Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (OPE 2017-18) - GVA.ES
Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (OPE 2017-18)
Información básica
Título de formación profesional de técnico o técnica en cuidados auxiliares de enfermería o formación profesional de primer grado en su rama sanitaria o su equivalente para el desempeño de la categoría.
Distribución de plazas
- Turno libre 2.391
- Diversidad funcional 180
- Promoción interna 166
1. Poseer la nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, así como de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, u ostentar este derecho conforme a lo previsto en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo. Independientemente de su nacionalidad, podrán participar los y las cónyuges de las personas españolas y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, siempre que no exista separación de derecho, y sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no exista separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. En el caso de aspirantes de nacionalidad y lengua distinta de la española, deberán acreditar conocimiento suficiente del castellano, mediante diploma de español como lengua extranjera nivel B2 expedido por el organismo oficial competente.
2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
3. Poseer dentro del plazo de solicitudes especificado en esta convocatoria, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo, el título de formación profesional de técnico en cuidados auxiliares de enfermería o formación profesional de primer grado en su rama sanitaria o su equivalente para el desempeño de la categoría. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento, capacidad que se acreditará en el plazo requerido en esta convocatoria mediante certificado médico, quedando la toma de posesión supeditada a la superación de este requisito.
5. No haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de personas nacionales de otros estados mencionados en el punto 1, no haber sido inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos.
Asimismo, y conforme al apartado 5 del artículo 13 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, siempre que la actividad implique contacto habitual con menores, no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual e identidad de género, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. En el momento de la toma de posesión, se deberá acreditar esta circunstancia en el departamento de salud correspondiente mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
6. Haber abonado la tasa de participación, en el caso de no estar exento/a de la misma, según se especifica en la base 3 de esta convocatoria.
7. No ostentar la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría convocada, en todo el Sistema Nacional de Salud. Este requisito deberá cumplirse hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si obtuviere dicha condición en otro Servicio de Salud posteriormente, se considerará que ambos procesos son concurrentes, conservando los derechos derivados de este concurso-oposición.
* Requisitos específicos para el turno de promoción interna.
Podrá concurrir a esta convocatoria el personal estatutario fijo dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que reúna durante el plazo de presentación de solicitudes los requisitos generales expuestos y además:
- Tener la condición de personal estatutario fijo dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, de una categoría distinta de la convocada y del mismo o inferior grupo o subgrupo de titulación.
- Estar o haber estado en servicio activo o con reserva de puesto y con nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de procedencia, durante al menos dos años, sin necesidad de que estos lo hayan sido de forma ininterrumpida ni inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
Forma de pago:
El pago de la tasa se realizará por vía telemática dentro del trámite de inscripción (www.san.gva.es)
Excención / Reducción de tasas:
Estará exento del pago de la tasa, conforme establece la vigente Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana:
- El personal que acredite su condición de persona con diversidad funcional con un grado igual o superior al 33%.
- El personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría especial, o de familia monoparental de categoría especial comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.
- Las víctimas de actos de violencia, cuya condición sea acreditada por los medios previstos en el artículo 23 del Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, esto es, mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos. En la Comunitat Valenciana, son los Centros Mujer 24 horas quienes están autorizados para la acreditación de estas situaciones.
*Gozará de una bonificación del 50% de la tasa el personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría general, o de familia monoparental de categoría general comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.
Etapa actual: Presentación de documentos
Adjudicación y nombramiento
Se abre plazo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, para que las personas aspirantes que figuran en el anexo I presenten la documentación indicada.
Documentación a presentar:
a) Declaración responsable, que figura en el anexo II, de no haber sido separado o separada del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de personas nacionales de otros Estados, no haber sido inhabilitado o inhabilitada, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado o separada, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos.
En el momento de la toma de posesión, la persona interesada deberá acreditar, conforme al artículo 57, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, no haber sido condenada por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, tipificados en el título 8 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta circunstancia será acreditada en el Departamento de Salud correspondiente mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
b) Declaración responsable, que figura en el anexo III, en la que manifiesten poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas que correspondan a la plaza de la categoría convocada. Esta declaración constituirá presunción de disponer de tales capacidades y requisitos de aptitud por parte de la persona declarante y podrá ser verificada, en su caso, con los informes médicos que emita el servicio de prevención correspondiente.
c) Quienes concurran al cupo reservado a personas con diversidad funcional, deberán aportar certificación oficial del grado de diversidad funcional junto con resolución administrativa del órgano competente de la conselleria con competencias en bienestar social o de otras comunidades autónomas o de la administración del Estado, que acredite su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a la categoría convocada.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, copia de la credencial que acredite la homologación que corresponda.
Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados o nombradas y quedarán anuladas todas las actuaciones.
La documentación referida deberá presentarse en una de las siguientes unidades de registro:
- 03001Alicante: C/Gerona, nº 26.
- 03801 Alcoi: Polígono de Caramanxel, s/n.
- 12001 Castellón: C/Huerto Sogueros, nº12.
- 46008 Valencia: Av. Fernando el Católico, nº 74.
- Registros generales de los departamentos de salud de la Conselleria de Sanidad.
Resolución de 2 de enero de 2025 de la directora general de Personal, por la que se solicita documentación a las personas aspirantes aprobadas con derecho a optar a plaza en el concurso-oposición para la provisión de vacantes de técnico o técnica en cuidados auxiliares de enfermería, de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, convocado por Resolución de la directora general de Recursos Humanos de 22 de junio de 2021.
