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Subvenciones y asignaciones económicas a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana para la realización de proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) que estén integrados en el proyecto educativo del centro

SIA Code: 211563
GUC Code : 15652
Department: Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte
Application deadline: CLOSED
(30-10-2023
30-11-2023)
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What is it and what is it for?

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El objeto de las subvenciones es fomentar y apoyar a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana para la realización de proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) que promuevan la actividad física y el deporte fuera del horario lectivo y que estén integrados en el proyecto educativo del centro en el curso 2023-2024, así como la implantación de la persona coordinadora PEAFS del centro.

Observations

Observations

El medio de notificación de cada uno de los trámites de este procedimiento será por medios electrónicos, excepto la notificación de la resolución que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Reconocimiento de formación permanente de profesorado El proyecto deportivo de centro se reconocerá con un máximo de 400 horas de formación permanente, a repartir entre los participantes del proyecto, en aplicación de la Orden 65/2012 de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación sobre el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas. A cada profesor participante se lo reconocerá un máximo de 60 horas y un mínimo de 15 horas. La suma de las horas no podrá exceder del máximo de duración del proyecto, excepto en el supuesto de que todos los participantes tengan asignados el mínimo de horas. El coordinador/a deportivo/a de centro que sea profesor, recibirá una certificación de 60 horas de coordinación del proyecto. Las certificaciones serán expedidas por el Servicio que tenga atribuidas las funciones de formación del profesorado de la consellería competente en materia de educación, al finalizar el proyecto deportivo del curso escolar. Reconocimiento centro CEPAFE Los centros beneficiarios de las subvenciones serán reconocidos como centro educativo promotor de la actividad física y el deporte (CEPAFE), de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 2/2001, de 22 de marzo, de la Generalitat, del deporte y la actividad física de la Comunidad Valenciana.

Requirements

Requirements

Que impartan educación primaria y educación secundaria obligatoria, que realicen proyectos PEAFS en el curso 2023-2024. Los centros privados concertados tendrán que cumplir todos los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la documentación que lo acredite se adjuntará a la correspondiente solicitud de subvención, según el artículo 4 de la orden de bases de convocatoria de la presente subvención.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán solicitar estas subvenciones y asignaciones económicas los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana.

Regulation

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  • PREGUNTAS FRECUENTES

Doubts about telematic processing

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Doubts about the procedure

Computer problems

Deadline

Deadline

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2023. El incumplimiento de este plazo o la presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática, prevista en este apartado, comportará la exclusión de la convocatoria. (DOGV nº 9713 de 27/10/2023).

Forms and documentation

En la presentación de la solicitud, que se tiene que tramitar por OVICE, los centros educativos tendrán que adjuntar la documentación siguiente, según los modelos que están disponibles en la web https://cultura.gva.es/es/web/deporte/ayudas-a-centros-educativos-promotores-de-la-actividad-fisica-y-el-deporte-cepafe-de-la-comunitat-valenciana: -Justificación, objetivos, metodología, seguimiento y evaluación del Proyecto (en un único documento). -Presupuesto detallado de ingresos, gastos y recursos necesarios. -Certificado del secretario del centro. -Cesión de derechos propiedad intelectual. -Domiciliación bancaria.

Presentation

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Telematic
Las solicitudes las formalizará el representante del centro educativo, utilizando exclusivamente los medios electrónicos facilitados por la Generalitat, en conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Para hacerlo se accederá a la Oficina Virtual de Educación (OVICE) de la Conselleria de Educación, Universidades y Ocupación, en https://ovice.gva.es/, según las indicaciones del manual de trámite que se publicará en la página web de deporte: https://cultura.gva.es/es/web/deporte/ayudas-a-centros-educativos-promotores-de-la-actividad-fisica-y-el-deporte-cepafe-de-la-comunitat-valenciana

Processing process

Processing process

Las solicitudes las formalizará el representante del centro educativo, utilizando exclusivamente los medios electrónicos facilitados por la Generalitat, en conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Para hacerlo se accederá a la Oficina Virtual de Educación (OVICE) de la Conselleria de Educación, Universidades y Ocupación, en https://ovice.gva.es/, según las indicaciones del manual de trámite que se publicará en la página web de deporte: https://cultura.gva.es/es/web/deporte/ayudas-a-centros-educativos-promotores-de-la-actividad-fisica-y-el-deporte-cepafe-de-la-comunitat-valenciana La información y la documentación a aportar, que tiene que hacer referencia en el curso 2023-2024, es la siguiente: a) Datos del proyecto PEAFS de centro que promueva la actividad física y el deporte en el curso 2023-2024, aprobado por el claustro y por el consejo escolar del centro e integrado en el proyecto educativo del centro y en la programación general anual del centro. a.1 – Datos de la persona directora del centro y datos del centro. a.2 – Curso escolar correspondiente a la convocatoria. a.3 – Datos de la persona coordinadora del proyecto PEAFS. b) Proyecto PEAFS: Toda la información del proyecto se tiene que introducir en los campos de texto de OVICE, teniendo en cuenta que la información facilitada tendrá que ajustarse a la realidad del proyecto. Los campos a rellenar del proyecto PEAFS son los siguientes: b.1 - Plan de actividades físicas y/o deportivas previstas. Calendario, periodización y distribución horaria. Número de horas totales del proyecto. - Actividades físicas y deportivas programadas fuera del horario lectivo promovidas por el centro. - Actividades físicas y deportivas asociadas al proyecto de comedor impartidas por las suyos monitoras/s. - Actividades físicas y deportivas especiales dentro del horario lectivo organizadas por el centro. - Actividades físicas y deportivas organizadas en el tiempo de recreo. - Actividades específicas de hábitos saludables y educación en valores relacionados con el deporte. - Número de alumnos participantes en el PEAFS. b.2 - Instalaciones previstas, equipación deportiva y material disponible - Descripción de los espacios deportivos utilizados en el PEAFS. b.3 - Características del alumnado al cual van dirigidas las actividades y la previsión de participación, desglosada por sexos. - Alumnado con situación social desfavorecida (centro CAES) y/o con necesidades educativas especiales y medidas facilitadoras de participación. b.4 - Recursos humanos. Organigrama que refleje la dedicación y responsabilidad de las diferentes personas o cargos (coordinador o coordinadora, familiares, docentes, etc.). Grado de implicación de los diferentes miembros de la comunidad educativa y deportiva. Grado de participación del profesorado del centro en las actividades. - Participación del profesorado del centro. - Participación del personal externo al centro. b.5 - Programa de apoyo o acciones concretas destinadas a la formación del personal técnico deportivo. - Acciones destinadas a la formación del personal técnico deportivo y a la coordinación del PEAFS. b.6 - Medidas de difusión de las actividades físicas y/o deportivas del proyecto deportivo (web, redes sociales, blog, revista, etc.). b.7 - Relaciones con otras entidades del entorno más próximo que ayudan a incrementar y/o diversificar la oferta deportiva. b.8 - La condición de centro participando en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y/o la campaña de actividades náuticas “A la mar”. b.9 – Presupuesto de ingresos y gastos - Indicar cantidad total de coste del proyecto. - Indicar cantidad solicitada de ayuda. c) Documentos adjuntos c.1 - Justificación y objetivos del proyecto. Adhesión al Marco nacional de la actividad física y el deporte en edad escolar. Inclusión de programas deportivos coeducativos que fomentan, entre otros, actitudes y valores que favorezcan la igualdad de género, que potencian el fair play, la educación en valores y los hábitos saludables. Metodología, seguimiento y evaluación del proyecto. c.2 - Presupuesto detallado de ingresos, gastos y recursos necesarios. c.3 - Cesión de derechos de propiedad intelectual. Los autores de los proyectos seleccionados se comprometen a ceder gratuitamente y por escrito en la Generalitat los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública (modificación de obra, incluyendo las traducciones) de estos para su ejercicio en el ámbito territorial del Estado español, en los términos establecidos en el Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, que regulariza, aclara y armoniza las disposiciones legales vigentes sobre la materia (BOE 97, 22.04.1996). En los mismos términos indicados en el apartado anterior, los coordinadores PEAFS, en representación de todos los miembros del equipo, tendrán que aportar la mencionada declaración de cesión de propiedad intelectual. c.4 - Certificado del secretario/aria del centro, con el visto bueno del director/a, donde conste: - Que las actividades físico-deportivas que se relacionan en el proyecto PEAFS de centro se llevarán a cabo en horario no lectivo y que el centro cederá el espacio físico y la infraestructura requerida para llevar a cabo las actividades. - Que el proyecto PEAFS se acoge y adhiere al marco nacional de la actividad física y el deporte en edad escolar. - Que el proyecto PEAFS ha sido aprobado por el claustro y por el consejo escolar del centro y está integrado en el proyecto educativo del centro y en la programación anual. c.5 - Modelo de domiciliación bancaria en que consto la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiere recibir la subvención solicitada. Además, los centros privados concertados tienen que realizar el trámite de domiciliación bancaria, que está disponible en trámite automatizado en la sede electrónica de la Generalitat en la dirección https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648, en cumplimiento de la Resolución de 16 de junio de 2022, del consejero de Hacienda y Modelo Económico, por la cual se aprueba la implementación del sistema informático PROPER y se regulan las actuaciones administrativas automatizadas de la Intervención de la Generalitat Valenciana de acuerdo con lo previsto en la Orden 2/2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, que regula las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarias de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la Generalitat. No serán necesarios si se ha presentado en otra convocatoria, pero se tendrá que indicar en qué y el número de cuenta. c.6 - Los centros educativos privados concertados tendrán que presentar una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Este requisito podrá realizarse por medio de la cumplimentación del correspondiente apartado del modelo de solicitud de ayuda. c.7 - Los centros educativos privados concertados tendrán que presentar documentación acreditativa de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, por medio de un certificado referido al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio. De acuerdo con lo que dispone el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en ausencia de oposición expresa por parte de la persona interesada, el órgano gestor del procedimiento estará autorizado para obtener directamente los datos de identidad de la persona solicitante o, si es el caso, representante legal, así como los datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social. En caso de oponerse a que el órgano gestor obtenga directamente esta información, tendrá que manifestarlo expresamente en la solicitud, y estará obligada a aportar los documentos correspondientes. 3 Además de la documentación señalada en este apartado, el Servicio de Promoción del Deporte y Actividad Física, como órgano instructor, podrá, en cualquier momento de la tramitación del expediente, pedir cualquier otra información que considere necesaria para el mejor conocimiento y comprensión de la aplicación de la subvención. El plazo máximo para resolver la presente convocatoria será de seis meses a contar de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en conformidad con el artículo 7 de las bases que regulan esta convocatoria. Sin embargo, las solicitudes sobre las cuales no recaiga una resolución expresa en el plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria podrán entenderse desestimadas o denegadas, sin perjuicio de la obligación legal de resolver establecida en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La Dirección General de Deporte notificará a las entidades interesadas la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas dentro del mismo plazo de seis meses. Justificación: Para el cobro de la subvención los centros beneficiarios, públicos y privados, tendrán que justificar la realización del proyecto y de la aplicación o asignación económica concedida, con la presentación por medios electrónicos a la Oficina Virtual de Educación (OVICE) de la Conselleria de Educación, Universidades y Ocupación, en https://ovice.gva.es/, accediendo al trámite específico de justificación del curso correspondiente y aportando la documentación siguiente: a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades detalladas en el proyecto de deporte, actividad física y salud (PEAFS), con indicación de: - Relación de personas o entidades organizadoras de las actividades - Número de alumnos participantes en cada una de ellas, desglosados por sexos. - Actividades realizadas y programadas no realizadas. - Actividades específicas de fomento de la salud. - Calendario y horarios de las actividades. - Instalaciones utilizadas y material. - Organigrama que refleje la dedicación y el grado de responsabilidad de las diferentes personas. - Programa de apoyo a la formación del personal técnico deportivo. - Medidas de difusión del proyecto deportivo efectuadas. - Relaciones con otras entidades del entorno. - Medidas para el seguimiento y evaluación del proyecto. b) Memoria económica justificativa: liquidación detallada de ingresos y gastos con una relación clasificada de todos los ingresos y gastos ocasionados por la realización de todas las actividades incluidas en el proyecto deportivo, con indicación del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión. c) Certificado del centro escolar relacionando el profesorado implicado en el proyecto a los efectos de reconocimiento de la formación permanente prevista. 1. Si la actividad subvencionada se financia, además de la subvención, con fondos propios u otras ayudas o recursos, tendrá que acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada. 2. El plazo de presentación de las justificaciones concluye el 31 de noviembre de 2023. Si fuera necesario retrasar esta fecha, se indicaría en la resolución de concesión; sin embargo, no podrá ser posterior a la conclusión del ejercicio presupuestario 2024. 3. Excepcionalmente podrán justificarse gastos realizados en el último cuatrimestre del año 2023, por tratarse de un programa de actividades realizado en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto del 2024, coincidiendo con el curso escolar o temporada deportiva. 4. Quedan excluidos de la posibilidad de justificación les gastos ocasiona por obras o adquisición de inmovilizado

Processing bodies

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Amount and collection

Amount and collection

1. La cuantía total máxima estimada a conceder de la presente convocatoria para el ejercicio 2024 asciende a 1.200.000 euros, repartidos de la manera siguiente: a) Asignación por gastos extraordinarios de funcionamiento de los centros docentes públicos dependientes de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte de titularidad de la Generalitat, un máximo estimado de 1.000.000 euros. b) Subvención a centros docentes privados concertados, un máximo estimado de 200.000 euros. Para el cobro de la subvención, los centros beneficiarios, públicos y privados, tendrán que justificar la realización del proyecto y de la aplicación o asignación económica concedida, con la presentación por medios electrónicos a la Oficina Virtual de Educación (OVICE) de la Conselleria de Educación, Universidades y Ocupación, en https://ovice.gva.es/, accediendo al trámite específico de justificación del curso correspondiente

Resolution bodies

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Exhausts administrative channel

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Yes