-07-2024 until 19-07-2024
JustificationOpen term
Until 31-01-2025 23:59:00h

Who is it addressed to

Citizenship
Companies
Interested people

Entidades sin ánimo de lucro que tengan como finalidad primordial en sus estatutos la realización de las actividades a que se refieren los siguientes programas:

- Programa para el fomento del respeto e inclusión del Pueblo Gitano.

- Fomento de la igualdad.

- Programas de igualdad de trato y contra los delitos de odio.

- Programa para el fomento de la inclusión de las personas migrantes.

Requirements

- Ser una entidad sin ánimo de lucro.

- Estar inscrita, en la fecha de presentación de la solicitud, en el Registro General de los Titulares de Actividades de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana.

- Contar con sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana.

- Tener como finalidad principal en sus estatutos la realización de las actividades a que se refiera el programa respecto al cual se solicita la subvención.

- No estar incursa en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, y en los artículos 18 y concordantes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003

- Disponer de Plan de Igualdad aquellas entidades obligadas por la legislación vigente.

How to process

Processing process

Conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Orden 6/2020, de 9 de diciembre de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, será competente para la ordenación e instrucción del procedimiento la dirección territorial de la provincia en cuyo ámbito territorial se pretende llevar a efecto el proyecto. Si se propone la realización del proyecto en más de una provincia, la instrucción corresponderá a la dirección territorial donde la entidad tenga su sede o delegación permanente.

 

Las solicitudes deberán ir dirigidas a la dirección territorial a la que corresponda la instrucción del expediente. Para ello en el apartado “F” de la parte general de la solicitud telemática se indicará la provincia a cuya dirección territorial corresponda la instrucción del expediente según lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden 6/2020.

 

Cada dirección territorial dará cuenta de las solicitudes instruidas a la Comisión de Evaluación, que asignará la valoración que se propone al Órgano competente para resolver, que es la persona titular de la Dirección General de Diversidad por delegación de la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales Igualdad y Vivienda. Su resolución pone fin a la vía administrativa.

Assessment criteria

Los criterios de selección se establecen en el artículo 5 de la Orden, básicamente:

 

a) Calidad técnica del proyecto o actividad. Se valorará hasta un máximo de 50 puntos.

b) Viabilidad económica del proyecto. Se valorará hasta un máximo de 25 puntos.

c) Estructura, capacidad de gestión, experiencia y trayectoria de la entidad solicitante en la realización de proyectos, programas y actividades de carácter análogo a los previstos en la presente convocatoria. Hasta un máximo de 25 puntos.

Processing bodies
-La dirección territorial de la provincia en cuyo ámbito territorial se pretende llevar a efecto el proyecto. La Comisión de evaluación integrada por los siguientes miembros: a) La persona titular de la subdirección general con competencias en materia de diversidad, o persona en quien...
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Term
From 07-06-2024 until 21-06-2024

Para dirigirse al trámite de la 2ª Convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro del sector de la diversidad para el año 2024, vaya al siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G96594

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día 16 de mayo de 2024 hasta el día 21 de junio de 2024, ambos dos incluidos. (DOGV núm.9849, de 15.05.2024)

Documentation

A la solicitud telemática se deberá adjuntar la siguiente documentación:

 

Obligatoria:

 

- Memoria explicativa del proyecto

- Tarjeta CIF

- Estatutos vigentes de la entidad

- Certificado del sistema de calidad, si se dispone del mismo

- Memoria anual de actividades de la entidad en el ejercicio anterior al de la convocatoria de subvenciones

- Documentos acreditativos del trabajo en red

- Respecto del IVA acreditación, en su caso, de que la entidad solo realiza operaciones declaradas exentas o, si procede, justificación del IVA soportado no deducible derivado del porcentaje de prorrata que le sea aplicable.

- En el caso de proyectos que contemplen la atención de menores de 18 años, declaración responsable de quien represente a la entidad de encontrarse en posesión de todos los certificados negativos de antecedentes penales del Registro Central de Delincuentes Sexuales

 

En su caso:

- Plan de Igualdad en vigor o prorrogado, en cuyo caso se tendrá que presentar también el acuerdo de prórroga entre la empresa y la representación de la plantilla de personal

 

- Si no se autoriza la consulta de datos telemáticos:

 

· Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración tributaria

· Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda autonómica

· Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones ante la Seguridad social

 

Si existe variación de los datos de la persona que ostenta la representación legal de la entidad, acreditación fehaciente de la nueva persona que la ostenta.

 

Forma parte del formulario:

 

- Declaración responsable de no concurrir, en la entidad solicitante, las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

- Liquidación del presupuesto de la entidad correspondiente al ejercicio anterior a la convocatoria de subvenciones

- En caso de que la entidad solicite que la transferencia de la subvención se realice en una cuenta que no conste de alta en la Generalitat, tendrá que darla de alta en la aplicación PROPER de la Generalitat Valenciana.

https://www.gva.es/ES/inicio/procedimientos?id_proc=22648

 

Nota aclaratoria informativa sobre los documentos que

deben aportar las entidades, gastos y posibilidad de cofinanciación:

 

1. PLAN IGUALDAD O DECLARACIÓN RESPONSABLE: las entidades deberán

presentar la Declaración Responsable anexa a esta nota o en modelo propio, y

en su caso, adjuntar el plan de igualdad correctamente visado.

2. ACREDITACIÓN Nº VOLUNTARIOS indicados en el proyecto. Para ello se debe

adjuntar una declaración responsable indicando: el número de voluntarios

adscritos al proyecto, la formación recibida por cada uno de ellos y que se

dispone del registro previsto en el artículo 14.2 letra l) de la Ley 45/2015, de 14

de octubre, de Voluntariado.

3. GASTOS: atendiendo a que el gasto en arrendamiento de local no es un gasto

elegible y, por tanto, no subvencionable en esta convocatoria, en el caso de ser

un gasto elegible en las otras ayudas o ingresos que cofinancien el proyecto, el

importe afecto a ese gasto deberá consignarse en la casilla de “suministros del

local”, en el apartado K como “financiación propia” u “otras aportaciones” así

como en el apartado L “suministros de local” con el concepto de “arrendamiento

local” y su importe.

4. COFINANCIACIÓN: Es importante recordar que, si bien se permite la

cofinanciación de las mismas actuaciones, la entidad debe tener en cuenta que,

en ese caso, junto a la justificación económica, deberá presentar una Declaración

Responsable de las mismas que incluya una relación de los gastos que han

financiado, indicando el importe y procedencia, así como la aplicación detallada

de los fondos a las actividades subvencionadas. Para ello, de cada importe

declarado deberá especificarse la relación de justificantes de gasto a los que han

sido destinados: proveedor, nº factura, fecha fra., concepto, total imputado y

fecha de pago. En caso contrario, se declarará que no se ha recibido otras

subvenciones, ayudas, ingresos o recursos. Se adjunta modelo anexo que cada

entidad deberá adaptar

Form of presentation
Telematics

EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.

    Subsanation

    Term
    From 15-07-2024 until 19-07-2024

    5 días hábiles por tramitación de urgencia a partir del día siguiente de la publicación en la web, según Resolución del Director General de Diversidad de fecha 24 de mayo de 2024.

    Description

    Subsanación solicitudes convocatoria de subvenciones en materia de diversidad para el ejercicio 2024.

    Resolution

    Deadline

    El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del presente procedimiento será de seis meses, a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria. Concluido este plazo, sin que se haya dictado y publicado la resolución expresa, las entidades solicitantes interesadas...

    Know more
    Amount and charge

    Según el artículo 6 de la Orden, la cantidad económica de la ayuda se determinará de manera proporcional a la puntuación obtenida por el proyecto evaluado, el presupuesto aceptado para la ejecución del proyecto, y el límite fijado en la línea de subvención.

     

    Para obtener ayuda será necesario que el proyecto obtenga al menos 50 puntos en los criterios objetivos de valoración, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden 6/2020. Además, será necesario alcanzar al menos 15 puntos en el apartado a), 8 puntos en el apartado b), y 8 puntos en el apartado c).

     

    En el caso de las líneas de subvenciones de programas, el sumatorio de las cuantías solicitadas de los diferentes proyectos susceptibles de ser financiados para una misma entidad no será superior a:

     

    a) El 10% del importe establecido de la línea de subvención si la población sumada de los municipios en los cuales se interviene es menor a 250.000 habitantes.

    b) El 20% del importe establecido de la línea de subvención si la población sumada de los municipios en los cuales se interviene es igual o superior a 250.000 habitantes y menor de 1.000.000 de habitantes.

    c) El 40% del importe establecido de la línea de subvención si la población sumada de los municipios en los cuales se interviene es igual o superior a 1.000.000 habitantes.

