Presentación del Informe de Evaluación del Edificio de Viviendas. Comunitat Valenciana (IEEV.CV) - GVA.ES
Presentación del Informe de Evaluación del Edificio de Viviendas. Comunitat Valenciana (IEEV.CV)
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad
Desde 03-06-2011 00:00:00h
Qué es
Este procedimiento permite al personal técnico facultativo competente la redacción y presentación telemática del Informe de Evaluación del Edificio de Viviendas en la Comunitat Valenciana (IEEV.CV), a través de GESIEE, la aplicación web del Registro autonómico de IEEV.CV. (https://gesiee.gva.es/gesiee/)
Para obtener más información sobre los IEEV.CV puede consultarse el siguiente sitio web: https://habitatge.gva.es/es/web/arquitectura/informe-de-evaluacion-del-edificio
- Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. (Artículo 189) DOGV núm. 9129 de 16-07-2021
- Decreto 53/2018, de 27 de abril, del Consell, por el que se regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda y su Registro autonómico en el ámbito de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 8288 de 07-05-2018
A quién va dirigido
Las personas propietarias de edificios con uso residencial vivienda ubicados en la Comunitat Valenciana.
Para presentar los IEEV.CV es necesario tener la condición de personal técnico facultativo competente para suscribir los informes conforme al artículo 8.1 del Decreto 53/2018, de 27 de abril, del Consell, por el que se regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda y su Registro autonómico en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Las personas redactoras presentan los IEEV.CV por delegación de la propiedad.
Cómo se tramita
1. La solicitud de inscripción en el Registro del IEEV.CV se realizará telemáticamente a través de GESIEE, la aplicación web del Registro autonómico del Informe de Evaluación del Edificio de Viviendas de la Comunitat Valenciana (IEEV.CV), que generará un justificante de haberla presentado.
2. Una vez presentado telemáticamente, se procederá a su validación por parte del centro directivo que gestiona el Registro y que básicamente consistirá en comprobar que está cumplimentado en todos sus apartados y redactado por personal técnico competente.
Este centro directivo procederá a su inscripción en el Registro y comunicará a la propiedad y al ayuntamiento el número de expediente del IEEV.CV que se le ha otorgado.
3. La inscripción de los IEEV.CV en el Registro no supondrá, en ningún caso, la conformidad de la Administración con el contenido del mismo
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Plazo de presentación abierto.
Para la presentación del IEEV.CV es necesario estar en posesión de un certificado digital, o estar registrado en el sistema Cl@ve, y tener la condición de personal técnico facultativo competente para suscribir los informes conforme al artículo 8.1 del Decreto 53/2018, de 27 de abril, del Consell.
Resolución
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