Convocatoria de subvenciones para proyectos de inversión en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas; Línea estratégica A: Adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros y servicios en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas. - GVA.ES
Convocatoria de subvenciones para proyectos de inversión en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas; Línea estratégica A: Adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros y servicios en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas.
What is
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 ayudas destinadas al equipamiento de centros y servicios gestionados por entidades locales y entidades sin fin de lucro del sistema valenciano de servicios sociales mediante la Línea Estratégica A.
- ORDEN 3/2020, de 17 de abril de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y...
- RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que convocan subvenciones para entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento, vehículos, obras y proyectos de obras, en el...
Who is it addressed to
A) Entidades locales de la Comunitat Valenciana
B) Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, antes de la propuesta de resolución.
a) Estar inscritos en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
b) Acreditar que disponen de un plan de igualdad ya sea de ámbito municipal o de centro de trabajo, en el caso de que, de conformidad con la legislación que les sea de aplicación, sea exigible. En el caso de no ser exigible se justificará la concurrencia de las causas de no obligatoriedad.
c) Requisitos previos:
1. Si se trata de centros en funcionamiento deberán haber obtenido la Resolución de autorización de funcionamiento conforme a lo establecido en el Decreto 59/2019 de 12 de abril, del Consell, de ordenación del sistema público valenciano de servicios sociales. Se exceptúan los centros de servicios sociales municipales donde se ubiquen los equipos profesionales.
2. Si se trata de centros que no están en funcionamiento y requieran el equipamiento para iniciar su funcionamiento, deberán haber obtenido visado previo o informe favorable del proyecto, emitido por la Oficina Técnica de Obras y Proyectos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas con carácter previo la propuesta de resolución de la ayuda.
En el supuesto de centros en construcción las obras deberán finalizar antes del 1 de septiembre de 2023.
En todo caso las plazas deberán ponerse a disposición del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
3. En el caso de servicios que estén en funcionamiento (promoción de la autonomía personal, ayuda a domicilio, asistencia personal y teleasistencia) y para los cuales se solicite la ayuda deberán encontrarse inscritos en el registro de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
4. Los servicios que no estén en funcionamiento, deberán haber solicitado, conforme a la normativa vigente, la acreditación o inscripción del servicio con carácter previo a la propuesta de resolución de la concesión de las ayudas.
5. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
How to process
Las solicitudes deberán ir dirigidas a la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia donde se ubique el centro o espacio en el que se desarrolla el servicio.
La Comisión de Valoración, constituida según lo establecido en la Orden 3/2020, de 17 de abril y en el Resuelvo duodécimo de la Resolución de 23 de mayo de 2023, analizará y valorará los expedientes remitidos por las Direcciones Territoriales, y elaborará, siguiendo el orden de puntuación obtenido, una relación priorizada por cada línea estratégica y sublínea y tipo de entidad y elevará al órgano competente para la concesión de subvenciones, las propuestas de concesión a favor del número de beneficiarios que permitan las disponibilidades de crédito.
Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales la resolución de las solicitudes previo informe y propuesta de la Comisión de Valoración.
Puntuación total máxima Línea Estratégica A de 15 puntos (de acuerdo con la modalidad elegida, que será excluyente).
A.1) Equipamientos de centros nuevos, o servicios de nueva inscripción:
a) Equipamiento para centros o espacios en los que se desarrollen servicios cuya construcción haya sido subvencionada previamente, por la Generalitat u otra Administración Pública, y esté finalizada o esté prevista su finalización, de acuerdo con los plazos establecidos en el proyecto, antes del día 1 de septiembre del 2023, hasta un máximo 10 puntos.
Para poder obtener la puntuación correspondiente se deben acreditar estos extremos en la memoria de necesidad:
∙ Equipamiento para centros construidos con subvención previa de la Generalitat, 10 puntos.
∙ Equipamiento para centros construidos con subvención previa de otra Administración Pública, 8 puntos.
∙ Equipamiento para servicios desarrollados en espacios construidos con subvención previa de la Generalitat, 6 puntos.
∙ Equipamiento para servicios desarrollados en espacios construidos con subvención previa de otra Administración Pública, 4 puntos.
b) Sistema de gestión medioambiental, compromiso con el medio ambiente:
-En el caso de que la empresa suministradora disponga del certificado ISO 14001, 5 puntos.
-En el caso de que la empresa suministradora no hay obtenido certificado ISO 14001, 0 puntos.
A.2) Equipamientos de centros y espacios en los que se desarrollen servicios en funcionamiento:
a) Adaptación al cumplimiento de la normativa vigente de equipamientos existentes de centros en funcionamiento o de servicios ya iniciados , hasta un máximo de 10 puntos.
(a) Equipamientos de centros o servicios que requieran renovar su material de oficina inventariable siempre que no se haya recibido ayuda por este concepto en la convocatoria inmediatamente anterior para este mismo centro o servicio: hasta 7 puntos:
-equipamiento para centros o servicios de entidades locales: 7 puntos.
-equipamiento para centros o servicios concertados: 7 puntos.
-Otros supuestos: 6 puntos.
(b) Equipamientos de centros o servicios que requieran el equipamiento para adaptarse a las nuevas necesidades tecnológicas: hasta 7 puntos:
-equipamiento para centros o servicios de entidades locales: 7 puntos.
-equipamiento para centros o servicios concertados: 7 puntos.
-Otros supuestos: 6 puntos.
(c) Equipamiento y mobiliario general para la atención del usuario: hasta 10 puntos.
-equipamiento para centros o servicios de entidades locales: 10 puntos.
-equipamiento para centros o servicios concertados: 10 puntos.
-Otros supuestos: 8 puntos.
(d) Equipamientos de centros o servicios que requieran la renovación de equipamiento de rehabilitación o sociosanitario inventariable: hasta 10 puntos.
-equipamiento para centros o servicios de entidades locales: 10 puntos.
-equipamiento para centros o servicios concertados: 10 puntos.
-Otros supuestos: 8 puntos
b) Sistema de gestión medioambiental, compromiso con el medio ambiente:
∙ En el caso de que la empresa suministradora disponga del certificado ISO 14001, 5 puntos.
∙ En el caso de que la empresa suministradora no haya obtenido certificado ISO 14001, 0 puntos.
En el caso de que existan diversas empresas suministradoras la valoración será proporcional a la cuantía económica del importe del proyecto de las empresas con certificado ISO con relación al presupuesto total.
03002 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
Forms
- (ANEXO I) SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYETOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE EQUIPAMIENTO
- (ANEXO VI) CERTIFICADO DE ACUERDO DEL ÓRGANO COMPETENTE
- (ANEXO VII) ACREDITACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD
- (ANEXO VIII) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FINALIZACIÓN DE OBRAS
- (ANEXO IX) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDEN DE BASES
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO X) COMPROMISO DISPOSICIÓN DE PLAZAS
Request
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9606, de 30.05.2023).
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- (ANEXO I) SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYETOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE EQUIPAMIENTO
- (ANEXO VI) CERTIFICADO DE ACUERDO DEL ÓRGANO COMPETENTE
- (ANEXO VII) ACREDITACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD
- (ANEXO VIII) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FINALIZACIÓN DE OBRAS
- (ANEXO IX) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDEN DE BASES
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO X) COMPROMISO DISPOSICIÓN DE PLAZAS
No se devengan tasas por el trámite.
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