Solicitud de informe sobre el borrador de los Estatutos de fundaciones, previa a su inscripción en el Registro de Fundaciones. - GVA.ES
Solicitud de informe sobre el borrador de los Estatutos de fundaciones, previa a su inscripción en el Registro de Fundaciones.
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Verificar la legalidad de los estatutos de las fundaciones con carácter previo al otorgamiento de la escritura pública de constitución y posterior solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las personas legitimadas para actuar en nombre y representación de la Fundación o persona autorizada.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana (DOGV nº 3391, de 11/12/98).
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE nº 310, de 27/12/02)
- Ley 9/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de modificación de la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5803, de 10/07/08).
- Decreto 68/2011, de 27 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6534, de 02/06/11).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas del trámite
Problemas informáticos
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
- Impreso de solicitud.
- Borrador de Estatutos.
Tasa o pago
Tasa o pago
No sujeto a pago de tasa.
Presentación
Presentación
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ).
IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello
habrá que tener en cuenta que:
1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como
preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario,
cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo
de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática.
3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.
b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
* Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo
"SOLICITUD"
* Especifique la materia objeto de la solicitud
* Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).
c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
Su presentación telemática habrá finalizado.
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
- Presentación de la solicitud y demás documentos indicados en la documentación que se debe presentar.
- Emisión de informe por parte de la Administración.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- SERVICIO DE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 - València/Valencia
Observaciones
Observaciones
Contra la resolución que es definitiva en vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de poder interponer, en su caso, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el Conseller de Gobernación y Justicia, o cualquier otro recurso que estime procedente.
Órganos resolución
Órganos resolución
- Conselleria de Justicia e Interior
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí