Proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos - Convocatoria 3/21: C1-01 Administrativo de la administración de la Generalitat - GVA.ES
Proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos - Convocatoria 3/21: C1-01 Administrativo de la administración de la Generalitat
Información básica
Descripción de plazas
Plazas correspondientes a la adaptación de las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 mediante Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell
Para la admisión a este proceso selectivo, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea, o de algún estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de las y los españoles y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el cónyuge de los nacionales de algún estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de los trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
3. Estar en posesión del título bachillerato o técnico o técnica de formación profesional
No obstante, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la Disposición Derogatoria Única de la LFPV, en tanto no finalicen los procedimientos selectivos previstos en la misma, se mantiene vigente la Disposición transitoria decimoquinta de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, extendiéndose la excepción prevista en ella a los procedimientos selectivos correspondientes a las ofertas de empleo público de los ejercicios 2017-2021 y los procesos de estabilización de empleo temporal regulados en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
4. Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
5. Habilitación: no haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme, mediante procedimiento disciplinario, de alguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escala objeto de las convocatorias. En el caso de personal laboral, no hallarse inhabilitada o inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público.
No podrá participar en este procedimiento selectivo el personal que ya tenga la condición de funcionario de carrera del mismo cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de la Administración de la Generalitat al que se opta.
Excención / Reducción de tasas:
Bonificacions
a) La presentació de la sol·licitud de participació en el procés selectiu per mitjans telemàtics tindrà una bonificació del 10 % de la quota íntegra, que s'aplicarà de manera automàtica quan es faça el pagament, la presentació i el registre electrònic de la sol·licitud.
b) Les persones que acrediten que formen part d'una família nombrosa de categoria general o d'una família monoparental de categoria general tenen una bonificació del 50 % de la quota íntegra acumulable a la fixada en l'apartat a anterior. A aquest efecte, han d'assenyalar l'apartat "Bonificacions" de la sol·licitud telemàtica i aquesta s'aplicarà automàticament quan s'efectue el pagament, la presentació i el registre electrònic de la sol·licitud.
Exempcions
Estan exemptes del pagament de la taxa:
a) Les persones que acrediten un grau de diversitat funcional igual o superior al 33 %. S'aplicarà automàticament en efectuar el pagament, la presentació i el registre electrònic de la sol·licitud i marcar l'apartat "Exempcions" de la sol·licitud telemàtica.
b) Les persones que acrediten que formen part d'una família nombrosa de categoria especial o d'una família monoparental de categoria especial. S'aplicarà automàticament quan s'efectue el pagament, la presentació, el registre electrònic de la sol·licitud i s'assenyale en l'apartat d'exempcions "Família nombrosa especial" de la sol·licitud telemàtica.
c) Les dones víctimes d'actes de violència sobre la dona, que acrediten aquesta condició mitjançant qualsevol dels mitjans de prova previstos en els articles 9.1 i 9.2 de la Llei 7/2012, de 23 de novembre, de la Generalitat, integral contra la violència sobre la dona en l'àmbit de la Comunitat Valenciana, així com les persones que acrediten trobar-se en situació d'exclusió social mitjançant el corresponent document expedit per l'òrgan competent en matèria de benestar social de l'ajuntament de residència. S'aplicarà automàticament quan s'efectue el pagament, la presentació, el registre electrònic de la sol·licitud i s'assenyale l'apartat "Altres" de la sol·licitud telemàtica.
Etapa actual: Lista definitiva de aprobados. Plazo de presentación de documentos
Concurso
Las personas relacionadas deberán presentar ante la Dirección General de Función Pública, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la documentación que proceda a fin de acreditar...
Tramitación presentación de la documentación.
Documentación a presentar:
- Fotocopia D.N.I
- Copia del título académico exigible.
- Declaración jurada de no haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como funcionario interino, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado para las funciones públicas, por sentencia firme.
- Declaración responsable de que posee las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para las funciones o tareas del puesto de trabajo.
- Acreditación de conocimientos de valenciano.
- Las personas que solicitaran exenciones o bonificaciones del pago de la tasa, documento acreditativo de la exención o bonificación.
- Recurso contencioso-administrativo
- Recurso potestativo de reposición
Listado de etapas
Etapa actual: Lista definitiva de aprobados. Plazo de presentación de documentos
Fecha publicación: 18-10-2024
Plazo cerrado
Lista definitiva de aprobados
Fecha publicación: 01-10-2024
Plazo cerrado
Lista definitiva de aprobados tras ejecución de recurso. Nuevo plazo de recurso
Fecha publicación: 05-09-2024
Plazo cerrado
Lista definitiva de aprobados. Plazo de recurso
Fecha publicación: 11-04-2024
Lista provisional. Plazo de alegaciones
Fecha publicación: 15-02-2024
Plazo cerrado
Lista definitiva admitidos/excluidos. Presentación de méritos
Fecha publicación: 25-09-2023
Plazo cerrado
Nombramiento de la comisión de valoración
Fecha publicación: 31-05-2023
Lista provisional admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones
Fecha publicación: 27-04-2023
Plazo cerrado
Bases y apertura de plazo
Fecha publicación: 15-11-2022
Plazo cerrado