Ayudas para paliar las consecuencias económicas derivadas de la pérdida de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana - GVA.ES
Ayudas para paliar las consecuencias económicas derivadas de la pérdida de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana
Desde 16-01-2025 08:00:00h
Hasta 28-02-2025 23:59:00h
Qué es
Concesión directa de ayudas urgentes a las personas físicas que hayan sufrido la destrucción de determinados vehículos de motor y ciclomotores de su propiedad a consecuencia directa del temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana.
IMPORTANTE
De forma previa a la presentación de la solicitud telemática, debe solicitar cita previa en: https://eturnos.gva.es/eturnos-front/DANA_VEHIC/index.html?idioma=es
La cita previa obtenida, además de indicar el número de cita y el día y la hora de su solicitud, establecerá una franja de días para presentar la solicitud: un día y hora de inicio para la presentación y un día y hora como plazo máximo para hacerlo. La presentación de la solicitud de la ayuda debe realizarse dentro del plazo fijado por la cita previa. Si no se realiza en esa franja, se perderá el turno de cita previa y deberá solicitarse una nueva.
CONTACTO
Por favor, antes de telefonear o escribir, consulte el documento disponible en el apartado Preguntas frecuentes.
Teléfono de contacto: 960 990 390
Horario: 8:30 a 17:30, de lunes a viernes
Correo electrónico de consulta: ajudavehiclesdana@gva.es
Cada persona solicitante de la ayuda solo podrá optar a una ayuda por vehículo siniestrado. En el supuesto de que un vehículo pertenezca a varias personas, la ayuda se solicitará por la persona que figuro como titular principal en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, la cual quedará obligada, bajo su responsabilidad, a entregar al resto de copropietarios la parte proporcional de la ayuda que los corresponda.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en las cuales concurra alguna de las circunstancias indicadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS. Sin embargo, en aplicación del artículo 7 del Decreto Ley 11/2024, de 12 de noviembre, del Consell, por el cual se adoptan medidas administrativas y economicopresupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat a consecuencia de la DANA sufrida por la Comunidad Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024, se los exceptúa del cumplimiento de los requisitos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, establecidos en los artículos 13.2 y 34.5 de la LGS.
- RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 1 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 2 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 3 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 4 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 5 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 6 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- Decreto 5/2025, de 14 de enero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el...
- CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 5/2025,de 14 de enero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de...
A quién va dirigido
Serán beneficiarias de las ayudas las personas físicas, tanto si ejercen actividades económicas como si no, que sean propietarias de un vehículo que se encuentre asegurado, que sea declarado siniestro total en consecuencia directa del temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana, y que se encuentre encuadrado en alguna de las siguientes categorías del anexo II del Reglamento general de vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre:
1) Ciclomotores:
03 Ciclomotor
2) Motocicletas:
04 Motocicleta
05 Motocarro
06 Automóvil de tres ruedas
3) Turismos, furgonetas y vehículos similares
10 Turismo
17 Pick-up
20 Camión MMA < 3.500 kg
24 Furgón/furgoneta MMA < 3.500 kg
30 Derivado de turismo
31 Vehículo mixto adaptable
Que hayan iniciado, antes de la solicitud de la ayuda, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado. Esta circunstancia se acreditará, inicialmente, mediante la consignación en la solicitud de la ayuda del número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora del vehículo.
Que el vehículo haya sido baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños producidos por la DANA. Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente que se justifique la baja temporal del vehículo en la Dirección General de Tráfico y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo cuando sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025. Transcurrido este plazo, sin que se haya obtenido la baja definitiva del vehículo siniestrado, se procederá a exigir el reintegro de la ayuda y a imponer la sanción que, en su caso, pueda corresponder.
Cómo se tramita
A) Presentación telemática
Pasos:
1. Solicitud de cita previa. De forma previa a la presentación de la solicitud telemática, debe solicitar cita previa en: https://eturnos.gva.es/eturnos-front/DANA_VEHIC/index.html?idioma=es
Disponible el 16/01/2025.
2. Presentación de la solicitud. Es necesario obtener la cita previa del paso 1 y presentar la solicitud en el plazo indicado por la cita previa.
B) Virtualmente: a través de la Oficina Virtual de Atención a la Ciudadanía. Enlace:
https://aciara.gva.es/es/oficina-virtual-de-atenció-a-la-ciutadania
C) Presentación presencial
En las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat. Listado de oficinas:
https://aciara.gva.es/es/llistat-oficines-de-coordinacio-de-la-postemergència
46009 - València/Valencia
Solicitud
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del Decreto de la convocatoria en el DOGV hasta el 28 de febrero de 2025. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo serán inadmitidas.
No es necesario aportar ninguna documentación. Únicamente es necesario cumplimentar la solicitud con los datos requeridos:
a) Nombre, apellidos y NIF (DNI/NIE) de la persona solicitante de la ayuda. Este NIF debe coincidir con el NIF de la persona titular principal del vehículo que figure en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
b) Número de matrícula del vehículo siniestrado.
c) Número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora, e identificación de esta.
d) Identificación de la cuenta bancaria titularidad de la persona física beneficiaria de la ayuda en la que se recibirá el pago de la subvención.
e) Declaración responsable de la persona solicitante sobre los siguientes aspectos:
• Que cumple los requisitos exigidos para ser persona beneficiaria de la ayuda.
• Que el vehículo siniestrado ha causado baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños ocasionados por la DANA. En caso de que la baja sea temporal, que se compromete a tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025.
• Que cumple los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, a excepción de los epígrafes e) y g).
• Que la titularidad de la cuenta bancaria corresponde a la persona solicitante de la ayuda.
• En caso de cotitularidad del vehículo siniestrado, en la declaración se reconocerá la obligación de entregar al resto de personas cotitulares la parte proporcional de la ayuda que les corresponda.
• En el caso de vehículo afectado a la actividad de un empresario o profesional autónomo, que no ha recibido ayudas de minimis que, sumadas a la regulada en este decreto, excedan los límites establecidos en el reglamento de minimis que resulte de aplicación, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 7.4 del Reglamento (UE) 2023/2831 y 7.5 del Reglamento (UE) núm. 1408/2013.
Tan solo en el supuesto de acudir a alguna de las oficinas postemergencia de la Generalitat para la presentación presencial de la solicitud en representación de otra persona será necesario presentar el modelo de representación adjunto en el Anexo 1 del Decreto 5/2025, de 14 de enero: https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2025/514
Consulte la guía de tramitación electrónica de estas ayudas en Solicitud / Enlaces
En las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat. Listado de oficinas:
https://aciara.gva.es/es/llistat-oficines-de-coordinacio-de-la-postemergència
Resolución
46009 - València/Valencia
- RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 1 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 2 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 3 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 4 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 5 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
- RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2025, por la que se aprueba la concesión parcial número 6 de las ayudas, por concesión directa, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Ayudas, becas y subvenciones
PERFILES
- Ciudadanía
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones