MODALIDAD D. RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, para el año 2023. - GVA.ES
MODALIDAD D. RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, para el año 2023.
Department: CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
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(31-01-2023
–
13-02-2023)
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What is it and what is it for?
MODALIDAD D. Las personas jurídicas públicas y privadas de la Comunitat Valenciana que realicen proyectos de características singulares que fomenten el uso del valenciano y el multilingüismo en el ámbito social.
Requirements
Para poder obtener la condición de entidades beneficiarias deberán consultar los requisitos descritos en el artículo 2 apartado 2 de la Orden 66/2016, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para este procedimiento.
Asimismo también deberán consultar el artículo 4 de la orden citada donde se describen las obligaciones para ser entidades beneficiarias.
Who can request it?
Entidades beneficiarias
1. Podrán optar a estas ayudas las personas jurídicas, públicas y privadas de la Comunitat Valenciana que realizan proyectos de características singulares que fomenten el uso del valenciano y el multilingüismo, la diversidad lingüística y cultural y la cohesión social.
2. No podrán participar en esta modalidad las entidades que hayan presentado el mismo proyecto en cualquiera de las otras modalidades de la Resolución o alguna de las otras convocatorias de la dirección general competente en política lingüística y gestión del multilingüismo.
3. No podrán participar en esta modalidad las universidades y redes universitarias con proyectos que realizen en la modalidad B de esta convocatoria.
Puede consultar el artículo 21 de las bases y el punto 4 del apartado 5 de la Resolución.
Regulations of the procedure
- Orden 66/2016, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social (DOGV nº 7900, de 20.10.2016). RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, para el año 2023. https://dogv.gva.es/datos/2023/01/30/pdf/2023_795.pdf
Term
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9522, de 30/01/2022).
Puede consultar el punto 7, del apartado 3 de la Resolución.
Documentation
Puede consultar el artículo 9 de las bases.
Associated forms
- (ANEXO I. MODALIDAD D) SOLICITUD DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL VALENCIANO PARA LAS INSTITUCIONES, ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN FINALIDAD LUCRATIVA Y PARA LAS PERSONAS JURÍDICAS PÚBLICAS Y PRIVADAS QUE REALIZAN PROYECTOS SINGULARES DE FOMENTO DEL VALENCIANO Y DEL MULTILINGÜISMO EN EL ÁMBITO SOCIAL
Presentation
Telematics
La solicitud debe ir firmada por la persona física o por quien represente legalmente a la entidad utilizando exclusivamente los medios electrónicos facilitados por los servidores de información de la Generalitat, de conformidad con lo previsto el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana. Para hacerlo, se accederá en el apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través de: htpps://sede.gva.es.
Deberá disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat.
La introducción de datos en la aplicación deberá hacerse de acuerdo con los modelos y las instrucciones que se disponen en el manual de ayuda, que estará disponible en la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte:
.
Para acceder de forma telemática, la persona solicitante debe disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), para ello puede utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
IMPORTANTE: antes de empezar con la tramitación telemática, lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para la tramitación, puesto que accederá a una solicitud general, en la que tiene que rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello, hay que tener en cuenta que:
1- Tiene que descargar los formularios o las plantillas requeridas (puede descargarlos desde "Impresos asociados", antes de empezar a tramitar con certificado, o desde la tramitación en el apartado "Documentar"; así como preparar cualesquiera otros documentos que sean necesarios, rellenarlos y firmarlos, si procede, por las personas que, según el tipo de documento, sea procedente, y guardarlos en su ordenador para tenerlos.
2- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, debe iniciar el trámite telemático haciendo clic en el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el asistente de tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Debe rellenar el formulario de datos generales.
b) Rellenar los criterios valorables cuantificables.
c) Anexar los formularios y la documentación que previamente ha descargado, ha rellenado y ha firmado.
d) Hacer clic sobre el botón "Registrar" (le facilitará el número de registro, la fecha, el lugar y la hora de presentación).
e) Guardar e imprimir el justificante de registro.
La presentación telemática habrá finalizado.
Puede consultar la Guia en: https://ceice.gva.es/va/web/dgplgm/associacions.
Where to ask questions about the process
- Email for functional questions: serveidepromocio@gva.es
- Email for technical questions: generalitat_en_red@gva.es
Normative
- Ver Orden 66/2016, de 18 de octubre (bases reguladoras)
- El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarla o darla de baja se puede realizar telemáticamente, consulte: PROPER. Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria). Trámite automatizado:
- - RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, para el año 2023.
Processing process
No se aceptan las solicitudes presenciales.
1. La solicitud de participación es telemática.
2. La solicitud se atendrá a lo indicado en los artículos 8 y 9 de la Orden 66/2016, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (DOGV núm. 7900, de 20.10.2016), por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social.
3. Para la formalización efectiva de la solicitud tiene que presentarla debidamente cumplimentada y firmada electrónicamente.
4. No se puede presentar más de una solicitud por modalidad. Si se opta a más de una modalidad, se deberán presentar tantas solicitudes como número de modalidades a las que se opte.
En la modalidad D, se tienen que presentar tantas solicitudes como número de proyectos a los que se opte
5. En el caso que se presente más de una solicitud en una misma modalidad, la última solicitud será la única válida, excepto en la modalidad D, en la que se deberán presentar tantas solicitudes como número de proyectos a los que se opte.
6. La solicitud se deberá cumplimentar de acuerdo con las instrucciones que figuren en la plataforma electrónica y en las bases de la Resolución. La presentación de solicitudes para optar a las ayudas implica la aceptación expresa y formal de las bases de la convocatoria.
Puede consultar el apartado 3 de la Resolución.
Assessment criteria
Consulte el apartado 5 de la Resolución.
Processing bodies
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y GESTIÓN DEL MULTILINGÜISMO
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 - València/Valencia
Obligations
Consulte el artículo 4 de la Orden 66/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano.
Deadline
Puede consultar el apartado 10 de la Resolución.
Observations
Puede consultar el apartado 15 de la Resolución.
Resolution bodies
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y GESTIÓN DEL MULTILINGÜISMO
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 - València/Valencia
Amount and charge
1. El importe global máximo que podrá asignarse para esta convocatoria será de 2.400.000 euros, con cargo a la línea S0091000, «Ayudas a la promoción del valenciano y a proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social», del presupuesto de 2023 de la Generalitat Valenciana.
2. Para la modalidad D. Proyectos singulares que fomenten el uso del valenciano y el multilingüismo en el ámbito social: 950.000 euros.
Puede consultar el punto 2 del apartado 2 de la Resolución.