Detalle de procedimiento

TECE - Presentación telemática del fichero IEEV.CV (Informe de Evaluación del Edificio, Comunitat Valenciana).

Código SIA : 211611
Código GUC : 15922
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: CERRADO
(03-06-2011
31-07-2023)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Establecer un procedimiento telemático para la presentación del Informe de Evaluación del Edificio en la Comunitat Valenciana, (en archivo informático .zip), este informe se genera previamente a través de la instalación de la aplicación (IEE.WIN) que se descarga gratuitamente (enlace a la descarga de la aplicación). Dicha presentación ha de realizarse de forma telemática a través de la web. IMPORTANTE: A partir del 1 de agosto de 2023 este trámite quedara inhabilitado y únicamente se podrán redactar y registrar IEEV.CV con la aplicación GESIEE https://gesiee.gva.es/gesiee/

Observaciones

Observaciones

¿Qué es el IEEV.CV? - Es un documento técnico que recoge la información del edificio y su evaluación en relación con su estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con diversidad funcional para el acceso y utilización del edificio y la evaluación de eficiencia energética. - Nos permite conocer el estado de nuestro edificio para poder acometer las obras de rehabilitación y mantenimiento más aconsejables, al tiempo que cumplimentar la obligación urbanística para edificaciones de más de 50 años. - Se deberá realizar cada 10 años. ¿Cuándo es necesario el IEEV.CV? Las personas propietarias del edificio de tipología residencial de uso vivienda, tanto unifamiliar como plurifamiliar, deberán promover la realización del informe IEEV.CV en los siguientes supuestos: 1.Toda edificación con antigüedad superior a 50 años. 2.Edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación.

Requisitos

Requisitos

El personal técnico redactor del IEEV.CV, que cumplirá los siguientes requisitos: - La persona redactora del informe ha de ser personal técnico facultativo competente en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación con uso residencial conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, actualmente Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero de la Edificación o Aparejador. - Disponer de la delegación del trámite por parte de la comunidad de propietarios o propietario, en su caso. - Disponer de un certificado electrónico válido reconocido por la Generalitat (CL@VE permanente correctamente activada, Certificado Digital de Ciudadano de la ACCV o DNI electrónico).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

El personal técnico redactor del IEEV.CV

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

No podrán transcurrir más de 3 meses entre la fecha de inspección del inmueble y la fecha de presentación telemática del IEEV.CV. El IEEV.CV tendrá una validez de 10 años a contar desde la fecha de presentación telemática. El plazo de presentación será hasta el 31 de diciembre del año siguiente al año en que el edificio cumpla 50 años. En caso de tener previsto solicitar ayudas a la rehabilitación del edificio, la presentación ha de realizarse previamente a la solicitud de ayudas a la rehabilitación.

Presentación

Presentación

Telemática
- Una vez presentada la solicitud ante el Registro Electrónico de la Generalitat, éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud, que podrá ser archivado o impreso por la persona interesada, en los términos previstos en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat. - La realización del trámite telemático conllevará la inscripción del IEEV.CV en el Registro Autonómico. El IEEV.CV será revisado y validado por el personal técnico gestor del Registro que comunicará a través de la carpeta ciudadana tanto la aceptación de la inscripción en el mismo como, en su caso, el requerimiento de subsanación por errores en la redacción. La validez del informe y el cumplimiento de la obligación de disponer del IEEV.CV se entiende cumplida desde el registro telemático por el personal técnico redactor. Pasos a seguir: 1. Acceder desde el icono "tramitar con certificado" 2. Seleccionar el certificado digital - Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. - También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite). 3. Rellenar el formulario web Datos de identificación 4. Anexar el Fichero IEEV. CV - De forma previa, el personal técnico redactor procederá a generar el fichero IEEV.CV. Para ello deberá tener instalada la aplicación IEE.WIN. - El fichero se anexará en .rar o .zip, y el tamaño máximo permitido será de 3 megas 5. Firmar digitalmente - Los archivos en pdf relativos al informe y la evaluación energética deberán ir firmados digitalmente por el personal técnico redactor. 6. Guardar o imprimir justificante registro de entrada Si una vez acabado el procedimiento se requiere imprimir nuevamente el justificante, se puede acceder al mismo a través de la página de la Generalitat: http://www.gva.es/ Entrando a la "Carpeta Ciudadana", seleccionar la opción "entrar con certificado", y una vez dentro aparecerán los justificantes de los procedimiento que se hayan llevado a cabo telemáticamente. Para incidencias pueden contactar con: incidencia_iee@gva.es

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa