Solicitud de inscripción a la prueba evaluadora para la obtención del certificado individual de acreditación para el ejercicio de las funciones propias del Servicio Específico de Admisión.

Conselleria de Justicia e Interior

Código SIA: 211387
|
Código GVA: 14500
Descargar información
Plazo cerrado

Desde 13-09-2023

Hasta 13-10-2023

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Subsanación
  • Resolución
  • Otros trámites
  • Recurso de alzada
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés
  • Compartir en redes sociales

Qué es

Qué es y para qué sirve

Este procedimiento regula la convocatoria y la presentación de la solicitud para participar en la prueba evaluadora de obtención del certificado individual de acreditación del Servicio específico de admisión.

Las personas que superen la prueba obtendrán la certificación acreditativa de personal de servicio específico de admisión (SEA).

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
13-09-2023 al 13-10-2023
SubsanaciónPlazo abierto
Recurso de alzadaPlazo abierto
20-01-2024 al 19-02-2024
Observaciones

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la sede del órgano competente de las tres provincias, la resolución que apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos. Respecto a estos últimos se indicará la causa o...

Saber más

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Para la realización de las pruebas del personal del Servicio Específico de Admisión, las personas aspirantes deberán reunir para la presente convocatoria los requisitos indicados en el punto anterior.

 

Requisitos

1. Los requisitos son:

- Ser mayor de edad y no hallarse en situación de incapacidad.

- Ser español o española o disponer de la ciudadanía de alguno de los países de la Unión Europea o estar en posesión de permiso de residencia y trabajo.

- Carecer de antecedentes penales.

- Estar en posesión, como mínimo, del título de graduado en educación secundaria obligatoria o formación profesional de grado medio, o equivalentes a efectos académicos o laborales.

- Abonar tasa de 13,89 euros en la cuenta de la Generalitat en la tramitación electrónica del procedimiento o en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat de Tasas de la Generalitat (DOGV 30.12.2017).

 

2. En caso de que el interesado requiera una adaptación de tiempos o medios para efectuar la prueba evaluadora con normalidad, deberá indicarlo expresamente al presentar la instancia de solicitud adjuntando un certificado médico justificativo de esta circunstancia.

 

3. Estos requisitos deberán de ser acreditados en el momento de la presentación de la instancia de solicitud para participar en la prueba evaluadora mediante presentación de la documentación original, copia auténtica o fotocopia compulsada

Cómo se tramita

Calendario y realización de pruebas de aptitud
FECHA Y LUGAR DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS La realización de la prueba evaluadora será a las 09.30 horas del día 20 de diciembre de 2023. Los lugares de realización de las pruebas evaluadoras del personal del Servicio Específico de Admisión serán: Provincia de Alicante: IES Francisco...
Saber más
Proceso de tramitación

CONTENIDO DE LAS PRUEBAS

 

1. Los aspirantes a prestar el Servicio específico de admisión deberán superar las pruebas de contenido teórico a los que se refiere la normativa de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos. Las materias objeto de examen serán las previstas en el anexo III del reglamento aprobado por Decreto 143/2015.

 

2. El examen consistirá en una prueba teórico tipo test y en una prueba psicotécnica. El test tendrá tres respuestas posibles de la que solo una será la correcta. Las contestaciones en blanco no se computarán.

Las respuestas erróneas no supondrán penalización.

 

3. El tiempo para las dos pruebas del examen será como mínimo de dos horas y como máximo de tres horas. Las dos pruebas se realizarán en la misma sesión.

 

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS

 

1. Una vez determinada la lista definitiva de admitidos y, convocados los mismos el día y hora señalados en la resolución en que aquella se anuncie, se indicará la asignación de las aulas que se realizará por orden alfabético según la organización prevista.

 

2. Los aspirantes que no comparezcan el día y hora del examen serán excluidos. Asimismo, no se admitirá a ningún aspirante cuando comparezca en el lugar donde se celebre la prueba evaluadora una vez haya dado comienzo.

 

3. Los aspirantes deberán acudir a la realización de las pruebas provistos del DNI original o pasaporte. Durante las pruebas, los miembros de la comisión evaluadora podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad en cualquier momento.

 

4. Los aspirantes deberán llevar bolígrafo.

Criterios de valoración

CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS

 

Cada una de las dos pruebas del ejercicio se calificará por separado con la calificación de apto o no apto. Para conseguir el certificado deberá obtenerse la calificación de «apto» en las dos pruebas.

 

ACREDITACIÓN DE ASPIRANTES QUE SUPERAN LA PRUEBA EVALUADORA

 

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la sede del órgano competente de las tres provincias, la resolución que apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos. Respecto a estos últimos se indicará la causa o motivo de su exclusión a los efectos pertinentes

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de un mes a computar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El plazo concluye el 13 de octubre de 2023.

