Detalle de procedimiento

Equipos a presión: calderas ITC EP-1: Alta, ampliación, modificación importante, baja y cambio de titularidad.Industria

Código SIA : 211427
Código GUC : 14802
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Comunicación de la puesta en servicio, modificación, baja y cambio de titularidad de calderas y sus elementos asociados (tales como economizadores, etc.) contemplados en el Reglamento de Equipos a Presión, en instalaciones de equipos a presión sujetas a la ITC EP-1 Calderas. En los supuestos de PUESTA EN SERVICIO, se diferencian los siguientes casos: a) EQUIPOS NUEVOS: - Alta de equipos a presión en una instalación nueva o ya existente. b) EQUIPOS A PRESIÓN USADOS: · Alta de equipos a presión usados procedentes de un estado miembro de la UE, Turquía o de la Asociación Europea de Libre Comercio sujetos al RD 709/2015 o al RD 108/2016. · Alta de equipos a presión usados procedentes de un país no perteneciente a la UE, o asimilados. · Regularización de equipos según la Disposición Transitoria Octava del RD 809/2021 de 21 de septiembre (hasta 02/01/2025).

Observaciones

Observaciones

CLASIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES: Según las condiciones exigibles, las instalaciones se clasificarán en función del TIPO DE CALDERA EN: - CLASE PRIMERA: las instalaciones serán realizadas por una empresa instaladora categoría EIP-2. Son: · Calderas pirotubulares Pms x VT <15.000. · Calderas acuotubulares Pms x VT < 50.000. En caso de calderas de fluido térmico, las que tengan un Pms x Vi < 15.000. · Calderas de fluido térmico, con presión de vapor del líquido portador térmico, a la temperatura mácima de servicio, inferior o ingual a 0,5 bar, y tengan un Vi<5.000. · calderas de fluido térmico no incluidas en el apartado anterior cuyo Pms x Vi<10.000 (Pms: presión máxima de servicio expresada en bar). - CLASE SEGUNDA: Clase segunda: las instalaciones serán realizadas por una empresa instaladora categoría EIP-2: Calderas que igualan o superan los valores arriba indicados.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La persona titular de la empresa o su representante legal.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

