Details of Procedure

Solicitud de adhesión a la campaña de ayudas del Plan Renove de Ventanas (comercios y empresas instaladoras) (IVACE).

SIA Code: 211600
GUC Code : 15864
Department: INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL IVACE
Application deadline: CLOSED
(21-01-2020
10-08-2020)
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Los comercios o empresas instaladoras interesadas en participar y colaborar en la campaña de ayudas al Plan Renove de Ventanas, deberán adherirse a la misma cumpliendo para ello una serie de obligaciones que se indican en el artículo 15 de la resolución.

Observations

Observations

* DOCUMENTACIÓN PARA EL COBRO DEL DESCUENTO REALIZADO 1. El comercio o empresa instaladora tramitará la presentación de la solicitud del particular a través de la plataforma de gestión del Plan Renove de Ventanas 2020 , y estará compuesta de la siguiente documentación: a) Copia de la solicitud normalizada según el modelo disponible en , firmada por la persona solicitante y por la empresa instaladora o comercio. No se aceptarán solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas por la empresa instaladora o comercio y por la persona solicitante. b) Copia del DNI o NIE del solicitante, en caso de que se haya opuesto a que el IVACE proceda a su obtención. c) Declaración responsable de la persona solicitante de la ayuda de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, declaración responsable de no haber recibido otras ayudas en relación a la actuación subvencionada y declaración responsable de ser propietaria, arrendataria o usufructuaria de la vivienda. Todas estas declaraciones se encuentran incluidas en la solicitud normalizada de la ayuda. d) Presupuesto detallado por partidas, aceptado por la persona solicitante. e) En aquellos casos en los que en el DNI de la persona solicitante no aparezca como residencia habitual la dirección de la vivienda objeto de sustitución de ventanas y puertas-ventana objeto de este Plan Renove, se aportará copia del certificado de empadronamiento en el que figure como residente en la vivienda objeto de ayudas con fecha anterior al 30 de enero de 2020, exceptuando las adquisiciones o arrendamiento de viviendas posteriores a dicha fecha, en cuyo caso deberán aportar además copia de la escritura de compraventa o contrato de arrendamiento. f) Duplicado o copia de la factura de renovación de las ventanas y/o puertas-ventana, firmado y sellado por el comercio o empresa instaladora, que deberán ser de fecha comprendida entre el inicio del plazo de presentación de solicitudes y el 30 de septiembre de 2020 y deberán incluir como mínimo, los siguientes conceptos: - Datos del comercio o empresa instaladora (persona jurídica, CIF y sello original). - Datos de la persona solicitante (nombre, apellidos, DNI y domicilio). - Desglose del presupuesto detallado por partidas (acristalamiento, marco, premarco, persianas, dispositivos de lamas, montaje y desmontaje de los elementos, ayudas de albañilería, transporte, otros recargos, IVA, etc.), en el que se incluya dimensiones de las ventanas y puertas-ventana, tipo, marca y modelo del marco y premarco, tipo de acristalamientos, marca y modelo de los mismos, especificando los espesores incluyendo la cámara, precio unitario, número de unidades y precio total. - Descuento aplicado por el comercio o la empresa instaladora. - Hacer constar en la factura de manera expresa su acogimiento al Plan Renove de Ventanas 2020. g) Justificantes de pago mediante entidad financiera: copia del extracto bancario junto con copia del cheque nominativo o de la orden de transferencia que acredite que la persona o entidad destinataria del pago coincide con la persona o entidad que emite de la factura. Del mismo modo la persona solicitante de la ayuda, deberá ser la titular o cotitular de la cuenta bancaria desde la que se realiza la transferencia o desde la que se emite el cheque. No se aceptarán pagos en efectivo, ingresos en cuenta, recibos o pagarés como justificante de pago. h) Se aceptarán pagos efectuados a través de modalidades de financiación, siempre que se presente el contrato firmado entre la persona solicitante de la ayuda y la financiera, y se acredite el pago en la forma establecida en el apartado anterior de una cantidad igual o superior al importe de la ayuda concedida. En todo caso el IVACE establecerá las medidas de control que considere oportunas para comprobar que se ha llevado a cabo la totalidad del pago a la entidad financiera. i) Justificante técnico de la transmitancia térmica (U), de la permeabilidad al aire de cada una de las ventanas y/o puertas-ventanas instaladas y del factor solar del acristalamiento ( en municipios Tipo 1 y 2). Se optará por una de las siguientes opciones, en función de la documentación disponible: - Opción 1: Etiqueta de Eficiencia Energética según modelo Anexo III. La etiqueta debe incluir el valor U, transmitancia térmica, la permeabilidad al aire de la ventana o puerta ventana y el factor solar del acristalamiento. - Opción 2: Marcado CE (Completo), según modelo Anexo II y marcado CE del acristalamiento. El marcado CE (completo) debe incluir el valor U, transmitancia térmica y la permeabilidad al aire de la ventana o puerta ventana. El marcado CE del acristalamiento debe incluir el valor U, transmitancia térmica del acristalamiento, y el valor de g, factor solar del acristalamiento. j) Fotos de las ventanas y puertas-ventana antes y después de la reforma, siempre tomadas desde el interior de la vivienda. Las fotos después de la reforma deben consistir en fotos generales de ubicación de las ventanas y en fotos de detalle de la pegatina identificativa de los vidrios. k) Copia de la cuenta bancaria donde aparezcan los datos de la persona titular de la cuenta (beneficiaria de la ayuda), en la que se abonará, si procede, la ayuda correspondiente. 2. El plazo máximo para entregar toda la documentación especificada en los apartados e), f), g), h), i), j), k) de este artículo será el 30 de septiembre de 2020. Teléfono de información: 961 209 600 Horario de atención telefónica: lunes a jueves de 8:00 a 19:00 horas y viernes de 9:00 a 14:00 Correo electrónico: info_renove@gva.es

Who can apply?

