Detalle de procedimiento

Equipos a presión: depósitos criogénicos (ITC EP-4): Alta, modificación importante, baja y cambio de titularidad. Industria.

Código SIA : 211430
Código GUC : 14806
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Comunicación de la puesta en servicio, modificación, baja y cambio de titularidad de equipos a presión, incluidos en el ámbito de aplicación de la ITC EP-4, depósitos criogénicos. En los supuestos de PUESTA EN SERVICIO, se diferencian los siguientes casos: a) EQUIPOS NUEVOS: Alta de equipos a presión en una instalación nueva o ya existente. b) EQUIPOS A PRESIÓN USADOS: - Alta de equipos a presión usados procedentes de un estado miembro de la UE, Turquía o de la Asociación Europea de Libre Comercio sujetos al RD 709/2015 o al RD 108/2016 - Alta de equipos a presión usados procedentes de un país no perteneciente a la UE, o asimilados. - Regularización de equipos según la Disposición transitoria octava del RD 809/2021 de 21 de septiembre (hasta 02/01/2025)

Observaciones

Observaciones

La presente instrucción técnica complementaria se aplica a las condiciones de instalación y pruebas periódicas de los equipos criogénicos, con volúmenes superiores a 1.000 litros de capacidad geométrica, destinados a almacenamiento y utilización de los gases criogénicos como, por ejemplo: argón, nitrógeno, anhídrido carbónico, helio, protóxido de nitrógeno N2O, criptón, neón, oxígeno, xenón, etano, etileno, hidrógeno y aire. EQUIPOS CRIOGÉNICOS: Se entienden como equipos criogénicos, además de los depósitos, los elementos auxiliares de los mismos, como tuberías, válvulas, elementos de control, unidades de vaporización / gasificación internas o externas al depósito, equipos de refrigeración y equipos de puesta en presión CLASIFICACIÓN DE LOS DEPÓSITOS CRIOGÉNICOS: A los efectos de la presente ITC, los depósitos criogénicos se clasifican teniendo en consideración los criterios siguientes: 1. TAMAÑO: En función de la capacidad geométrica total, expresada en litros, de cada depósito criogénico (compuesto por uno a más recipientes), se clasificará en: a) Depósitos de más de 1.000 a 5.000 litros. b) Depósitos de más de 5.000 a 20.000 litros. c) Depósitos de más de 20.000 a 60.000 litros. d) Depósitos de más de 60.000 a 200.000 litros. e) Depósitos de más de 200.000 a 400.000 litros. f) Depósitos de más de 400.000 litros. 2. GAS CONTENIDO: Según la peligrosidad y características del gas contenido, se establecen tres categorías: i. Grupo 1.1: Gases inflamables: Etano, etileno e hidrógeno. ii. Grupo 1.2: Gases oxidantes o comburentes: Oxígeno y protóxido de nitrógeno. iii. Grupo 2: Gases inertes: Argón, nitrógeno, aire, anhídrido carbónico, helio, criptón, neón y xenón. Las instalaciones objeto de la presente ITC requerirán la presentación de un proyecto técnico ante el órgano competente de la comunidad autónoma que incluya, como mínimo, lo indicado en el apartado 2 del anexo II del Reglamento de equipos a presión. PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES: - La puesta en servicio de las instalaciones se realizará de acuerdo con lo que se determina en el artículo 5 de Reglamento de equipos a presión. - Previamente deberá realizarse una prueba de estanqueidad y de comprobación del sistema de seguridad con precintado de las válvulas de seguridad. En los depósitos con aislamiento al vacío, la prueba de estanqueidad puede sustituirse por una medida del vacío y, si éste es inferior a 0,60 mbar, la prueba se considerará válida. Esta prueba podrá ser realizada por la empresa instaladora o por un organismo de control habilitado.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La persona titular de la empresa o su representante

