INSTITUT CARTOGRÀFIC VALENCIÀ ICV - GVA.ES
INSTITUT CARTOGRÀFIC VALENCIÀ ICV
46018
-
València
Dirección electrónica: responde_icv@gva.es
Funciones:
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- 1. Al Institut Cartogràfic Valencià le corresponde, como medio propio instrumental de carácter técnico, el ejercicio de las actividades geomáticas que, precisamente por este carácter instrumental o subordinado a otros bloques de la actividad administrativa, son necesarias para el ejercicio de cualquier competencia propia de la Generalitat.
- 2. Las funciones del Institut Cartogràfic Valencià son:
- a) La redacción del Plan cartográfico.
- b) Elaborar propuestas de normas técnicas que deberán ser seguidas en materia cartográfica por el sector público valenciano para la elaboración de trabajos cartográficos.
- c) Establecer, gestionar, conservar y actualizar la infraestructura de la red geodésica activa de posicionamiento y determinar, de acuerdo con la Ley 7/1986, de 24 de enero, de ordenación de la cartografía, y el Real decreto 1.071/2007, de 27 de julio, por el cual se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España, y distribuir las coordenadas, la precisión y las correcciones diferenciales, de forma que permita la prestación de servicios basados en la localización en su entorno fundamentados en los sistemas globales de posicionamiento por satélite.
- d) Mantener las señales geodésicas y distribuir la información de la red pasiva de vértices geodésicos de cuarto orden, constituida por el conjunto de puntos del territorio de los que se conoce sus coordenadas y su precisión determinados por la Generalitat en el sistema de referencia oficial.
- e) La planificación y la gestión de sistemas de detección de los movimientos sísmicos ocurridos en territorio de la Comunitat Valenciana, así como la investigación en materia de sismicidad y geofísica.
- f) Elaborar, mantener, actualizar, distribuir, explotar y publicar las bases de datos cartográficos y series cartográficas que se deriven, de conformidad con los estándares establecidos. En particular, y en esta materia, es función del Institut Cartogràfic Valencià:
- 1.º Realizar un vuelo fotogramétrico anual que tiene que cubrir la totalidad del territorio de la Comunitat Valenciana, con una resolución que nunca será inferior a 25 centímetros por píxel, y la posterior ortofoto.
- 2.º Procurar la obtención de una cobertura de imagen de satélite anual, como mínimo, de todo el territorio valenciano.
- 3.º Mantener actualizada la cartografía a escala 1:5.000.
- 4.º Elaborar y mantener la cartografía vectorial de todo el territorio de la Comunitat Valenciana a escala 1:25.000, 1:50.000, 1:100.000 e inferiores, sin perjuicio de dispuesto en la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España.
- g) El diseño, desarrollo, mantenimiento, distribución y explotación de productos, programas y aplicaciones informáticas de cualquier campo o materia relacionada con datos georreferenciados, así como el asesoramiento técnico y la prestación de cualquier tipo de servicio informático relacionado. Para el desarrollo de esta función la plantilla del Institut Cartogràfic Valencià contará con especialistas en geomática e informática propios.
- h) Establecer, gestionar, conservar y actualizar la infraestructura de la red sísmica de la Comunitat Valenciana.
- i) Elaborar y mantener el mapa municipal: el Institut Cartogràfic Valencià impulsará los trabajos de mejora geométrica de líneas límite municipales y prestará apoyo técnico al Consejo Técnico de Delimitación Territorial y al órgano de la Generalitat competente en materia de régimen local en los procedimientos de delimitación territorial y de alteración de líneas de término, en el marco establecido por la normativa vigente.
- j) Apoyar permanente a la Comisión cartográfica asesora y de coordinación institucional y a la Comisión científica.
- k) Crear y gestionar el Registro de... (ver Ley 2/2020, de 2 de diciembre)
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Normativa:
Horarios:
Información administrativa general y registro de documentos:
- De lunes a viernes : de 9.00 h a 14.30 h.
En semana de fiestas locales: de 9.00 h a 14.00 h, de lunes a viernes