Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. Ingreso y adquisición de nuevas especialidades (Francés e Inglés).

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Etapa actual: Lista de seleccionados
Código SIA: 3025246
|
Código GVA: 61603
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Información básica

Convocatoria
Oposición
Prueba
Concurso-oposición
Grupo
A1
Titulación
Título universitario de grado o bien licenciatura, ingeniería superior o arquitectura o equivalentes (subgrupo 1)
Titulación específica

Cuerpo de profesores de Escuela Oficial de Idiomas

- Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto, o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

Plazas
Núm. de plazas totales 25

Descripción de plazas

Profesores de Escuela Oficial de Idiomas: 25 plazas

 

- Francés: 5 plazas

Plazas Libre: 5 plazas

 

- Inglés: 20 plazas

Plazas Libre: 18

Reserva Discapacitados: 2

Requisitos

- Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que sea de aplicación los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

Asimismo podrán participar el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los estados en los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores cuando así lo prevea el correspondiente tratado, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho, y con respecto a los descendientes, que sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

- Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del respectivo cuerpo, no padeciendo enfermedad ni estando afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a que se opta.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- No ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretenda ingresar, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades regulado en la presente convocatoria.

INGRESO

- Estar en posesión, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de las titulaciones que para cada cuerpo docente se detallan en las bases específicas de la presente convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial de homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio en España como profesor de acuerdo con lo dispuesto en las bases específicas.

- Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los términos que se describen en las bases específicas de la presente convocatoria.

- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar un conocimiento adecuado de esta lengua de la forma que se establece en la base 3.2.b) o mediante la realización de la prueba descrita en la base 7.1.1.

- Acreditar el conocimiento de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana del modo indicado en la base 7 de esta convocatoria.

- Para participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad, los aspirantes, además de reunir los requisitos anteriores, deberán tener reconocida por los órganos competentes de la Generalitat, del Estado o del resto de las Comunidades Autónomas, una discapacidad cuyo grado sea igual o superior al 33%, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en la especialidad a la que se opta.

 

ADQUISICIÓN NUEVAS ESPECIALIDADES

- Ser funcionario de carrera del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, del cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas o del cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional directamente dependiente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. En caso de funcionarios en situación de excedencia voluntaria, de los adscritos a puestos de función inspectora y de los adscritos a plazas en el exterior o análogos, el cumplimiento del requisito del destino se entenderá referido al último centro de destino inmediatamente anterior.

- Poseer el nivel de titulación y los demás requisitos que se exigen para el ingreso libre en la especialidad que se pretenda adquirir, a excepción de la acreditación de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.

Tasas
Importe tasa máxima: 31,47

Forma de pago:

Se ingresarán mediante el impreso de la instancia de participación en alguna de las entidades de crédito colaboradoras que figuran en la misma. Los gastos de transferencia correrán a cargo del interesado. En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de derechos, cuya falta o abono fuera de plazo determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá eliminación del trámite de presentación, en plazo y forma, de la solicitud.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, están exentos del pago de las tarifas los miembros de familias numerosas de categoría especial, siempre y cuando adjunten a la solicitud copia de la documentación que lo acredite.

Asimismo, están exentos del pago de la tarifa de inscripción en pruebas selectivas para el acceso a cuerpos docentes los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que lo acrediten documentalmente junto a la solicitud, teniendo además una bonificación del 50% en la tarifa sobre la formación del expediente, debiendo ingresar la cantidad de 1,89 euros en este concepto.

De otro lado, disfrutarán de una bonificación de 50% de la cuota de las tarifas los miembros de las familias numerosas de categoría general, lo que igualmente deberá justificarse documentalmente junto a la instancia de participación, y en tal caso deberán ingresar 15,74 euros los aspirantes al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundarial.

Por último, se aplicará una bonificación del 10% de la cuota de las tarifas cuando la presentación de la solicitud de participación en las pruebas se realice por medios telemáticos, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, en su redacción dada por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat.

Excención / Reducción de tasas:

EXENCIONES / DESCUENTOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, están exentos del pago de las tarifas los miembros de familias numerosas de categoría especial, siempre y cuando adjunten a la solicitud copia de la documentación que lo acredite.

 

Asimismo, están exentos del pago de la tarifa de inscripción en pruebas selectivas para el acceso a cuerpos docentes los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que lo acrediten documentalmente junto a la solicitud, teniendo además una bonificación del 50% en la tarifa sobre la formación del expediente, debiendo ingresar la cantidad de 1,89 euros en este concepto.

 

De otro lado, disfrutarán de una bonificación de 50 % de la cuota de las tarifas los miembros de las familias numerosas de categoría general, lo que igualmente deberá justificarse documentalmente junto a la instancia de participación, y en tal caso deberán ingresar 15,74 euros.

 

Por último, se aplicará una bonificación del 10% de la cuota de las tarifas cuando la presentación de la solicitud de participación en las pruebas se realice por medios telemáticos, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, en su redacción dada por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Etapa actual: Lista de seleccionados

Fase

Oposición

Publicación
Información complementaria

Los opositores que superen el procedimiento selectivo y sean nombrados funcionarios en prácticas, podrán acceder a la Adjudicación de Inicio de Curso - Funcionarios de Carrera y en Prácticas el día 23 de julio a las 12:00 horas.

Los participantes de los procedimientos selectivos de la oposición 2015 que superen la fase oposición y no sean seleccionados, o bien que sólo hayan aprobado el primer ejercicio, podrán acceder a la Adjudicación de Inicio de Curso - Adjudicación Continua el día 23 de julio a las 12:00 horas.

 

En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista de aspirantes seleccionados, estos deberán presentar en la Dirección General de Centros y Personal Docente de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, preferentemente ante el Registro General de los Servicios Centrales, la documentación requerida en la convocatoria.

Recursos
  • Recurso de alzada

Listado de etapas

Etapa actual: Lista de seleccionados

Fecha publicación: 21-07-2015

Corrección de errores. Nombramiento del tribunal

Fecha publicación: 25-06-2015

Nombramiento del tribunal

Fecha publicación: 18-06-2015

Lista definitiva de admitidos/excluidos y fecha de examen. Plazo de recurso

Fecha publicación: 12-06-2015

Lista provisional de admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones

Fecha publicación: 28-05-2015

Bases y apertura de plazo

Fecha publicación: 06-05-2015

Plazo cerrado

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