Detalle Empleo Público

Bolsa de trabajo extraordinaria para el cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas en la especialidad de Bajo Eléctrico (6G1).

Código SIA : 3022241
Código GUC : 71359
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Etapa actual: Listado definitivo
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Información básica

Convocatoria: Bolsa de trabajo
Prueba: Concurso de méritos
Titulación: Técnico/a superior
Titulación específica: Estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de alguna de las siguientes titulaciones:

· Título Superior de Música expedido de acuerdo con el R.D. 617/1995, de 21 de abril,           especialidad Jazz (Contrabajo / Guitarra). (*)

· Título Superior de Música expedido de acuerdo con R.D. 631/2010, de 14 de mayo, de la especialidad Interpretación, itinerario Jazz (Contrabajo / Guitarra).(*)

· Grado en Interpretación Musical-Música Moderna (Contrabajo / Guitarra).(*)

· Título Superior de Música expedido de acuerdo con el Real Decreto 2618/1966, Real Decreto 617/1995 o Real Decreto 631/2010 de la especialidad Interpretación (Guitarra) o Pedagogía (Contrabajo / Guitarra), acompañado del título de técnico de enseñanzas profesionales de Música de la especialidad convocada (Guitarra Eléctrica o Bajo Eléctrico), o equivalente.(*)

(*) "La certificación supletoria provisional tendrá una validez de un año desde la fecha de emisión de la certificación", de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 1005/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios.
Grupo: Nuevo nivel B

Requisitos

Requisitos

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, o ser cónyuge, cualquiera que sea su nacionalidad, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes, o nacional de algún Estado, al que sea de aplicación los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores o trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español. b) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar un conocimiento adecuado de esta lengua en los términos que se describen en el anexo IV. c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad establecida para la jubilación. d) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado o afectada por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de la docencia. e) No haber sido separado o separada por expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. f) No haber sido condenado o condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de acuerdo con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. g) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo. a) Estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del certificado de capacitación para la enseñanza en valenciano, que deberá acreditarse conforme a lo establecido en la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana. El correspondiente certificado tiene que estar registrado en el Servicio de Acreditación y Asesoramiento dependiente de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, y/o en el Servicio de Formación del Profesorado. b) Estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de alguna de las siguientes titulaciones: · Título Superior de Música expedido de acuerdo con el R.D. 617/1995, de 21 de abril, especialidad Jazz (Contrabajo / Guitarra). (*) · Título Superior de Música expedido de acuerdo con R.D. 631/2010, de 14 de mayo, de la especialidad Interpretación, itinerario Jazz (Contrabajo / Guitarra).(*) · Grado en Interpretación Musical-Música Moderna (Contrabajo / Guitarra).(*) · Título Superior de Música expedido de acuerdo con el Real Decreto 2618/1966, Real Decreto 617/1995 o Real Decreto 631/2010 de la especialidad Interpretación (Guitarra) o Pedagogía (Contrabajo / Guitarra), acompañado del título de técnico de enseñanzas profesionales de Música de la especialidad convocada (Guitarra Eléctrica o Bajo Eléctrico), o equivalente.(*) (*) "La certificación supletoria provisional tendrá una validez de un año desde la fecha de emisión de la certificación", de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 1005/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios. c) Superar la prueba de aptitud descrita en la base 7.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Etapa actual:

Listado definitivo

Plazo de presentación: desde: 21-11-2019 hasta: 27-11-2019

Descripción del plazo

Descripción del plazo

Las personas admitidas deberán presentar instancia telemática en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en la siguiente dirección de internet: https://ceice.gva.es/web/rrhh-educacion/adjudicaciones-continuas (base segunda de la Resolución de 23 de enero de 2018 por la cual se regulan los procedimientos de adjudicación continua de puestos de trabajo y de provisión de puestos de difícil cobertura en régimen de interinidad). Ver Resolución. Todas aquellas personas que ya formen parte de alguna otra bolsa con anterioridad, podrán acceder a su solicitud en cualquier momento, para realizar las modificaciones que consideren, y los que se encuentren desactivados, para comprobar que les ha sido incorporada una nueva especialidad, tendrán que activarse y, si lo desean, volver a desactivarse.

Recursos

Recursos

  • Recurso contencioso-administrativo
  • Recurso potestativo de reposición

Publicación

Publicación

Documentación

Documentación

Listas definitivas de integrantes de la bolsa de trabajo del cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de la especialidad de Bajo Eléctrico.

Información complementaria

Información complementaria

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente, potestativamente recurso de reposición ante el director general de Centres i Personal Docent, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación.

Listado de etapas

Etapa actual: Listado definitivo

Fecha de publicación: 20-11-2019

2.ª lista provisional. Plazo de alegaciones

Fecha de publicación: 07-11-2019

Prueba de aptitud

Fecha de publicación: 18-10-2019

Listado provisional - Alegaciones

Fecha de publicación: 18-09-2019

Cambio en el tribunal

Fecha de publicación: 23-07-2019

Bases y apertura de plazo

Fecha de publicación: 01-07-2019

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Listado definitivo

La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La información facilitada tiene exclusivamente carácter explicativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.