DIRECCIÓN DE LOS SERVICIOS CONSULTIVOS (ABOGACÍA GENERAL DE LA GENERALITAT) - GVA.ES
DIRECCIÓN DE LOS SERVICIOS CONSULTIVOS (ABOGACÍA GENERAL DE LA GENERALITAT)
DIR3 A10017839
46003
-
València
Depende de:
Departamentos dependientes
Funciones:
- Ejercerá las funciones establecidas en el artículo 5 del Decreto 84/2006, de 16 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General de la Generalitat:
- "1. La Dirección de los Servicios Consultivos es la unidad administrativa a la que corresponde ejercer las funciones de asesoramiento en derecho previstas en la normativa reguladora de la asistencia jurídica a la Generalitat.
- 2. El director de los Servicios Consultivos será designado por el president de la Generalitat, mediante el sistema de libre designación, de entre los abogados de la Generalitat, siguiendo el procedimiento previsto en el Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal Comprendido en el Ámbito de Aplicación de la Ley de la Función Pública Valenciana.".
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- Para el cumplimiento, desarrollo y ejecución de sus funciones, de la Dirección de los Servicios Consultivos depende el Servicio de Gestión y Coordinación de Asuntos Consultivos.
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Normativa:
- DECRETO 151/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Presidencia de la Generalitat. (DOCV núm. 7620 de 22.09.2015).
- DECRETO 84/2006, de 16 de junio, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de la Abogacía General de la Generalitat (DOGV núm. 5283 de 19.06.2006).