Convocatoria 28/24. Proceso selectivo número 1: cuerpo administrativo, C1-01 - GVA.ES
Convocatoria 28/24. Proceso selectivo número 1: cuerpo administrativo, C1-01
Información básica
Distribución de plazas
- Diversidad funcional 3
- Promoción interna 50
- Enfermedad mental 2
Descripción de plazas
Puestos correspondientes a la oferta de empleo público de 2024
Para la admisión a estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el artículo 62 de la LFPV, los siguientes requisitos:
1. Ser personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat de los cuerpos o escalas a los que se hace referencia en el presente apartado para cada una de las modalidades y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en el cuerpo o escala desde el que se accede, tal y como establece el artículo 135 de la LFPV.
Las modalidades de acceso a la promoción interna tendrán, en cada caso, la siguiente procedencia:
- Promoción interna vertical: prevista para el personal funcionario de carrera que ascienda desde un cuerpo o escala de un Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, a otro superior.
- Promoción interna horizontal: prevista para el personal funcionario de carrera que pertenezca a otro cuerpo o escala del mismo subgrupo de clasificación profesional.
2. Estar en posesión del título bachiller o técnico o técnica formación profesional, o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
3. En su caso, podrán optar a los puestos reservados para personas con diversidad funcional aquellas personas aspirantes que, cumpliendo los requisitos anteriores, acrediten un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 % y que lo formulen expresamente en la solicitud de participación siguiendo las instrucciones establecidas en la base 4.
Asimismo, en su caso, podrán optar a los puestos reservados para personas con enfermedad mental aquellas personas aspirantes que, cumpliendo los requisitos anteriores, acrediten un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 % y cuya valoración derive de una enfermedad mental, y que lo formulen expresamente en la solicitud de participación siguiendo las instrucciones establecidas en la base 4.
Las condiciones para la admisión para las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.
La administración podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes a fin de que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para su participación, así como la veracidad de cualquiera de los documentos que deban aportar en este proceso selectivo.
Si los requisitos no fueran acreditados o los documentos no fueran aportados en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, la persona aspirante podrá quedar excluida del proceso selectivo.
No podrá participar en este procedimiento selectivo el personal que ya tenga la condición de funcionario de carrera del mismo cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de la Administración de la Generalitat a la que se opta.
Excención / Reducción de tasas:
1. Bonificaciones:
a) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios telemáticos, tendrá una bonificación del diez por ciento de la cuota íntegra, que se aplicará de manera automática al realizar el pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud.
b) Las personas que acreditan formar parte de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50% de la cuota íntegra acumulable a la fijada en el apartado a anterior, para el que tendrán que señalar el apartado «Bonificaciones» de la solicitud telemática, y se aplicará de manera automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud.
2. Exenciones. Están exentas del pago de la tasa:
a) Las personas que acreditan un grado de diversidad funcional igual o superior al 33%. será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado de «Exenciones» de la solicitud telemática.
b) Las personas que acreditan formar parte de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado de «Exenciones familia numerosa especial» de la solicitud telemática.
c) Las mujeres víctimas de actas de violencia sobre la mujer que acreditan esta condición mediante cualquier de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana, así como quienes acreditan encontrarse en situación de exclusión social mediante el correspondiente documento expedido por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. será de aplicación automática al realizar pago, la presentación y registro electrónico de la solicitud y señalar el apartado «Otros» de la solicitud telemática.
Etapa actual: Lista de aprobados (fase de oposición). Plazo presentación documentos para valoración de méritos. Plazo de recurso
Oposición
El plazo de presentación de los méritos será de 10 días hábiles del siguiente a la publicación del acuerdo.
El plazo de presentación de los méritos será de 10 días hábiles del siguiente a la publicación del acuerdo.
- Recurso de alzada
Listado de etapas
Etapa actual: Lista de aprobados (fase de oposición). Plazo presentación documentos para valoración de méritos. Plazo de recurso
Fecha publicación: 28-02-2025
Plazo cerrado
Plantilla de respuestas del 1.er ejercicio
Fecha publicación: 27-01-2025
Plazo cerrado
Corrección de errores lista definitiva personas aspirantes admitidas y excluidas
Fecha publicación: 20-01-2025
Distribución de aulas
Fecha publicación: 15-01-2025
Instrucciones realización examen
Fecha publicación: 14-01-2025
Corrección de errores lista definitiva personas aspirantes admitidas y excluidas
Fecha publicación: 07-01-2025
Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas
Fecha publicación: 31-12-2024
Nota informativa
Fecha publicación: 13-12-2024
Modificación composición del tribunal
Fecha publicación: 18-09-2024
Lista provisional de admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones
Fecha publicación: 09-09-2024
Plazo cerrado
Corrección de errores
Fecha publicación: 30-07-2024
Nombramiento del tribunal
Fecha publicación: 23-07-2024
Bases y apertura de plazo
Fecha publicación: 28-06-2024
Plazo cerrado