Comunicación de renovación de la junta directiva de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones - GVA.ES
Comunicación de renovación de la junta directiva de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones
Qué es
Comunicación de renovación de la junta directiva de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación (BOE nº 73, de 26/03/02).
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5900, de 25/11/08).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
A quién va dirigido
Cómo se tramita
Para consultar dudas sobre la tramitación de su expediente puede consultarlas en las siguientes direcciones de correo electrónico:
Alicante: entidades_jurídicas_dt_alicante@gva.es
Castellón: regaso_cas@gva.es
Valencia: registro_asociacionesvcia@gva.es
12001 - Castelló/Castellón
03002 - Alacant/Alicante
46018 - València/Valencia
Solicitud
Cualquier alteración sustancial de los datos o documentación que obre en el Registro deberá ser objeto de actualización, previa solicitud de la asociación correspondiente, en el plazo de un mes desde que la misma se produzca.
- Impreso de solicitud normalizado.
- Acta de la reunión o acuerdo adoptado según sus Estatutos, o certificado del acta o acuerdo extendido por la persona con facultades para ello según sus Estatutos que ocupe la titularidad en el momento de presentar la solicitud. El acta o certificado debe contener:
* Nombre, apellidos, domicilio y D.N.I. de los participantes, si son personas físicas, salvo que se haya prestado la autorización expresa, en la instancia normalizada, a que el órgano gestor compruebe la identidad de los solicitantes en las bases informáticas correspondientes.
* Razón social o denominación de los titulares, si son personas jurídicas, con los datos de identificación de las personas físicas que actuarán en su nombre.
* Fecha de nombramiento y, en su caso, ratificación y aceptación por los titulares.
* Fecha de la revocación y del cese, en su caso, de los titulares salientes.
* Firmas de los titulares y, en su caso, de los titulares salientes.
* La certificación del acta, extendida por la persona con facultades para ello según sus Estatutos, deberá contener necesariamente la mención: "Consultado el libro de Actas de la Asociación ..... en su página ... resulta que mediante Asamblea General de fecha ... se adoptó como acuerdo renovar el órgano de representación de la Asociación." Dicho certificado contendrá la relación nominal de los miembros afectados.
No sujeto a pago de tasa.
Resolución
46018 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Sociedad y consumo
- Relaciones con la ciudadanía
- Fundaciones, asociaciones y otros colectiivos