Solicitud de campamentos y refugios para grupos y organizaciones sin ánimo de lucro de carácter educativo o social en zonas gestionadas por la Conselleria competente en materia de medio ambiente. - GVA.ES
Solicitud de campamentos y refugios para grupos y organizaciones sin ánimo de lucro de carácter educativo o social en zonas gestionadas por la Conselleria competente en materia de medio ambiente.
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
Qué es
Obtener la autorización administrativa para poder utilizar las instalaciones destinadas a campamentos y refugios gestionados por la Conselleria competente en medio ambiente.
* LISTADO DE CAMPAMENTOS
Se puede consultar el listado de campamentos en el enlace "Ver listado de campamentos".
* REQUISITOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO:
El horario de entrega y de devolución de llaves de estas instalaciones recreativas es desde las 9.00 hasta las 18.00 h. Es imprescindible para el correcto funcionamiento cumplir con los horarios establecidos para la entrega y la devolución de llaves.
- Como medida preventiva general, en los campamentos, queda prohibido encender fuego con cualquier tipo de combustible, excepto en las instalaciones debidamente diseñadas al efecto.
- Queda prohibido el uso de elementos o actividades productores de ruido, cuando puedan alterar los hábitos de la fauna silvestre o perjudiquen la normal convivencia de los usuarios.
- Se respetará la flora y la fauna de la zona, de conformidad con la Ley 42/207, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- La utilización de vehículos a motor se realizará de acuerdo con el Decreto 91/2023, de 22 de junio, del Consell, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana.
A quién va dirigido
Grupos organizados y organizaciones sin ánimo de lucro de carácter educativo o social para el uso de campamentos y refugios gestionadas por la Conselleria competente en materia de medio ambiente.
Cómo se tramita
- Presentación del formulario de solicitud y de la documentación necesaria.
- Baremación de las solicitudes para la posterior adjudicación de las instalaciones.
- Comunicación de las adjudicaciones a los interesados, y formalización de los permisos.
- Recogida y entrega de las llaves del campamento a pie de instalación, por los agentes medioambientales .
- En la entrega de llaves se firmará un acta de inicio en la que se especificará el estado de la instalación, y en la devolución de las llaves se firmará un acta de finalización tras realizar una inspección para comprobar de nuevo el estado de esta. Además, se pasará una encuesta de satisfacción y de sugerencias a los usuarios.
- La autorización corresponde a los directores territoriales de la conselleria competente en materia de medio ambiente.
En caso de silencio administrativo la solicitud se entenderá desestimada.
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Solicitud
Como mínimo, QUINCE días antes del comienzo de la actividad, excepto para las fechas de Semana Santa, semana posterior a la Semana Santa, julio y agosto, que se presentarán durante el mes de enero del mismo año en el que se desarrolle la actividad. Anualmente se publicará en la web de la Conselleria los criterios que se aplicarán para el baremo de las solicitudes.
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
03007 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Resolución
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
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