Solicitud de reembolso de gastos por adquisición de material ortoprotésico

Conselleria de Sanidad

Código SIA: 210926
|
Código GVA: 1461
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Que el paciente, que haya soportado un gasto en la adquisición de material ortoprotésico (prótesis externas, ortesis, sillas de ruedas, etc.) y considere que dicho gasto debiera ser asumido por la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, pueda solicitar el reembolso.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Orden de 3 de febrero de 1998 de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula el reintegro de gastos en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV nº 3197 de 05/03/98).
  • Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, y que recoge en su anexo VI la cartera de servicios comunes de la prestación ortoprotésica (BOE nº 222 de 16/09/06).
  • Decreto 76/2010, de 30 de abril, del Consell por el que se regula la prestación ortoprotésica en el marco de la sanidad pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana y que en su anexo I establece la cartera de servicios ortoprotésicos externos (DOCV nº 6260, de 05/05/10).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Aquellas personas que tengan reconocido el derecho a la prestación ortoprotésica por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Hasta 4 años después del hecho causante.

Documentación

- Impreso de Solicitud de Reembolso de Material Ortoprotésico, firmado por el usuario o su representante legal en la que conste el NIF del preceptor.

 

- Copia de la prescripción del facultativo especialista del sistema sanitario público.

 

- Factura original de la adquisición del material ortoprotésico en la que figure de forma expresa el producto dispensado y el importe abonado .

 

- Modelo de domiciliación bancaria, con los datos completos de la cuenta bancaria del perceptor, o realización del trámite automatizado.

Forma de presentación
Telemática

1.- Para acceder de forma telemática el solicitante deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de...

Saber más
Presencial

De acuerdo con el artículo 16.4 de la ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones

Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como

en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el

artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el

extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

preferentemente en

Dónde dirigirse

Resolución

Cuantía y cobro

CUANTÍA

El importe a reembolsar será como máximo, IVA incluído, el especificado en el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente para el artículo en cuestión.

 

PAGO

Ingreso en la cuenta bancaria designada por el usuario.

 

Nota: En ningún caso, se abonarán los artículos NO incluidos en el catálogo de productos ortoprotésicos vigente en la fecha en que se realizó la prescripción.

Órganos resolución