Cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. Ingreso y adquisición de nuevas especialidades (Alemán, Francés, Inglés y Valenciano)

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Etapa actual: Corrección de errores (aprobación de expediente)
Código SIA: 3022134
|
Código GVA: 69756
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Información básica

Convocatoria
Oposición
Prueba
Concurso-oposición
Grupo
A1
Titulación
Título universitario de grado o bien licenciatura, ingeniería superior o arquitectura o equivalentes (subgrupo 1)
Titulación específica

Título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

 

Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán disponer del certificado de equivalencia en cuanto a titulación y a nivel académico universitario oficial, el cual tendrá efectos desde la fecha en que sea concedido y expedido por el Ministerio competente en materia de educación, según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Plazas
Núm. de plazas totales 165

Descripción de plazas

DESGLOSE DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD:

 

ALEMÁN (código 401): 20 plazas

- Ingreso libre: 18

- Reserva diversidad funcional intelectual (DFI): -

- Reserva diversidad funcional de otro tipo (DFII): 18

 

FRANCÉS (código 408): 20 plazas

- Ingreso libre: 18

- Reserva diversidad funcional intelectual (DFI): -

- Reserva diversidad funcional de otro tipo (DFII): 18

 

INGLÉS (código 411): 100 plazas

- Ingreso libre: 95

- Reserva diversidad funcional intelectual (DFI): 1

- Reserva diversidad funcional de otro tipo (DFII): 4

 

VALENCIANO (código 418): 25 plazas

- Ingreso libre: 22

- Reserva diversidad funcional intelectual (DFI): -

- Reserva diversidad funcional de otro tipo (DFII): 3

Requisitos

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otro estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que sea de aplicación los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

Asimismo, podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, tanto de las personas con nacionalidad española como de nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado Español, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras cuando así lo prevea el correspondiente tratado, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho, y con respecto a descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del respectivo cuerpo, no padeciendo enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a que se opta.

d) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se pretenda ingresar, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades

regulado en la presente convocatoria.

f) No haber sido condenado o condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de acuerdo con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

a) Estar en posesión, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto, o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. En el caso de que las titulaciones se hayan obtenido en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial, la cual tendrá efectos desde la fecha en que sea concedida y expedida por el Ministerio competente en materia de educación el correspondiente certificado, según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

 

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los términos que se describen en las bases específicas de la presente convocatoria.

 

c) Las personas aspirantes nacionales de estados cuyo idioma oficial no sea el castellano, deberán poseer un conocimiento adecuado de esta lengua. Si no pueden acreditar alguna de las titulaciones enumeradas en la base 7.1.1 de las bases, deberán realizar la prueba descrita en la misma.

 

d) Acreditar el conocimiento de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana del modo indicado en la base 7 de esta convocatoria.

 

e) Para participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad, las oersonas aspirantes, además de reunir los requisitos generales y específicos, deberán tener reconocida por los órganos competentes de la Generalitat, del Estado o del resto de las Comunidades Autónomas, una diversidad funcional cuyo grado sea igual o superior al 33%, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en la especialidad a la que se opta.

 

Para la adquisición de nuevas especialidades:

a) Ser personal funcionario de carrera del cuerpo de la especialidad a la que se opta.

b) Poseer el nivel de titulación y los otros requisitos que se exigen para el ingreso libre en la especialidad que se pretenda adquirir, a excepción de la acreditación de los idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana.

Tasas
Importe tasa máxima: 28,10

Forma de pago:

El ingreso del importe se realizará mediante tarjeta bancaria o cargo en cuenta dentro del plazo de presentación de solicitudes.

La falta del pago o el pago fuera de plazo determinará la exclusión de la persona aspirante.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos, 14.4-2, 14.4-5 y 14.4-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, los derechos de examen son los siguientes:

 

- Personal de ingreso a los cuerpos de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 28.10 €

- Familias numerosas y monoparentales de carácter general: 12.50€

- Familias numerosas y monoparentales de carácter especial: exento

- Personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33%: 3.40€

- Personas víctimas de actos de violencia sobre la mujer: 3.40€

 

Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción.

