Subvenciones del programa Santiago Grisolía. GRISOLÍA

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 211300
|
Código GVA: 13700
Descargar información
Plazo cerrado

Desde 02-11-2023

Hasta 20-11-2023

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Subsanación
  • Alegación / Aportación
  • Resolución
  • Justificación
  • Otros trámites
  • Desistimiento
  • Renuncia
  • Recurso de reposición
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés
  • Compartir en redes sociales

Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de la presente convocatoria es la contratación por los centros de investigación de personal investigador predoctoral que haya obtenido una titulación universitaria de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica o diplomatura, o la equivalente en su país, expedida por una Universidad o institución no perteneciente a la Unión Europea, y su regulación específica está contenida en los artículos 40 al 47 de la Orden de Bases.

A su vez, las subvenciones tienen por objeto financiar un período de orientación postdoctoral de un año de duración, de aquellos contratados predoctorales que obtengan el título de doctor, con antelación al inicio de la última anualidad.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 02-11-2023 hasta 20-11-2023
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto
JustificaciónPlazo abierto
Recurso de reposiciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

1. Las entidades beneficiarias de estas subvenciones serán los centros de investigación de la Comunitat Valenciana.

2. Podrá solicitar la subvención, la persona investigadora que va a dirigir la tesis doctoral.

Requisitos

Podrá solicitar la subvención, la persona investigadora que va a dirigir la tesis doctoral siempre que reúna los siguientes requisitos:

a) Formar parte de un grupo de investigación que cuente con un proyecto de investigación vigente, financiado por Programas Estatales de I+D, por programas marco de la Unión Europea o por la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y sociedad Digital de la Generalitat para grupos de investigación Consolidables o Consolidados (AICO).

b) Tener vinculación funcionarial, estatutaria o laboral con la entidad donde se desarrollará el proyecto al que se va a vincular la contratación del personal objeto de esta subvención, en el momento de la solicitud y que comprenda al menos el período de ejecución de la subvención.

Estos extremos deberán acreditarse por la unidad responsable en materia de investigación de la entidad.

 

No podrá proponer proyectos a los que vincular la contratación del personal objeto de estas subvenciones, el personal investigador doctor que haya tenido personal contratado del programa Santiago Grisolía en alguna de las dos convocatorias precedentes a esta.

 

Los centros de investigación cuyos proyectos hayan sido aprobados, seleccionarán a las personas para su contratación como personal investigador de carácter predoctoral y, en su caso, reservas, los cuales deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de su selección:

a) Poseer una titulación universitaria de grado, licenciado, arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico o diplomado, o la equivalente en su país, expedida por una Universidad o institución no perteneciente a la Unión Europea, en el ámbito científico que corresponda al proyecto de investigación al que se vinculará su contrato, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 1 de enero de 2019.

b) Estar admitido en un programa de doctorado de una universidad de la Comunitat Valenciana en el momento de su contratación.

c) Poseer un conocimiento de español, valenciano o inglés, a nivel de conversación, adecuado para el desarrollo del trabajo de investigación.

d) No estar en posesión del título de doctor.

e) No haber disfrutado de una beca o ayuda del Programa Santiago Grisolía.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma.

2. Si la solicitud, con el contenido al que se refiere el artículo 14.2 no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá mediante publicación en la página web de la Consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación, a las entidades o personas solicitantes para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC) y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.

3. Durante el período de subsanación no se podrá modificar el objeto y condición de la solicitud presentada.

4. Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la página web de la consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada.

Criterios de valoración

1. Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios y baremo:

a) Méritos del grupo al que se vinculará la contratación del personal objeto de esta subvención, obtenidos en los últimos cinco años (70%).

1. Hasta 35 puntos: publicaciones del grupo, proyección internacional, contratos de investigación de especial relevancia, patentes y otros méritos de la actividad investigadora del grupo.

2. Hasta 35 puntos: tesis doctorales dirigidas por los miembros del grupo y proyección de los doctores formados en el grupo (puesto de trabajo actual y publicaciones derivadas de sus tesis).

b) Calidad del proyecto (30%).

1. Hasta 20 puntos: calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad del proyecto.

2. Hasta 10 puntos: metodología, diseño de la investigación y plan de trabajo de la investigación a realizar por la persona a contratar.

2. Se concederá una puntuación adicional del 10% de la puntuación total obtenida cuando el solicitante forme parte de un grupo de investigación Consolidable o Consolidado (AICO) con financiación vigente a cargo de las convocatorias de las subvenciones a estos grupos de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad digital.

Órganos de tramitación
El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento, será la unidad administrativa superior dependiente de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, así como el servicio dependiente de aquella que desempeñe las funciones al efecto.

Solicitud

Plazo
Desde 02-11-2023 hasta 20-11-2023

El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 20 de noviembre de 2023 (DOGV núm. 9710, de 24/10/2023).

Documentación
La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos: a) Un resumen del proyecto, indicando las actividades que realizará la persona contratada. b) Historial científico del grupo al que se vinculará la contratación del personal objeto de esta subvención, obtenidos en los últimos cinco años....
Saber más
Forma de presentación
Telemática
Ver Enlace "Guía para cumplimentar los formularios telemáticos" en el siguiente apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA". Este trámite requiere autentificación por medio de certificado digital. Paso 1: Descargar las plantillas de los documentos a anexar requeridos por la solicitud para...
Saber más

    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto
    Forma de presentación

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Plazo abierto
    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo
    La resolución de las ayudas convocadas y su notificación se realizará conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Orden de bases reguladoras 19/2020 de 1 de octubre. El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y para la concesión de las subvenciones será de seis meses a...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    La subvención anual para cada uno de los contratos predoctorales será de 22.192,80 euros para los tres primeros años y de 27.300 euros para el cuarto año y se destinará obligatoriamente a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante...
    Saber más
    Obligaciones
    1. Son obligaciones del centro de investigación: a) Formalizar un contrato predoctoral de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y remitir una copia del mismo al órgano instructor. En dicho contrato deberá constar expresamente su...
    Saber más
    Observaciones

    Las resoluciones de los procedimientos de concesión de las subvenciones ponen fin a la vía administrativa. Contra las mismas el interesado podrá optar entre interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, conforme los artículos 112, 123 y 124 de la...

    Saber más
    Órganos resolución
    Elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, dictará la resolución definitiva del procedimiento, acto que pondrá fín a la vía administrativa y que será notificada a los interesados.

    Justificación

    Plazo
    Plazo abierto
    Forma de presentación

    Desistimiento

    Forma de presentación

    Recurso de reposición

    Plazo
    Plazo abierto

    Forma de presentación

    Renuncia

    Forma de presentación