     

    Además, el sumatorio de las cuantías solicitadas de los diferentes proyectos susceptibles de ser financiados para una misma entidad en una línea de subvención no podrá ser superior al total de ingresos obtenidos por la entidad el año anterior a la anualidad de la convocatoria.

     

    En caso de que se supere algún límite de los anteriores, se reducirá el presupuesto de los proyectos susceptibles de ser financiados de manera proporcional.

     

    El régimen de libramiento de pagos de las ayudas contempladas en esta convocatoria se efectuará ajustándose al régimen establecido en el artículo 44.1.b, de la Ley 8/2023, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, librándose de inmediato, una vez concedidas, hasta el 100 por ciento de su importe.

    Silence effect / Exhausts administrative life
    Dismissal
    / Yes
    Appeal proceeding against the resolution
    Optional replacement / contentious-administrative
    Obligations

    a) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, ejecutando el proyecto subvencionable en el ejercicio determinado en la correspondiente convocatoria.

    b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad y el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión o goce de la subvención.

    c) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Generalitat en relación con la subvención concedida, así como a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Conselleria competente en materia de diversidad, en relación con el objeto y el destino de la ayuda concedida.

    d) Comunicar la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquier administraciones o entes públicos o privados, concedidos para la misma finalidad que la contemplada en la convocatoria correspondiente. Esta comunicación tendrá que efectuarse tan pronto como se conozca la obtención y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.

    e) Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, teniendo que acreditar este extremo con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la convocatoria, así como en los procesos de justificación de la ayuda concedida, en caso de no haber otorgado la autorización porque el órgano instructor pueda hacerlo de oficio.

    f) Acreditar mediante declaración responsable no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, pudiendo utilizar con este fin la declaración contenida en el modelo de solicitud que se adjunte en la correspondiente convocatoria.

    g) Acreditar, si procede, los estados contables y registros exigibles para facilitar el ejercicio de las facultades de

    comprobación y control.

    h) Conservar la documentación justificativa de la aplicación de los fondos, que le podrá ser requerida en cualquier momento para su control económico y financiero.

    i) Proceder al reintegro de los fondos, si procede.

     

    En particular, las entidades beneficiarias tendrán las siguientes obligaciones:

     

    a) Presentar la memoria anual de actividades y la liquidación del presupuesto de la entidad correspondientes al ejercicio anterior.

    b) Desarrollar las actividades objeto de la subvención en sintonía con los objetivos y programas que se establezcan por el órgano competente en materia de diversidad.

    c) Dar a conocer de manera inequívoca que se trata de una acción subvencionada por la Generalitat a través de la Conselleria competente en materia de diversidad. A tal efecto tendrán que incorporar en todo el material impreso que se derive de las actividades objeto de la convocatoria el logotipo de la Vicepresidencia segunda y Conselleria de Servicios Sociales Igualdad y Vivienda, que estará a disposición de las entidades beneficiarias en la página web.

    Resolution bodies
    La persona titular de la Dirección General de Diversidad es la competente para la resolución del procedimiento, por delegación de la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales Igualdad y Vivienda. Su resolución pone fin a la vía administrativa
    Sanctions

    El régimen sancionador se aplicará por la comisión de infracciones administrativas contemplada en la normativa básica estatal a aquellas personas que sean responsables de las mismas y se regirá por lo dispuesto en el Capítulo IV del Título X de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat,...

    Know more

    Justification

    Term
    Until 31-01-2025 23:59:00h
    Description

    Justificación de los gastos correspondientes al importe de la subvención concedida.

    Form of presentation

    Frequent questions

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    Where to consult questions about the procedure:

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    TOPICS

    • Companies
      • Financial aids and subsidies
    • Citizens
      • Financial aids, grants and subsidies
        • Groups and social services

    SUBJECT

    • Social services
      • Social cohesion
      • Dependency
      • People with functional diversity
    • Society, citizenship and families
      • Equality
      • Immigration

    PROFILES

    • Citizenship
      • People with disabilities
      • Unemployed people
      • Women
      • People at risk of exclusion
      • Older people
      • Immigrants
      • Children and families
      • Pensioners
    • Company
      • Third sector organisations
      • Foundations

    SUBJECT

    • Financing and economic management
      • Aid and subsidies

    LIFE CYCLE

    • Planning a business
    • Starting a business

    TYPE

    • Aid, grants and subsidies