Presentación solicitud familias ayudas económicas para subvencionar los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad privada concertados y de titularidad de corporaciones locales conveniados

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Código SIA: 3220179
|
Código GVA: 104685
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 21-10-2025

Hasta 03-11-2025

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Convocar, para el ejercicio 2025, las ayudas económicas para subvencionar los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad privada concertados y de titularidad de corporaciones locales conveniados, reguladas por la Resolución de 25 de septiembre de 2025.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 21-10-2025 hasta 03-11-2025
SubsanaciónPlazo abierto
Desde 21-10-2025 00:00:00h
Observaciones

Las solicitudes se cumplimentarán por los padres, madres, tutores o representantes legales del alumnado y con el fin de agilizar la tramitación de las mismas, utilizando los medios electrónicos facilitados por los servidores de información de la Generalitat, de conformidad con lo que prevé el Decreto 54/2025, de 15 de abril. 

Una copia de la solicitud se llevará al centro.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

BENEFICIARIOS (Base segunda de la Resolución de Bases) 

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, para el ejercicio 2025, siempre que cumplan con lo establecido en la resolución de bases y en la presente convocatoria, el alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial concertados y de titularidad de corporaciones locales conveniados de la Comunitat Valenciana que utilice los servicios complementarios de transporte y comedor prestados por el centro.

Estas ayudas se concederán en su centro de manera complementaria a las ayudas que con esta misma finalidad hayan percibido como beca, subsidio o subvención del ministerio competente en materia de educación o de cualquier otra entidad pública o privada durante el curso 2024/2025 para atender a los gastos relacionados con los servicios de transporte y comedor.

Requisitos

El alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial concertados y de titularidad de corporaciones locales conveniados de la Comunitat Valenciana que utilice los servicios complementarios de transporte y comedor prestados por el centro.

El alumnado beneficiario de estas ayudas deberá cumplir las obligaciones establecidas en la base segunda de la resolución de bases.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La solicitud se realizará EXCLUSIVAMENTE POR MEDIOS TELEMÁTICOS y se entregará una copia al centro.

Criterios de valoración

Los establecidos en el punto octavo de la resolución de convocatoria, de acuerdo con los que establece la Resolución de Bases en su base décima.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 21-10-2025 hasta 03-11-2025

La presentación y la firma de la solicitud implicará la aceptación de las bases de esta convocatoria.

Los representantes legales del alumnado entregarán en el centro donde el alumno se encuentre escolarizado una copia de la solicitud.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

Documentación

Se accederá al apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat accesible a través del trámite de la Guía PROP denominado “Ayudas económicas
para subvencionar los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad privada concertados y de titularidad de corporaciones locales convenidos para el ejercicio 2025”, seleccionando la opción: Solicitud, que se puede tramitar telemáticamente con certificado digital y al que se puede acceder en la dirección siguiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=104685

Forma de presentación
Telemática

La presentación telemática requerirá que la persona solicitante disponga de los sistemas de identificación y firma electrónica aceptados en la sede electrónica de la Generalitat. En caso de no disponer de medios o conocimientos suficientes para relacionarse a través de medios electrónicos con la...

Más

Subsanación

Plazo
Desde 21-10-2025 00:00:00h
Descripción

En el supuesto de que las solicitudes presentadas no cumplan los requisitos exigidos, se requerirá a los centros correspondientes para que, en el plazo de diez días, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se le tendrá por desistidos en la tramitación de la solicitud, lo que se declarará en la resolución de la convocatoria correspondiente.

Forma de presentación
Telemática

La presentación telemática requerirá que la persona solicitante disponga de los sistemas de identificación y firma electrónica aceptados en la sede electrónica de la Generalitat. En caso de no disponer de medios o conocimientos suficientes para relacionarse a través de medios electrónicos con la...

Más

Resolución

Plazo máximo

Esta resolución se dictará y publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el tablón de anuncios de cada centro en el plazo máximo de tres meses desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición
Obligaciones

Ver Base segunda de la Resolución de 25 de septiembre de 2025, de bases

Observaciones

De conformidad con lo que se establece en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán recurrir potestativamente en reposición o plantear directamente recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:


a) Los recursos de reposición deberán interponerse ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación.


b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la publicación o a partir desde del día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o en el que este deba entenderse desestimado.

Órganos resolución
El director general de Centros Docentes por delegación del conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Ayudas, becas y subvenciones
      • Colectivos y Servicios Sociales
      • Educación y formación

TEMA

  • Educación y formación
    • Educación especial

PERFILES

  • Ciudadanía
    • Personas con discapacidad
    • Niños y familias

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones