Concesión de tratamientos y honores de los municipios y provincias valencianos.

Presidencia de la Generalitat

Código SIA: 210830
|
Código GVA: 1050
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Plazo abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Los municipios y provincias de la Comunitat Valenciana podrán hacer uso oficial de los tratamientos y honores expresamente otorgados o reconocidos conforme a derecho.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

* TRATAMIENTO

Dictado honorífico que antecede el nombre de una entidad local por concesión del estado o la Generalitat (Honorable, Excelentísimo, Magnífico, Ilustre, Ilustrísimo...)

 

* HONOR:

Título reconocido a un municipio en atención a méritos relevantes (Muy Leal, Muy Noble, Fidelísima...)

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Los municipios y provincias de la Comunitat Valenciana

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Remisión del expediente completo tramitado por la entidad local, a la direccción general competente en materia de administración local.

- Solicitud de informe preceptivo al Consel, tècnic d'Heràldica i Vexil·lologia.

- Resolución por el Consell mediante decreto.

- El plazo máximo de resolución y notificación son seis meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá efectos positivos o estimatorios.

- Notificación a la entidad local y publicación en el "Diari Oficial de la Comunitat Valenciana".

Órganos de tramitación
Dirección General de Administración Local

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación
- Certificación del acuerdo de pleno de la corporación local adoptado por mayoría absoluta del número legal de miembros, de solicitud de concesión del tratamiento y/o honor a la entidad local. - Documentación justificativa en la historia, en acontecimientos extraordinarios, comportamientos...
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Forma de presentación
Telemática
1. Antes de iniciar la tramitación electrónica se recomienda consultar el apartado de "documentación a presentar". 2. A continuación inicie el trámite telemático pinchando en el icono superior " Tramitar con certificado" de esta misma página, que le llevará al trámite telemático general de...
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Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo de resolución y notificación son seis meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá efectos positivos.
Observaciones

Contra el decreto del Consell que pone fin i a la via administrativa se podrá interponer: - Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de su notificcaión o publicación, en su caso, en el "Diari Oficial de la...

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Órganos resolución
El Consell.