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

ALTA DE EQUIPOS A PRESIÓN: Tendrá la consideración de alta: La nueva instalación de equipos a presión en instalaciones nuevas o ya existentes. a) ALTA DE EQUIPOS NUEVOS: - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos del equipo(existente en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado - Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE). - Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN). - Copia de la declaración UE de conformidad, en cumplimiento con el Real Decreto 709/2015 o Real Decreto 108/2016, según proceda, en cada caso. b) ALTA DE EQUIPOS A PRESIÓN USADOS: - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos del equipo (existente en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado - Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE). - Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN). - Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C o la más restrictiva que le corresponda, en vigor. - Declaración de conformidad del equipo, según normativa de aplicación en el momento de la comercialización del equipo y según se describe en la Disposición adicional segunda y Disposición adicional tercera del Real Decreto 809/2021. c). Supuesto especial de REGULARIZACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES (Disposición transitoria octava, hasta 02/01/2025). - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos del equipo (existente en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado - Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE). - Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN). - Declaración responsable de la persona titular, indicando el año de la instalación y puesta en servicio, así como que su utilización se ha realizado de forma continua y segura, describiendo las condiciones de uso. - Certificado de construcción emitido por la/el fabricante, o Declaración CE de conformidad para los equipos vendidos puestos en servicio a partir del 29 de mayo de 2002, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo. En caso de no disponer de dichos documentos será necesario presentar: 1.Documentación de fabricación, o en su defecto aquella que justifique su antigüedad. 2.Certificado emitido por persona técnica titulada competente, incluyendo planos y una memoria con cálculos justificativos de la idoneidad del equipo. - Certificado de inspección periódica de nivel C por un organismo de control, indicando que el mismo es seguro. - Certificado de empresa instaladora de que la instalación del equipo cumple con los requisitos reglamentarios y que es seguro. MODIFICACIÓN DE EQUIPOS A PRESIÓN: Serán consideradas MODIFICACIONES importantes de equipos a presión, a efectos de la necesidad de comunicar la puesta en funcionamiento de estos equipos, las que alteren las prestaciones originales (aumentando el valor de la PS, modificando la temperatura de formas que pueda influir en el material, modifiquen el volumen o utilicen un fluido de mayor riesgo, la función o el tipo original, así como los cambios físicos en cualquier componente que tenga implicaciones de diseño que afecten a la capacidad del contención del equipo, de acuerdo con los datos de diseño originales. En estos equipos deberá adjuntarse la siguiente documentación: - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos del equipo (existente en el trámite telemático) - Proyecto de instalación, según contenido mínimo establecido en el punto 2, del anexo II del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021. - Declaración responsable de los técnicos competentes (DECRESTE). Obligatoria, si el proyecto no tiene visado - Certificado de instalación de equipos a presión. Dirección técnica (CERIDITE). - Certificado de instalación de equipos a presión. Empresa instaladora (CERTENIN). - Nueva declaración UE de conformidad del equipo, realizada después de la modificación - Certificado de inspección periódica del equipo de nivel C, o la más restrictiva que le corresponda, realizada después de la modificación. NOTA: _ Las modificaciones que no tienen la consideración de importantes no deben comunicarse al Servicio Territorial. _ Si es una instalación de equipos a presión, en una instalación ya existente, las altas de equipos a presión se comunicarán a través del apartado de alta, y las bajas de equipos a presión a través del apartado de bajas. CAMBIO DE TITULARIDAD: Se tramitarán los cambios de titularidad de equipos a presión, que no supongan cambio de instalación. En caso contrario, se tramitarán como un alta de equipo usado. Los documentos a presentar, existentes en el trámite telemático, son: - Formulario web de datos generales . - Formulario web de datos específicos para el cambio de titular del equipo a presión BAJA DE LOS EQUIPOS A PRESIÓN: Se realizará la baja de los diferentes equipos a presión. Se presentarán los siguientes formularios web existentes en el trámite telemático: - Formulario web de datos generales - Formulario web de datos específicos para la baja del equipo a presión.

Presentación

Presentación

Telemática
1. La presentación se realizará de MANERA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (personas físicas), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). Le recomendamos compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección: https://valide.redsara.es/valide.inicio.html 2. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse al principio de este apartado o en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación que corresponda y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. El trámite telemático le irá guiando en la presentación, y le indicará la documentación a presentar en cada caso, en función de la petición realizada. 3. En el supuesto que el representante no figure inscrito en el registro correspondiente, el sistema le irá indicando los pasos a seguir a través de la bandeja de firmas/carpeta ciudadana, con el fin de que las solicitudes y demás documentación sean firmados por quien corresponda, hasta llegar a la fase final de registro. 4.- Respecto a los documentos a anexar: - Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente tendrán que incorporar las firmas digitales de la/s persona/s o entidad/es que los suscriban. * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar * Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5.- Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Presentación de la documentación, de manera EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA 2. Subsanación, si procede 3. Inspección, si procede 4. Apertura de expediente sancionador, si procede Si se ha de realizar alguna aportación complementaria de documentación, una vez registrada la documentación inicial, se realizará TELEMÁTICAMENTE, a través del siguiente procedimiento (ver apartado enlaces): "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)". En el supuesto de surgir alguna cuestión de carácter técnico, le recomendamos se ponga en contacto con el servicio territorial de industria, energía y minas de la provincia donde esté ubicado el equipo a presión, a través del servicio de cita previa (ver apartado enlaces).