Equipos a presión: centrales generadoras de energía eléctrica ITC EP -2: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria - GVA.ES
Equipos a presión: centrales generadoras de energía eléctrica ITC EP -2: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Comunicación de la puesta en servicio, modificación, baja y cambio de titularidad de equipos a presión, incluidos en el ámbito de aplicación de la ITC EP-2, centrales generadoras de energía eléctrica.
En los supuestos de puesta en servicio, se diferencian los siguientes casos:
a) EQUIPOS NUEVOS:
Alta de equipos a presión en una instalación nueva o ya existente.
b) EQUIPOS A PRESIÓN USADOS:
- Alta de equipos a presión usados procedentes de un estado miembro de la UE, Turquía o de la Asociación Europea de Libre Comercio sujetos al RD 709/2015 o al RD 108/2016
- Alta de equipos a presión usados procedentes de un país no perteneciente a la UE, o asimilados.
- Regularización de equipos según la Disposición transitoria octava del RD 809/2021 de 21 de septiembre (hasta 02/01/2025)
Observaciones
Observaciones
A los efectos de la presente ITC se entiende por:
«CENTRAL GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA», el conjunto de instalaciones de proceso y auxiliares, destinadas a la producción de energía eléctrica.
SE INCLUYEN las centrales térmicas, hidráulicas, de ciclo combinado, nucleares y las plantas de incineración de residuos. Igualmente, la presente ITC se aplica a la instalación, reparación e inspecciones periódicas de todos los equipos a presión incluidos en el recinto de una central generadora de energía eléctrica termosolar, independientemente de su potencia, y que están contemplados en el Reglamento de equipos a presión.
Las instalaciones de todos los equipos incluidos en la presente ITC serán realizadas por EMPRESAS DE LA CATEGORÍA EP-2, prevista en el anexo I del Reglamento de equipos a presión.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
La persona titular de la empresa o su representante.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.(BOE núm. 176, de 23/07/1992).
- Real Decreto 108/2016, de 18 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/29/UE sobre comercialización de los recipientes a presión simples.(BOE nº 70, de 22/03/2016).
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.(BOE núm. 125, de 22/05/2010).
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.(DOCV nº 6873, 01/10/12).
- Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/68/UE relativa a los a los equipos de presión (BOE nº. 210, de 02/09/2015)
- Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. (BOE nº 243, de 11/10/2021)
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía y Minería. (DOGV nº 9492, de 19/12/2022)
Enlaces
Enlaces
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
ALTA DE EQUIPOS A PRESIÓN:
Tendrá la consideración de alta: La nueva instalación de equipos a presión en instalaciones nuevas o ya existentes.
a) ALTA DE EQUIPOS NUEVOS:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos equipo (existente en el trámite telemático)
- Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del artículo 5 de la ITC EP2 del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021.
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado
- Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE)
- Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN).
- Copia de la declaración UE de conformidad, en cumplimiento con el Real Decreto 709/2015.
- Certificado realizado por OCH habilitado en el campo reglamentario de los equipos a presión, de la realización de las comprobaciones y pruebas necesarias para asegurarse de que la instalación y sus equipos se adaptan a lo señalado en el Reglamento de equipos a presión, a las condiciones señaladas en esta ITC, al proyecto técnico presentado y de que su funcionamiento es correcto.
b) ALTA DE EQUIPOS A PRESIÓN USADOS:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos equipo (existente en el trámite telemático)
- Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del artículo 5 de la ITC EP2 del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021.
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado
- Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE)
- Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN).
- Certificado realizado por OCH habilitado en el campo reglamentario de los equipos a presión, de la realización de las comprobaciones y pruebas necesarias para asegurarse de que la instalación y sus equipos se adaptan a lo señalado en el Reglamento de equipos a presión, a las condiciones señaladas en esta ITC, al proyecto técnico presentado y de que su funcionamiento es correcto.
- Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C o la más restrictiva que le corresponda, en vigor.
- Declaración de conformidad del equipo, según normativa de aplicación en el momento de la comercialización del equipo y según se describe en la Disposición adicional segunda y Disposición adicional tercera del Real Decreto 809/2021.
c. Supuesto especial de REGULARIZACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES (Disposición transitoria octava, hasta 02/01/2025).
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos equipo (existente en el trámite telemático)
- Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del artículo 5 de la ITC EP2 del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021.
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado
- Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE)
- Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN).
- Certificado realizado por OCH habilitado en el campo reglamentario de los equipos a presión, de la realización de las comprobaciones y pruebas necesarias para asegurarse de que la instalación y sus equipos se adaptan a lo señalado en el Reglamento de equipos a presión, a las condiciones señaladas en esta ITC, al proyecto técnico presentado y de que su funcionamiento es correcto.
- Declaración responsable de la persona titular, indicando el año de la instalación y puesta en servicio, así como que su utilización se ha realizado de forma continua y segura, describiendo las condiciones de uso.
- Certificado de construcción emitido por la/el fabricante, o Declaración CE de conformidad para los equipos vendidos puestos en servicio a partir del 29 de mayo de 2002, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo. En caso de no disponer de dichos documentos será necesario presentar:
1.Documentación de fabricación, o en su defecto aquella que justifique su antigüedad.
2.Certificado emitido por persona técnica titulada competente, incluyendo planos y una memoria con cálculos justificativos de la idoneidad del equipo.
-Certificado de inspección periódica de nivel C por un organismo de control, indicando que el mismo es seguro.
- Certificado de empresa instaladora de que la instalación del equipo cumple con los requisitos reglamentarios y que es seguro.
MODIFICACIÓN DE EQUIPOS A PRESIÓN:
Serán consideradas MODIFICACIONES importantes de los equipos, a efectos de la necesidad de comunicar la puesta en funcionamiento de estos equipos, las que alteren las prestaciones originales (aumentando el valor de la PS, modificando la temperatura de formas que pueda influir en el material, modifiquen el volumen o utilicen un fluido de mayor riesgo, la función o el tipo original, así como los cambios físicos en cualquier componente que tenga implicaciones de diseño que afecten a la capacidad del contención del equipo, de acuerdo con los datos de diseño originales. En el caso de la ITC EP-2 están indicadas en el artículo 8 de la ITC EP-2.
En estos equipos, deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos equipo (existente en el trámite telemático)
- Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del artículo 5 de la ITC EP2 del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021.
- Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado
- Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE)
- Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN).
.- Certificado realizado por OCH habilitado en el campo reglamentario de los equipos a presión, de la realización de las comprobaciones y pruebas necesarias para asegurarse de que la instalación y sus equipos se adaptan a lo señalado en el Reglamento de equipos a presión, a las condiciones señaladas en esta ITC, al proyecto técnico presentado y de que su funcionamiento es correcto.
- Nueva declaración UE de conformidad del equipo, realizada después de la modificación y expediente técnico.
- Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C, o la más restrictiva que le corresponda, realizada después de la modificación.
NOTA:
_ Las modificaciones que no tienen la consideración de importantes no deben comunicarse al Servicio Territorial.
_ Si es una instalación de equipos a presión, en una instalación ya existente, las altas de equipos a presión se comunicarán a través del apartado de alta, y las bajas de equipos a presión a través del apartado de bajas.
CAMBIO DE TITULARIDAD:
Se tramitarán los cambios de titularidad de equipos a presión, que no supongan cambio de instalación. En caso contrario se tramitarán como un alta de equipo usado.
Se presentarán los siguientes formularios web existentes en el trámite telemático:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos para el cambio de titular del equipo a presión
BAJA DE LOS EQUIPOS A PRESIÓN:
- Se realizará la baja de los diferentes equipos a presión.
Se presentarán los siguientes formularios web existentes en el trámite telemático:
- Formulario web de datos generales
- Formulario web de datos específicos para la baja del equipo a presión.
Presentación
Presentación
Telemática
1. La presentación se realizará de MANERA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (personas físicas), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados).
Le recomendamos compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección:
https://valide.redsara.es/valide.inicio.html
2. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse al principio de este apartado o en el enlace "Solicitud_Presentación autenticada" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación que corresponda y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro.
El trámite telemático le irá guiando en la presentación, y le indicará la documentación a presentar en cada caso, en función de la petición realizada.
3. En el supuesto que el representante no figure inscrito en el registro correspondiente, el sistema le irá indicando los pasos a seguir a través de la bandeja de firmas/carpeta ciudadana, con el fin de que las solicitudes y demás documentación sean firmados por quien corresponda, hasta llegar a la fase final de registro.
4.- Respecto a los documentos a anexar:
- Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los cumplimente, firme y guarde
electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del
trámite telemático.
- IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente tendrán que incorporar las firmas digitales de la/s persona/s o entidad/es que los suscriban.
* En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar
* Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso.
- En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos.
5.- Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección:
http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
1. Presentación de la documentación, de manera EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA
2. Subsanación, si procede
3. Inspección, si procede
4. Apertura de expediente sancionador, si procede
Si se ha de realizar alguna aportación complementaria de documentación, una vez registrada la documentación inicial, se realizará TELEMÁTICAMENTE, a través del siguiente procedimiento (ver apartado "procedimientos relacionados"):
"Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)".
En el supuesto de surgir alguna cuestión de carácter técnico, le recomendamos se ponga en contacto con el servicio territorial de industria, energía y minas de la provincia donde esté ubicado el equipo a presión, a través del servicio de cita previa (ver apartado enlaces).
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - ALICANTE
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - CASTELLÓN
- SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS - VALENCIA
C/ CHURRUCA, 29
03003 - Alacant/Alicante
C/ CAVALLERS, 8
12001 - Castelló/Castellón
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia