Concesión de tratamientos y honores de los municipios y provincias valencianos. - GVA.ES
Concesión de tratamientos y honores de los municipios y provincias valencianos.
Qué es
Los municipios y provincias de la Comunitat Valenciana podrán hacer uso oficial de los tratamientos y honores expresamente otorgados o reconocidos conforme a derecho.
* TRATAMIENTO
Dictado honorífico que antecede el nombre de una entidad local por concesión del estado o la Generalitat (Honorable, Excelentísimo, Magnífico, Ilustre, Ilustrísimo...)
* HONOR:
Título reconocido a un municipio en atención a méritos relevantes (Muy Leal, Muy Noble, Fidelísima...)
A quién va dirigido
Los municipios y provincias de la Comunitat Valenciana
Cómo se tramita
- Remisión del expediente completo tramitado por la entidad local, a la direccción general competente en materia de administración local.
- Solicitud de informe preceptivo al Consel, tècnic d'Heràldica i Vexil·lologia.
- Resolución por el Consell mediante decreto.
- El plazo máximo de resolución y notificación son seis meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá efectos positivos o estimatorios.
- Notificación a la entidad local y publicación en el "Diari Oficial de la Comunitat Valenciana".
46003 - València/Valencia
Solicitud
Durante todo el año.
Resolución
Contra el decreto del Consell que pone fin i a la via administrativa se podrá interponer: - Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de su notificcaión o publicación, en su caso, en el "Diari Oficial de la...
46001 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
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MATERIAS
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