Documentación
a) Solicitud del interesado de acuerdo con el modelo de formulario. En él se deberá indicar expresamente la provincia donde el aspirante desee efectuar la prueba evaluadora. b) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite...
Saber más
Tasa o pago

TASA PARA LA INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA EVALUADORA (13,89 euros)

 

Para participar en la prueba evaluadora deberá abonar una tasa de 13,89 euros en la cuenta de la Generalitat en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat de Tasas de la Generalitat (DOGV 30.12.2017).

 

En la presentación telemática el pago se realiza en la propia tramitación. Si no se presenta telemáticamente, el modelo de la tasa 046 podrá obtenerse en la página web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV ) 9814 - TASA POR PRESENTACIÓN PRUEBA EVALUADORA SERVICIO ADMISIÓN, en las direcciones territoriales competentes en materia de Espectáculos o en las oficinas PROP de la Generalitat.

 

Están exentos del pago de la tasa quienes:

a) Sean miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial.

b) Sean víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

c) Estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.

 

Estas situaciones se deberán acreditar mediante copia compulsada del título de familia numerosa, copia auténtica o certificado correspondiente.

 

El enlace para la obtención de la tasa es:

Forma de presentación
Telemática
Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante o bien con el certificado reconocido para ciudadanos, ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación...
Saber más
    Presencial

    Las solicitudes y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente en los registros administrativos siguientes:

     

    a) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Churruca número 29, CP 03003 de Alicante.

     

    b) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Mayor, número 78, de Castellón de la Plana.

     

    c) En el Registro General de la ciudad administrativa 9 d'Octubre, edificio A, de Valencia, ubicado en la calle de la Democracia nº 77.

     

    d) En las oficinas PROP de la Generalitat.

     

    e) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en cumplimiento del cual, las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la subsanación.

    Descripción

    1. A los aspirantes que figuren como excluidos en la resolución que apruebe el listado provisional, se les otorgará un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, con el fin de que aporten la documentación que subsane el defecto o defectos que haya...

    Saber más
    Documentación
    Para realizar subsanación o aportación de documentación a la resolución de personas admitidas y excluidas se podrá utilizar el formulario normalizado tanto en su presentación en un registro presencial como en el trámite telemático.
    Forma de presentación
    Telemática
    En la cumplimentación Formulario General, en el apartado D "Datos del expediente" "numero de expediente", se introducirá un número de cuatro cifras, por ejemplo 0000, al tratarse un campo de cumplimentación obligatoria.
    Presencial

    Las Subsanaciones y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente en los registros administrativos siguientes:

     

    a) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Churruca número 29, CP 03003 de Alicante.

     

    b) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Mayor, número 78, de Castellón de la Plana.

     

    c) En el Registro General de la ciudad administrativa 9 d'Octubre, edificio A, de Valencia, ubicado en la calle de la Democracia nº 77.

     

    d) En las oficinas PROP de la Generalitat.

     

    e) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en cumplimiento del cual, las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Resolución

    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Alzada
    Obligaciones
    TASA PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO ACREDITATIVO DEL SERVICIO ESPECIFICO DE ADMISIÓN. (4,63 euros) Para obtener el certificado acreditativo del servicio específico de admisión deberá abonar una tasa de 4,63 euros en la cuenta de la Generalitat en las sucursales de las entidades financieras...
    Saber más
    Observaciones

    1. Los aspirantes que hayan superado la prueba evaluadora a la que se refiere la presente resolución obtendrán de la Dirección General de Interior una certificación individual de acreditación para el ejercicio de las funciones propias del servicio específico de admisión. 2.Para obtener la...

    Saber más
    Documentación
    La presentación de la documentación necesaria para obtener la certificación acreditativa del servicio específico de admisión, se realizará utilizando el siguiente formulario.

    Recurso de alzada

    Plazo
    Desde 20-01-2024 a 19-02-2024

    Los aspirantes considerados como no aptos podrán interponer recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Seguridad y Emergencias en el plazo de un mes desde la publicación de la Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Interior.

    Descripción

    Teniendo en cuenta que la celebración de la prueba evaluadora se celebró el 20 de diciembre de 2023, de acuerdo con la Resolución de 11 de enero de 2024 por la que se publican las listas aspirantes aptos y no aptos, aquellos que hayan obtenido la calificación de NO APTO podrán, en el plazo...

    Saber más
    Forma de presentación
    Telemática
    Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante o bien con el certificado reconocido para ciudadanos, ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación...
    Saber más
    Presencial

    Las solicitudes y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente en los registros administrativos siguientes:

     

    a) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Churruca número 29, CP 03003 de Alicante.

     

    b) En el registro de la oficina PROP situada en la calle Mayor, número 78, de Castellón de la Plana.

     

    c) En el Registro General de la ciudad administrativa 9 d'Octubre, edificio A, de Valencia, ubicado en la calle de la Democracia nº 77.

     

    d) En las oficinas PROP de la Generalitat.

     

    e) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en cumplimiento del cual, las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.