Jefaturas de sección asistenciales en el Hospital Universitario Virgen de la Salud de Elda. - GVA.ES
Jefaturas de sección asistenciales en el Hospital Universitario Virgen de la Salud de Elda.
Organismo: Conselleria de Sanidad
Etapa actual: Lista provisional. Plazo de alegaciones
Información básica
Etapa actual
Listado de etapas
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
Convocatoria: Concurso específico de méritos
Prueba: Concurso de méritos
Titulación: Título de técnico/a superior de formación profesional o equivalentes
Titulación específica: Título de licenciado o doctor en Medicina y poseer el correspondiente título de médico especialista, expedido homologado y convalidado por el Ministerio de Educación.
Grupo: Nuevo nivel B
Más información: http://www.san.gva.es/web/dgrhs/jefaturas-asistenciales
Núm. plazas totales: 1
Plazas
Plazas
Descripción de plazas:
Plaza 59359. Jefe de sección de Oncología Médica. Plaza 59360. Jefe de sección de Anestesiología y Reanimación.
Requisitos
Requisitos
Podrán participar en esta convocatoria los facultativos con nombramiento de personal estatutario fijo que ostente plaza en la especialidad a la que se concurse en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, así como los facultativos con nombramiento de funcionario de carrera, o laboral fijo, que presten servicios en hospitales de titularidad pública con programa acreditado para la docencia por la Comisión Nacional de la correspondiente especialidad.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Etapa actual:
Lista provisional. Plazo de alegaciones
Publicación
Publicación
- Medio: Web
- Fecha de publicación: 12-02-2016
- URL: http://www.san.gva.es/documents/153662/5248075/2016_ADM.PROV.Jef.secc.ELDA.pdf
Listado de etapas
Etapa actual: Lista provisional. Plazo de alegaciones
Fecha de publicación: 12-02-2016
Bases y apertura de plazo
Fecha de publicación: 22-10-2015
Volver al listado de etapas
Lista provisional. Plazo de alegaciones
La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La información facilitada tiene exclusivamente carácter explicativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.