Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Expedición de los títulos académicos y profesionales cuya gestión corresponde a la Generalitat Valenciana: Educación Secundaria, Formación Profesional Básica, Bachiller, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, Artísticas, Deportivas y Enseñanzas Artísticas Superiores. Y Certificado de Superación de las Enseñanzas de Idiomas.
Objeto del trámite
Regular el procedimiento de solicitud, registro y expedición de títulos académicos y profesionales.
Inicio - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Alumnado que haya finalizado los estudios correspondientes a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y las enseñanzas deportivas reguladas por el Real Decreto 1.913/1997, de 19 de diciembre, en un centro docente del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Inicio - ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Tasas 2022
Provisionalmente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y
precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación. [
1- Título de bachillerato 40,81 euros
2- Título técnico 18,89 euros
3- Título de técnico superior 46,50 euros
4- Título superior de arte dramático (LOGSE) 115,74 euros
5- Título de diseño (LOGSE) 56,40 euros
6- Título profesional de música (LOE), título técnico en enseñanzas profesionales de música en la especialidad de... (LOMCE) 19,63 euros
7- Título profesional de danza, título técnico en enseñanzas profesionales de danza en la especialidad de... (LOMCE)
19,63 euros
8- Título superior de danza (LOGSE) 115,92 euros
9- Título superior de música (LOGSE) 115,92 euros
10- Título de conservación y restauración de bienes culturales 56,40 euros
11- Título superior de cerámica (LOGSE) 56,40 euros
12- Título de técnico deportivo 18,97 euros
13- Título de técnico deportivo superior 46,50 euros
14. Título de grado en enseñanzas artísticas superiores (LOMLOE) 159,07Enlace relacionado con el pago de las tasas
https://ceice.gva.es/doc046/gen/es/tasas.asp?idf=TITULOS
Inicio - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
El alumno solicitará la expedición de su título en cualquier momento a lo largo del año
Inicio - ¿Dónde dirigirse?
Presencial
Las solicitudes de expedición de títulos correspondientes a enseñanzas obligatorias y no obligatorias se presentarán en el centro docente de la Comunitat Valenciana en el que haya realizado los estudios.
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
- Impreso de solicitud de expedición del título.
- Pago de tasas, en su caso.
* NOTA:
La expedición del título original de graduado en Educación Secundaria Obligatoria no está sujeta al pago de tasas.Impresos asociados
SOLICITUD DE TÍTULO A EXPEDIR POR LA GENERALITAT
Inicio - ¿Cómo se tramita?
Pasos
- Pago de tasas y presentación de solicitud en el centro correspondiente.
- El centro será el responsable de trasladar toda la documentación a la dirección territoral competente en materia de educación.Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Inicio - Información complementaria
* ENTREGA DE LOS TÍTULOS
Inicio
El centro deberá enviar una comunicación a la persona interesada indicando que puede retirar su título, bien personalmente o a través de otra persona debidamente acreditada y autorizada a tal fin. La persona que retire el título firmará en el libro de registro de entrada de Títulos del Centro.
En el supuesto de que resida en una localidad distinta a la del centro, la persona interesada podrá solicitar, por escrito, la remisión del título a la dirección territorial competente en materia de educación, dependencia de la administración educativa del Estado o de otras comunidades autónomas u oficina consular más próxima a su lugar de residencia. El título se enviará junto con un recibo de su recepción que, una vez firmado por la persona interesada, deberá devolverse al centro que lo remitió. - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio, de la Presidencia del Gobierno, sobre traspaso de funciones y servicios de la administracion del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de educación (BOE nº 212, de 6/8/83).
- Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, del Ministerio de Educación y Ciencia, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE nº 131, de 2/6/95).
- Orden de 30 de abril de 1996, del Ministerio de Educación y Ciencia, por la que se desarrollan los artículos 4.3 y 5 del Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE nº 112, de 8/5/96).
- Real Decreto 1953/1996, de 23 de agosto, del Ministerio de Administraciones Públicas, sobre ampliación de los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Valenciana (BOE nº 231, de 24/9/96).
- Decreto 182/1997, de 3 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3019, de 23/6/97).
- Decreto 152/1999, de 17 de septiembre, del Gobierno Valenciano, de modificación del Decreto 182/1997, de 3 de junio, por el que crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3591, de 27/09/99).
- Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 22 de diciembre).
- Corrección de errores del Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 23 de diciembre).
- Orden 85/2010, de 15 de noviembre, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para la expedición de los títulos académicos y profesionales cuya gestión corresponde a la Generalitat (DOCV nº 6405, de 25/11/10).
- DECRETO 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOGV num 8672 de 7/11).Lista de normativa
Ver la Orden 85/2010, de 15 de noviembre
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.