Who can apply?

El comercio o empresa instaladora con domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana que desee adherirse.

Regulation

Regulation

  • ORDEN 3/2017, de 3 febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) dirigidas al ahorro y eficiencia energética en el sector doméstico (DOCV nº 7974 de 07/02/2017).
  • Resolución de 18 de diciembre de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Ventanas 2020, destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas de la Comunitat Valenciana, y la adhesión de comercios y empresas instaladoras. (DOGV nº 8717 de 15/01/2020)
  • Corrección de errores de la Resolución de 18 de diciembre de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Ventanas 2020, destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas de la Comunitat Valenciana, y a la adhesión de comercios y empresas instaladoras. (DOGV nº 8727 de 28/01/2020)
  • Resolución de 1 de junio de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se amplían los plazos de presentación de documentación relativa a las solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria del Plan Renove de Ventanas 2020, destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº 8828 de 05/06/2020)

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Deadline

Deadline

La adhesión de los comercios y empresas instaladoras comenzará el 21 de enero de 2020 y finalizará el 10 de agosto de 2020. (Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo)

Forms and documentation

Los comercios y las empresas instaladoras interesadas en participar y colaborar en la convocatoria de ayudas deberán hacer entrega a través del correo electrónico que aparece en la web informativa de los Planes Renove del IVACE, planrenove.ivace.es, y en el plazo indicado en el párrafo siguiente, de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado disponible en la página web de la oficina de campaña, así como la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.

Obligations

Obligations

Son obligaciones de los comercios y empresas instaladoras adheridas: a) Informar a los potenciales solicitantes de las ayudas de cuál es el procedimiento para la adquisición de ventanas y puertas-ventanas a través del Plan Renove de Ventanas 2020. b) Retirar los acristalamientos y carpintería antiguos, y llevarlos a un punto limpio de reciclado. c) Tramitar, cumplimentar y remitir a la Oficina de Campaña, sin coste alguno para el solicitante, las correspondientes solicitudes de ayudas y documentación establecida en el artículo 11 de esta resolución. d) Realizar el descuento de 15 €/m2 sobre la base imponible de la factura. e) Seguir la metodología y procedimientos que se definen para el desarrollo del Plan. f) Utilizar fielmente la imagen de la campaña de comunicación establecida por el IVACE para el desarrollo de la convocatoria e incluirla en todos los elementos promocionales de las empresas instaladoras sin confundirla con otras promociones que puedan tener, identificando claramente en cada producto el precio del artículo antes de aplicar la ayuda y una vez aplicada esta. g) Colaborar activamente en la difusión y apoyo de los objetivos del Plan relativos a: - Dar a conocer y difundir la existencia de acristalamientos y marcos de baja transmitancia térmica. - La sensibilización hacia el ahorro y la eficiencia energética. h) Participar en las sesiones de formación o comunicación que se organicen por parte de IVACE o en su nombre, en las que se explicará el contenido del Plan y la finalidad del mismo. i) Someterse a las actuaciones de control que lleve a cabo el IVACE y a las actuaciones de control financiero que realicen la Intervención General de la Generalitat y la Sindicatura de Comptes. j) Tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana k) De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales , las personas y empresas instaladoras adheridas al Plan quedarán expresamente obligadas a mantener estricta confidencialidad sobre cualquier dato de carácter personal que pudieran obtener con ocasión de la presente convocatoria, por lo que no podrán copiarlos o utilizarlos con fines distintos a los que figuran en la presente resolución ni tampoco cederlos a otras personas distintas del IVACE, ni siquiera a efectos de conservación. La presentación de la solicitud de adhesión supondrá asimismo la aceptación del resto de condiciones establecidas en la convocatoria.

Exhausts administrative channel

Exhausts administrative channel

Yes

Penalties

Penalties

1. El incumplimiento, por parte de las personas beneficiarias, comercios, empresas instaladoras o de la entidad colaboradora responsable de la oficina de campaña de los requisitos y obligaciones que se establecen esta convocatoria y en sus bases reguladoras, se someterá al régimen de infracciones y sanciones fijado en el Título IV de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. 2. Asimismo, y complementariamente a lo establecido en el párrafo anterior, los comercios y empresas instaladoras adheridas que durante el transcurso del Plan cometan irregularidades en torno a los requisitos exigidos para el correcto funcionamiento del Plan Renove de Ventanas 2020 (ventas sin renovar ventanas y/o puertas-ventana, reformas que no cumplan las características técnicas y energéticas recogidas en esta resolución, campañas de promoción engañosas, duplicidad de solicitudes para un mismo equipo, etc.) serán automáticamente dados de baja de la convocatoria en curso y podrán ser excluidos de futuras convocatorias del Plan Renove de Ventanas. 3. Cualquier persona que tuviera conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad relacionados con las ayudas previstas en la presente convocatoria podrá ponerlos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/inicio.aspx, o a través del enlace "Buzón - Control Antifraude" en la página de inicio de ivace.es.