Detalle de procedimiento

Programa de experiencias formativas en gestión artística en el Palau de la Música de València.

Código SIA : 211503
Código GUC : 15270
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 13-03-2020
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Convocar la realización de un programa de experiencias formativas en gestión artística en el Palau de la Música de València, dirigido al alumnado de enseñanzas artísticas que curse sus estudios en conservatorios profesionales o superiores de música y de danza de titularidad de la Generalitat Valenciana durante el curso 2019-2020.

Requisitos

Requisitos

Para poder participar, el alumnado debe estar matriculado en conservatorios profesionales o superiores de música y de danza de titularidad de la Generalitat Valenciana durante el curso 2019-2020.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrá participar, a instancia de las direcciones de los conservatorios, el alumnado de quinto y sexto de enseñanzas profesionales de música y danza, por una parte, y por otra parte, el alumnado de enseñanzas superiores de música y danza que esté matriculado en las asignaturas relacionadas con la producción y gestión de proyectos artísticos.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de la Dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, por la que se convoca el Programa de experiencias formativas en gestión artística en el Palau de la Música de València, dirigido al alumnado de las enseñanzas artísticas que cursen sus estudios en conservatorios profesionales o superiores de música y de danza de titularidad de la Generalitat Valenciana durante el curso 2019-2020.
  • Ver RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de la Dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, a, porla que queda sin efecto la Resolución de 3 de marzo de 2020. (DOGV nº 8996, de 13/01/2021)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Los conservatorios presentarán la solicitud de participación en el Programa de experiencias formativas en gestión artística, de conformidad con el anexo I de esta convocatoria. En la solicitud figurará la propuesta con la relación de alumnado interesado en participar en la misma. Cada conservatorio podrá incluir un máximo de 20 alumnos en la relación. La relación de alumnos/as presentada por cada conservatorio se entenderá por orden de prelación. En la petición se tendrá que hacer constar como información complementaria de cada alumno/a, los estudios paralelos que están realizando, o en su caso, el perfil profesional o intereses personales que tengan; todo esto con el fin de poderles ofrecer una formación en la estancia en el Palau de la Música lo más personalizada posible. Así mismo, se indicará la disponibilidad en cuanto al calendario de estancias que se han programado. La solicitud se tendrá que acompañar de la carta de aceptación del alumnado para participar en el programa, de conformidad con el anexo II de esta convocatoria. La solicitud, junto con el resto de documentación que se señala en esta convocatoria, sólo podrá presentarse de forma telemática. La presentación de solicitudes por otros medios de los previstos en la convocatoria determinará, de oficio, la exclusión del proceso. El trámite estará accesible en el siguiente enlace: .

Criterios de valoración

Criterios de valoración

Se hará una reserva del 50 % de les plazas convocadas para el alumnado de enseñanzas profesionales y un 50 % para el alumnado de enseñanzas superiores. En caso de quedar plazas libres en alguna de las dos enseñanzas, se completará con alumnado de la otra enseñanza. La comisión de selección tendrá en cuenta: a) Propuesta de cada conservatorio con la orden de prelación del alumnado. b) Representación del máximo posible de conservatorios y presencia proporcional de alumnado por centro. En caso de no ser posible que todos los conservatorios que han solicitado participar estén representados, se tendrá en cuenta el momento de registro telemático (con fecha y hora) de la solicitud de cada centro. Asimismo, cuando no se pueda garantizar una presencia proporcional de alumnado por centro, tendrán preferencia aquellos conservatorios con un número mayor de alumnado matriculado.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Obligaciones

Obligaciones

La solicitud se tendrá que acompañar de la carta de aceptación del alumnado para participar en el programa, de conformidad con el anexo II de esta convocatoria.

Observaciones

Observaciones

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: a)El recurso de reposición debe interponerse ante el conseller de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. b) El recurso contencioso-administrativo debe plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación o a partir del día siguiente en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición o en que este haya de entenderse presuntamente desestimado.

Plazo máximo

Plazo máximo

Propuesta motivada de resolución: El Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, como órgano instructor del procedimiento, a la vista del informe de la comisión de selección, formulará la propuesta de resolución provisional, que será notificada a todos los conservatorios solicitantes y que estará disponible en los sitios web oficiales del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas y de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte - Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial. Se abrirá un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación para presentar alegaciones ante la comisión, que se realizarán telemáticamente a través del enlace al trámite de solicitud. Examinadas, si es el caso, las alegaciones aducidas por los interesados, el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, formulará la propuesta de resolución definitiva. Resolución definitiva: Vista la propuesta de resolución definitiva, el director general del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas y la directora general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial aprobarán la selección definitiva del alumnado participante del programa, que será notificada a los conservatorios a la dirección de correo electrónico del centro y será publicada en los sitios web oficiales del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas y de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte - Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa