Aportación de documentación para el seguimiento de un expediente de ayudas en materia de cooperación al desarrollo existente en la Conselleria competente en la materia. - GVA.ES
Aportación de documentación para el seguimiento de un expediente de ayudas en materia de cooperación al desarrollo existente en la Conselleria competente en la materia.
Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Qué es
En cumplimiento de las bases de las distintas convocatorias de ayudas en materia de cooperación al desarrollo, este trámite permite la aportación de documentación necesaria para el seguimiento de un expediente abierto ante la Conselleria..
A quién va dirigido
Los titulares beneficiarios, o sus representantes, de expedientes abiertos (y no archivados) en materia de ayudas de cooperación al desarrollo.
Debe existir al menos un expediente abierto en la Conselleria competente en materia de cooperación al desarrollo para el que se realiza la aportación. Estos expedientes deben encontrarse en fase posterior a la concesión de la ayuda.
Cómo se tramita
Formularios
Solicitud
Los documentos se presentarán en los plazos especificados, bien en la Orden de convocatoria, bien en la resolución de concesión.
Formularios
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y preferentemente en:
Dónde dirigirse
Resolución
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