Esta acreditación se realizará adjuntando a la solicitud la siguiente documentación:

a) Los documentos que acreditan la condición de miembro de familia numerosa o familia monoparental de categoría general o especial, en caso de haberlo alegado.

b) La certificación expedida por el órgano competente que acredite la condición de aspirante con diversidad funcional igual o superior al 33%.

c) En el caso de haberse alegado ser víctima de actos de violencia sobre la mujer, deberá acreditarse esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de diciembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.

 

En los casos a y b, no hará falta presentar los documentos acreditativos cuando hayan sido elaborados por la administración de la Generalitat Valenciana si expresan su autorización para que sean consultados o recabados los datos correspondientes.

 

El simple pago electrónico de la tasa dentro del plazo no equivale a la inscripción en el proceso selectivo, ya que deberán efectuarse todos los pasos del trámite telemático hasta finalizar el registro electrónico.

 

De conformidad con lo que establece el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, no se procederá a la devolución de las tasas por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes de los procedimientos selectivos por causas imputables exclusivamente a ellas.

Excención / Reducción de tasas:

REDUCCIÓN:

- Familias numerosas y monoparentales de carácter general

- Personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33%

- Personas víctimas de actos de violencia sobre la mujer

 

EXENCIÓN:

- Familias numerosas y monoparentales de carácter especial

Etapa actual: Corrección de errores (aprobación de expediente)

Fase

Adjudicación y nombramiento

Documentos

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 29 de octubre de 2020, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba el expediente del procedimiento de ingreso a cuerpos docentes convocado por la Orden 7/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura...

Saber más

Listado de etapas

Etapa actual: Corrección de errores (aprobación de expediente)

Fecha publicación: 18-11-2020

Aprobación de expediente

Fecha publicación: 10-11-2020

Corrección de errores (nombramiento)

Fecha publicación: 17-10-2019

Nombramiento

Fecha publicación: 17-09-2019

Presentación de documentos. Oferta plazas vacantes

Fecha publicación: 30-07-2019

Plazo cerrado

Lista definitiva del concurso-oposición. Plazo de recurso

Fecha publicación: 30-07-2019

Plazo cerrado

Lista de aprobados (fase de oposición). Plazo presentación documentos para valoración de méritos. Plazo de recurso

Fecha publicación: 15-07-2019

Plazo cerrado

Resolucion y listado de asignacion provisional de número de plazas para cada tribunal

Fecha publicación: 12-07-2019

Criterios de evaluación

Fecha publicación: 14-06-2019

Resultado prueba valenciano

Fecha publicación: 13-06-2019

Plazo cerrado

Corrección de errores. Nombramiento del tribunal

Fecha publicación: 10-06-2019

Corrección de errores. Lista definitiva de admitidos/excluidos

Fecha publicación: 05-06-2019

Nombramiento del tribunal

Fecha publicación: 31-05-2019

Lista definitiva de admitidos/excluidos y fecha de examen. Plazo de recurso

Fecha publicación: 20-05-2019

Plazo cerrado

Entrega de material 2.ª prueba

Fecha publicación: 20-05-2019

Plazo cerrado

Notas pruebas de castellano

Fecha publicación: 17-05-2019

Prueba de español para extranjeros

Fecha publicación: 13-05-2019

Convocatoria realización prueba

Fecha publicación: 13-05-2019

Resultado prueba valenciano

Fecha publicación: 03-05-2019

Plazo cerrado

Convocatoria realización prueba de conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana

Fecha publicación: 04-04-2019

Lista provisional de admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones

Fecha publicación: 04-04-2019

Plazo cerrado

Corrección de errores. Bases

Fecha publicación: 29-03-2019

Corrección de errores. Bases

Fecha publicación: 18-03-2019

Bases y apertura de plazo

Fecha publicación: 04-03-2019

Plazo cerrado

Publicación de la OPE

Fecha publicación: 31-12-2018

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Corrección de errores (aprobación de expediente)