Equipos a presión: refinerías de petróleo y plantas petroquímicas ITC EP-3: puesta en servicio, modificación, cambio de titularidad y baja. Industria - GVA.ES
Equipos a presión: refinerías de petróleo y plantas petroquímicas ITC EP-3: puesta en servicio, modificación, cambio de titularidad y baja. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Comunicación de la puesta en servicio, modificación, baja y cambio de titularidad de equipos a presión, incluidos en el ámbito de aplicación de la ITC EP-3, refinerías de petróleo y plantas petroquímicas.
En los supuestos de PUESTA EN SERVICIO, se diferencian los siguientes casos:
a) EQUIPOS A PRESIÓN NUEVOS:
Alta de equipos a presión en una instalación nueva o ya existente.
b) EQUIPOS A PRESIÓN USADOS:
- Alta de equipos a presión usados procedentes de un estado miembro de la UE, Turquía o de la Asociación Europea de Libre Comercio, sujetos al RD 709/2015 o al RD 108/2016
- Alta de equipos a presión usados procedentes de un país no perteneciente a la UE, o asimilados.
- Regularización de equipos según la Disposición transitoria octava del RD 809/2021, de 21 de septiembre (hasta 02.01.2025).
A los efectos de la presente ITC se entiende por:
REFINERÍA DE PETRÓLEO:
El conjunto de instalaciones de proceso y auxiliares destinadas al refino, trasiego y almacenamiento de crudo de petróleo y sus productos derivados.
PLANTA PETROQUÍMICA:
El conjunto de instalaciones de proceso y auxiliares que utilizan como materia prima fracciones petrolíferas, gas natural o productos elaborados a partir de éstos.
CLASIFICACIÓN DE RECIPIENTES:
Los recipientes de la ITC 03 se clasificarán mediante la combinación del potencial de riesgo y de las características de los fluidos, (ver art. 3.3. de la ITC3 , establecida en el RD 809/2021, de 21 de septiembre)
EQUIPOS A PRESIÓN QUE REQUIEREN PROYECTO:
A los efectos del artículo 4.1 de Reglamento de equipos a presión, requerirán proyecto de instalación, las que incluyan recipientes a presión de las Clases 1 ó 2, del art. 3.3. de dicho reglamento.
EMPRESAS INSTALADORAS:
Las instalaciones de todos los equipos incluidos en la presente ITC serán realizadas por empresas de la categoría EIP-2, prevista en el anexo I del Reglamento de equipos a presión.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.(BOE núm. 176, de 23/07/1992).
- Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/68/UE relativa a los a los equipos de presión.(BOE nº. 210, de 02/09/2015).
- Real Decreto 108/2016, de 18 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/29/UE sobre comercialización de los recipientes a presión simples.(BOE nº. 70, de 22/03/2016).
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de...
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.(DOCV nº 6873, 01/10/12).
- Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias (BOE nº 243, de 11/10/2021)
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
A quién va dirigido
La persona titular de la empresa o su representante
Cómo se tramita
1. Presentación de la documentación, de manera EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA
2. Subsanación, si procede
3. Inspección, si procede
4. Apertura de expediente sancionador, si procede
Si se ha de realizar alguna aportación complementaria de documentación, una vez registrada la documentación inicial, se realizará TELEMÁTICAMENTE, a través del siguiente procedimiento (ver apartado "Procedimientos relacionados"):
"Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)".
En el supuesto de surgir alguna cuestión de carácter técnico, le recomendamos se ponga en contacto con el servicio territorial de industria, energía y minas de la provincia donde esté ubicado el equipo a presión, a través del servicio de cita previa (ver apartado enlaces).
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
Solicitud
Durante todo el año
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