ALTA DE EQUIPOS: Tendrá la consideración de alta: La nueva instalación de calderas en instalaciones nuevas o ya existentes. A) EQUIPOS NUEVOS: a.1. Calderas de clase PRIMERA (NO requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Memoria de la instalación - Certificado de instalación, el cual será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (CERTENIN). - Copia de la declaración UE de conformidad. - Certificado del fabricante o de Organismo de Control (OC), en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). a.2: Calderas de clase SEGUNDA (requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo(existentes en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Sistema de vigilancia del equipo. - Certificado de instalación. El certificado será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (según el modelo normalizado CERTENIN). . Certificado de dirección técnica, según el modelo normalizado (CERIDITE). · Copia de la declaración UE de conformidad. · Certificado del fabricante o de OC, en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). . Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria si el proyecto no tiene visado. B) EQUIPOS USADOS: b.1. Calderas de clase PRIMERA (NO requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Memoria de la instalación - Certificado de instalación, el cual será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (CERTENIN). - Certificado del fabricante o de Organismo de Control (OC), en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). · Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C o la más restrictiva que le corresponda, en vigor. · Declaración de conformidad del equipo, según normativa de aplicación en el momento de la comercialización del equipo y según se describe en la Disposición Adicional Segunda y Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 809/2021. b.2: Calderas de clase SEGUNDA (requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Sistema de vigilancia del equipo. - Certificado de instalación. El certificado será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (según el modelo normalizado CERTENIN). . Certificado de dirección técnica, según el modelo normalizado (CERIDITE). · Certificado del fabricante o de OC, en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). . Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria si el proyecto no tiene visado. · Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C o la más restrictiva que le corresponda, en vigor. · Declaración de conformidad del equipo, según normativa de aplicación en el momento de la comercialización del equipo y según se describe en la Disposición Adicional Segunda y Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 809/2021. C). Supuesto especial de REGULARIZACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES (Disposición Transitoria Octava, hasta 02/01/2025). c.1. Calderas de clase PRIMERA (NO requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Memoria de la instalación - Certificado de instalación, el cual será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (CERTENIN). - Certificado del fabricante o de Organismo de Control (OC), en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). · Declaración responsable de la persona titular, indicando el año de la instalación y puesta en servicio, así como que su utilización se ha realizado de forma continua y segura, describiendo las condiciones de uso. · Certificado de construcción emitido por la/el fabricante o Declaración CE de conformidad para los equipos vendidos o puestos en servicio a partir del 29 de mayo de 2002, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo. En caso de no disponer de dichos documentos será necesario presentar: 1. Documentación de fabricación, o en su defecto aquella que justifique su antigüedad. 2. Certificado emitido por persona técnica titulada competente, incluyendo planos y una memoria con cálculos justificativos de la idoneidad del equipo. · Certificado de inspección periódica de nivel C por un organismo de control, indicando que el mismo es seguro. · Certificado de empresa instaladora de que la instalación del equipo cumple con los requisitos reglamentarios y que es seguro. c.2: Calderas de clase SEGUNDA (requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Sistema de vigilancia del equipo. - Certificado de instalación. El certificado será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (según el modelo normalizado CERTENIN). . Certificado de dirección técnica, según el modelo normalizado (CERIDITE). · Certificado del fabricante o de OC, en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). . Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria si el proyecto no tiene visado. · Declaración responsable de la persona titular, indicando el año de la instalación y puesta en servicio, así como que su utilización se ha realizado de forma continua y segura, describiendo las condiciones de uso. · Certificado de construcción emitido por la/el fabricante o Declaración CE de conformidad para los equipos vendidos o puestos en servicio a partir del 29 de mayo de 2002, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo. En caso de no disponer de dichos documentos será necesario presentar: 1. Documentación de fabricación, o en su defecto aquella que justifique su antigüedad. 2. Certificado emitido por persona técnica titulada competente, incluyendo planos y una memoria con cálculos justificativos de la idoneidad del equipo. · Certificado de inspección periódica de nivel C por un organismo de control, indicando que el mismo es seguro. · Certificado de empresa instaladora de que la instalación del equipo cumple con los requisitos reglamentarios y que es seguro. MODIFICACIÓN DE EQUIPOS A PRESIÓN: 1. CONCEPTO: Serán consideradas MODIFICACIONES IMPORTANTES, a efectos de la necesidad de comunicar la puesta en funcionamiento de estos equipos, las que alteren las prestaciones originales (aumentando el valor de la Ps, modificando la temperatura de formas que pueda influir en el material, modifiquen el volumen o utilicen un fluido de mayor riesgo, la función o el tipo original, así como los cambios físicos en cualquier componente que tenga implicaciones de diseño que afecten a la capacidad del contención del equipo, de acuerdo con los datos de diseño originales. También tendrán la consideración de modificación importante: · Las modificaciones del sistema de vigilancia o de los sistemas de control y de seguridad deberá ser considerada como modificación importante si se incorporan sistemas no previstos por la o el fabricante, requiriendo una nueva evaluación de la conformidad por un organismo notificado. · La sustitución de una caldera será considerada como una modificación importante de la instalación. b.1. Calderas de clase PRIMERA (NO requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos equipo (existentes en el trámite telemático) - Memoria de la instalación - Certificado de instalación, el cual será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (CERTENIN). - Certificado del fabricante o de Organismo de Control (OC), en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). · Nueva declaración UE de conformidad del equipo, realizada después de la modificación. · Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C, o la más restrictiva que le corresponda, realizada después de la modificación. a.2: Calderas de clase SEGUNDA (requieren proyecto): - Formulario web de datos generales (existentes en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos (existentes en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Sistema de vigilancia del equipo. - Certificado de instalación. El certificado será emitido y firmado por un técnico competente de la empresa EIP-2 (según el modelo normalizado CERTENIN). . Certificado de dirección técnica, según el modelo normalizado (CERIDITE). · Certificado del fabricante o de OC, en el que conste la adecuación del equipo a presión, si Pms es inferior en más de un 10% de Ps (solo calderas de vapor). . Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria si el proyecto no tiene visado. . Nueva declaración UE de conformidad del equipo, realizada después de la modificación. · Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C, o la más restrictiva que le corresponda, realizada después de la modificación. NOTA: (según artículo 8 del RD 809/2021 y el artículo 11 de la ITC EP- del RD 809/2021). · Para el cambio de combustible se deberá atender a la reglamentación específica en relación con el nuevo combustible, precisando de una inspección de tipo C así como de proyecto. El cual no será necesario si en la documentación original de la o el fabricante del equipo acredita que la caldera es apta para el nuevo combustible. Precisando en este caso la inspección nivel B. OBSERVACIONES: · Si es una nueva instalación de equipos a presión, en una instalación ya existente, las altas de equipos a presión se comunicarán a través del apartado de alta, y las bajas de equipos a presión a través del apartado de bajas. · Las modificaciones que no tienen la consideración de importantes no deben comunicarse al Servicio Territorial. CAMBIO DE TITULARIDAD: Se tramitarán los cambios de titularidad de equipos a presión, que NO supongan cambio de instalación. En caso contrario se tramitarán como un alta de equipo usado. Se presentarán los siguientes formularios web existentes en el trámite telemático: · Formulario web de datos generales · Formulario web de datos específicos del equipo a presión : cambio de titularidad del equipo a presión BAJA DE LOS EQUIPOS A PRESIÓN: Se realizará la baja de los diferentes equipos a presión. Se presentarán los siguientes formularios web existentes en el trámite telemático: · Formulario web de datos generales · Formulario web de datos específicos del equipo a presión: baja del equipo a presión

Presentación

Presentación

Telemática
1. La presentación se realizará de MANERA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (personas físicas), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). Le recomendamos compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección: https://valide.redsara.es/valide.inicio.html 2. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse al principio de este apartado o en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación que corresponda y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. El trámite telemático le irá guiando en la presentación, y le indicará la documentación a presentar en cada caso, en función de la petición realizada. 3. En el supuesto que el representante no figure inscrito en el registro correspondiente, el sistema le irá indicando los pasos a seguir a través de la bandeja de firmas/carpeta ciudadana, con el fin de que las solicitudes y demás documentación sean firmados por quien corresponda, hasta llegar a la fase final de registro. 4.- Respecto a los documentos a anexar: - Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las firmas digitales de la/s persona/s o entidad/es que los suscriban. * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar * Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5.- Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Presentación de la documentación, de manera EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. 2. Subsanación, si procede. 3. Inspección, si procede. 4. Apertura de expediente sancionador, si procede. Si se ha de realizar alguna aportación complementaria de documentación, una vez registrada la documentación inicial, se realizará TELEMÁTICAMENTE, a través del siguiente procedimiento (ver apartado enlaces): "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)". En el supuesto de surgir alguna cuestión de carácter técnico, le recomendamos se ponga en contacto con el Servicio Territorial de Industrial, Energía y Minas de la provincia donde esté ublicado el equipo a presión, a través del servicio de cita previa (ver apartado enlaces).