SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - GVA.ES
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
46018
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València
Dirección electrónica: secretaria_sama@gva.es
Depende de:
Funciones:
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- 1. La Secretaría Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica ejerce las funciones que se le atribuyen en el artículo 68 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en materia de residuos, cambio climático y particularmente la coordinación de las políticas en este ámbito que puedan recaer en centros directivos a su cargo, espacios naturales y biodiversidad; evaluación ambiental, calidad ambiental; protección de suelos y lucha contra la erosión y prevención de incendios forestales; recursos hídricos y las funciones que correspondan a la Generalitat en materia de aguas; así como la integración de las consideraciones ambientales en las políticas sectoriales en materia de prevención y control integrado de la contaminación.
- 2. En concreto, asume las siguientes funciones ejecutivas: Impulso y coordinación de los programas y la ejecución de los proyectos que desempeñan los centros directivos que están bajo su dependencia, controlando y supervisando el cumplimiento de sus objetivos; resolución de los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los centros directivos que están bajo su dependencia y cuyos actos no agoten la vía administrativa y cualesquiera otras que le atribuya la vigente legislación o se le asignen reglamentariamente.
- 3. De la Secretaría Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica dependen los centros directivos siguientes:
- a) Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental
- b) Dirección General de Calidad y Ambiental
- c) Dirección General del Agua
- d) Dirección General de Prevención de Incendios Forestales
- e) Dirección General del Cambio Climático f) Dirección General de Transición Ecológica
- 4. La Sociedad mercantil Valenciana d'aprofitament energetic de residus, SA (VAERSA) que se regirá por su normativa específica, se adscribe a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a través de la Secretaría Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica.
- 5. La Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana (EPSAR), que se regirá por su normativa específica, se adscribe a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a través de la Secretaría Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica.
- 6. La Fundación Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM), se adscribe a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a través de la Secretaría Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica.
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Normativa:
- DECRETO 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat. (DOGV num. 8590 de 12.07.2019).
- DECRETO 176/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (DOGV num. 8961 de 26.11.2020)
- ORDEN 7/2022, de 15 de junio, de modificación de la Orden 8/2021, de 22 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se desarrolla el Decreto 176/2020, de 30 de octubre, del Consell (DOGV núm. 9364 de 17/06/2022).
- ORDEN 8/2021 de 22 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se desarrolla el Decreto 176/2020 de 30 de octubre del Consell por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (DOGV num. 9071 de 28.04.2021).
Responsable del departamento: FRANCISCO JOSÉ CANDELA PINA