Listado de etapas
Etapa actual: Presentación de documentos
Fecha publicación: 03-01-2025
Plazo cerrado
Modificación listados definitivos del concurso-oposición
Fecha publicación: 30-12-2024
Información de interés
Fecha publicación: 30-12-2024
Modificación composición del tribunal
Fecha publicación: 30-10-2024
Lista definitiva. Plazo de recurso
Fecha publicación: 24-09-2024
Plazo cerrado
Lista provisional. Plazo de alegaciones
Fecha publicación: 19-02-2024
Plazo cerrado
Modificación composición del tribunal
Fecha publicación: 18-09-2023
Lista aprobados (fase oposición) y plazo presentación documentos valoración méritos (fase concurso)
Fecha publicación: 08-05-2023
Plazo cerrado
Lista provisional de aprobados/suspendidos (fase oposición). Plazo de alegaciones y plantilla definitiva
Fecha publicación: 13-02-2023
Plazo cerrado
Cuestionario del ejercicio
Fecha publicación: 18-10-2022
Plantilla provisional de respuestas del ejercicio
Fecha publicación: 18-10-2022
Plazo cerrado
Información de interés
Fecha publicación: 10-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 10-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Información de interés
Fecha publicación: 06-10-2022
Distribución de aulas
Fecha publicación: 30-09-2022
Modificación listado definitivo de admitidos/excluidos
Fecha publicación: 30-09-2022
Información de interés
Fecha publicación: 28-09-2022
Modificación listado definitivo de admitidos/excluidos
Fecha publicación: 21-09-2022
Lista definitiva de admitidos/excluidos y fecha de examen. Plazo de recurso
Fecha publicación: 18-07-2022
Modificación composición del tribunal
Fecha publicación: 10-05-2022
Nombramiento del tribunal
Fecha publicación: 13-04-2022
Lista provisional de admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones
Fecha publicación: 08-04-2022
Plazo cerrado
Bases y apertura de plazo
Fecha publicación: 30-06-2021
Plazo cerrado
Bases y apertura de plazo
Convocatoria
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y acabará al mes siguiente, el mismo día a aquél en que se haya publicado. Si fuera inhábil, el plazo finalizará al siguiente día hábil. En caso de no haber día equivalente en el mes siguiente a la publicación, el plazo finalizará el último día del mes siguiente al de publicación de la convocatoria.
INTRUCCIONES BÁSICAS PARA LA INSCRIPCIÓN TELEMÁTICA
http://www.gva.es/downloads/WF/EP/01_MANUAL_INSCRIPCION_cas_val.pdf
BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA
http://www.gva.es/downloads/WF/EP/02_BIBLIOGRAFIA_ESPECIF_TCAE_v2.pdf
BIBLIOGRAFÍA TEMARIO GENERAL Y NORMATIVA SANITARIA COMÚN
http://www.gva.es/downloads/WF/EP/04_BIBLIOGRAFIA_GENERAL_C1_C2.pdf
APORTACIÓN DOCUMENTACIÓN: EXENCIÓN O BONIFICACIÓN TASAS - CERTIFICADO B2 CASTELLANO
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21218&version=amp
1. La solicitud de participación en este proceso selectivo se tramitará mediante medios telemáticos, a través de la plataforma existente en la página oficial de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (www.san.gva.es), siguiendo las instrucciones que figuran en la misma, siendo necesario disponer, para ello, del correspondiente certificado digital.
A través de la mencionada plataforma podrá rellenar la solicitud, pagar las tasas de participación en caso de no estar exento/a y registrar dicha solicitud por vía telemática, así como los justificantes de las posibles causas de exención o bonificación de la tasa.
Podrá imprimirse el justificante de presentación al concurso-oposición desde la misma plataforma.
2. Previamente a la cumplimentación de la solicitud, la persona aspirante encontrará un desplegable con las distintas categorías convocadas en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, dentro del apartado de Recursos Humanos. En el desplegable deberá elegir la categoría por el turno libre o, en su caso, la categoría por promoción interna. En este último caso, deberá señalar si pertenece a la modalidad A o a la modalidad B de promoción interna.
Modalidad A de promoción interna: quienes procedan de categorías pertenecientes a los grupos o subgrupos de titulación iguales o inmediatamente inferiores y además de la misma especialización funcional que las plazas a proveer, esto es, sanitaria.
Modalidad B de promoción interna: el resto de aspirantes de promoción interna.
Las personas aspirantes sólo podrán participar a través de uno de los dos sistemas de acceso señalados, turno libre o promoción interna. La persona que no indique o no ostente durante el plazo de presentación de solicitudes los requisitos para participar en el turno de promoción interna, será admitida de oficio en el turno libre siempre que cumpla los requisitos generales exigidos.
3. Tasa de participación.
La tasa de participación es de 15. Sin embargo, con carácter general, el importe de la tasa será minorado en un 10% al utilizarse en este proceso exclusivamente medios telemáticos.
4. Documentación a presentar relativa a reducción o exención de la tasa.
Tras registrar la instancia de participación, en la misma plataforma deberá aportarse de forma telemática los siguientes documentos:
a) Justificante de la causa de reducción o exención de la tasa en el caso de víctima de actos de violencia. Asimismo, en el caso de familia monoparental de categoría general o especial si el certificado ha sido expedido fuera de la Comunidad Valenciana.
b) En el caso de aspirantes nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el castellano, diploma de español como lengua extranjera nivel B2, expedido por el organismo oficial competente.
A través de la mencionada plataforma podrá rellenar la solicitud, pagar las tasas de participación en caso de no estar exento/a y registrar dicha solicitud por vía telemática, así como los justificantes de las posibles causas de exención o bonificación de la tasa.
- Recurso contencioso-administrativo
- Recurso potestativo de reposición