Instalaciones de almacenamiento y suministro al por menor de carburantes , incluidos en la MI IP02 que NO REQUIERAN AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA: Alta, modificación (incluidas las altas , anulaciones y sustituciones de tanques), cambio de titularidad y baja de la instalación. Industria - GVA.ES
Instalaciones de almacenamiento y suministro al por menor de carburantes , incluidos en la MI IP02 que NO REQUIERAN AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA: Alta, modificación (incluidas las altas , anulaciones y sustituciones de tanques), cambio de titularidad y baja de la instalación. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Registrar las instalaciones de almacenamiento de líquidos petrolíferos, contempladas en la Instrucción Técnica Complementaria IP02, desde las que se distribuye al por menor carburantes de aviación, para embarcaciones y unidades autónomas provisionales, primera instalación y los parques de...
REGISTROS:
Las instalaciones relativas a IP02 se inscribirán en el Registro de instalaciones de distribución al por menor exigido por el artículo 44 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
"Las instalaciones de distribución al por menor comunicadas al órgano competente de la Comunidad Autónoma serán inscritas por éste de oficio, en el registro previsto en el artículo 44 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos"
- Orden ITC 155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida (BOE nº 47, de 24/02/2020)
- Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (BOE nº 23, de 27/01/1995).
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE nº 241, de 08/10/1998).
- Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 06 (BOE nº 307, de 25/12/2006).
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE nº 176, de 23/07/1992)
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 6873, de 01/10/2012)
- Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología (BOE nº 309, de 23/12/2014)
- Decreto 199/2016, de 30 de diciembre, del Consell, por el que se establece el régimen de los organismos autorizados de verificación metrológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV nº 7950, de 03/01/17).
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección personal (BOE nº 140, de 12/06/1997)
- Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección personal (BOE nº 140, de 12/06/97)
- Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo (BOE nº 145, de 18/06/03).
- Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial (BOE nº 172, de 20/06/2020)
- Real Decreto 1562/1998, de 17 de julio, por el que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MI IP02 "Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos" (BOE nº 189, de 08/08/1998)
A quién va dirigido
La persona titular de la instalación o su representante legal.
Cómo se tramita
A. NUEVAS INSTALACIONES/MODIFICACIÓN:
- Presentación de la solicitud, y resto de documentación , de manera telemàtica.
- Se asigna número de registro a la instalación, notificándose a la persona titular, de manera telemática .
- Inscripción de la instalación en el registro de distribuidores al por menor
- Visita de inspección, en su caso
- Subsanación de documentación, en su caso
- Inicio de expediente sancionador, en su caso.
B.Pasos para el CAMBIO DE TITULARIDAD/ BAJA de instalaciones :
- Presentación de la solicitud y documentación correspondiente, de forma o telemática.
- Realización de las comprobaciones que en cada caso proceda.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Instalaciones petrolíferas TEMPORALES (IP02, IP03, IP04): Comunicación: Alta . Baja en el supuesto de Instalaciones Autónomas Provisionales de IP04. Industria
- Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos (IP02) de operadores al por mayor o que presten servicio a estos: alta, modificación, cambio de titularidad y baja de la instalación (REQUIEREN AUTORIZACIÓN). Energía
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
- SOLINP02. SOLICITUD: INSCRIPCIÓN DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN AL POR MENOR DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- DECRESTE. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
- CERFIN02. CERTIFICADO DE FINAL DE OBRA DE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- CEROCA02. CERTIFICADO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE LAS PRUEBAS EN EL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- DECANTIT. DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA COMUNICACIÓN DE CAMBIO DE TITULAR DE LA INSTALACIÓN
- CERANTAN. CERTIFICADO DE FUERA DE SERVICIO DE TANQUE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS
- DECLANUT. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Solicitud
Durante todo el año.
A. NUEVA INSTALACIÓN:
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria sólo si el proyecto de la instalación no tiene visado.
- Proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente.
- Certificado final de obra firmado por un técnico titulado competente (CERFIN02).
- Certificado de inspección inicial emitido por un organismo de control en el que se indique la realización de las pruebas realizadas en el lugar de emplazamiento con resultado satisfactorio (CEROCA02).
B. MODIFICACIÓN*:
*NOTAS:
- Para tramitar las altas de nuevos tanques, la sustitución y las anulaciones de tanques, en instalaciones existentes se utilizará necesariamente el trámite de modificación, aportando la siguiente documentación.
- Se deberá realizar un trámite telemático por cada una de las modificaciones de tanques a realizar (alta, anulación y sustitución).
1. ALTA DE TANQUE Y OTRAS MODIFICACIONES:
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria sólo si el proyecto de la instalación no tiene visado.
- Proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente
2. ANULACIÓN DE TANQUE, que no suponga baja de la instalación :
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Certificado de fuera de servicio de tanque de productos petrolíferos (CERANTAN)
- Declaración responsable del titular (DECLANUT)
- Documento de control y seguimiento de residuos peligrosos.
3. SUSTITUCIÓN DE TANQUE:
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria sólo si el proyecto de la instalación no tiene visado.
- Proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente
- Certificado de fuera de servicio de tanque de productos petrolíferos (CERANTAN)
- Declaración responsable del titular (DECLANUT)
- Documento de control y seguimiento de residuos peligrosos.
C. CAMBIO DE TITULARIDAD
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Declaración responsable para el cambio de titularidad (DECANTIT)
D. BAJA DE LA INSTALACIÓN:
Se marcará y se aportará la documentación de la ANULACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS TANQUES DISPONIBLES en la instalación:
- Impreso de solicitud de inscripción de instalaciones de distribución al por menor de líquidos petrolíferos (SOLINP02)
- Certificado de fuera de servicio de tanque de productos petrolíferos (CERANTAN)
- Declaración responsable del titular (DECLANUT)
- Documento de control y seguimiento de residuos peligrosos.
Formularios
- SOLINP02. SOLICITUD: INSCRIPCIÓN DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN AL POR MENOR DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- DECRESTE. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
- CERFIN02. CERTIFICADO DE FINAL DE OBRA DE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- CEROCA02. CERTIFICADO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE LAS PRUEBAS EN EL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS (IP-02)
- DECANTIT. DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA COMUNICACIÓN DE CAMBIO DE TITULAR DE LA INSTALACIÓN
- CERANTAN. CERTIFICADO DE FUERA DE SERVICIO DE TANQUE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS
- DECLANUT. DECLARACIÓN RESPONSABLE
1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos...
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