Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas. - GVA.ES
Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas.
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
Qué es
Dar de alta en el registro de escuelas de enseñanza náutico-deportiva embarcaciones destinadas a prácticas de seguridad y navegación necesarias para la obtención de titulación para el manejo de embarcaciones de recreo.
Las embarcaciones deberán estar en lista 6ª. Tendrán una eslora entre 6 y 12 metros para la impartición de prácticas de la titulación de patrón para la navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo. Tendrán una eslora superior a 12 metros para la impartición de prácticas de patrón de yate y capitán de yate.
- Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014 que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 247, de 11/10/2014).
- Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE núm.104, de 01/05/2019)
- Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/204 de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas de recreo (BOE núm.121, de 21-05-2021).
A quién va dirigido
Toda persona física o jurídica titular de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una escuela de enseñanza náutico-deportiva en la Comunitat Valenciana.
Cómo se tramita
Una vez revisada la solicitud y documentación correspondiente, se comunicará el alta de la embarcación en el Registro de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas, y se realizará la anotación correspondiente.
Formularios
Solicitud
15 días antes de iniciar las prácticas con la embarcación que se pretende dar de alta.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
- Solicitud del interesado (modelo general)
- Certificado de navegabilidad
- Hoja de Registro Marítimo
- Contrato de alquiler (en caso de que la embarcación no sea propiedad de la escuela náutica)
- Autorización de alquiler embarcaciones lista 6ª
- Acreditación de disponer de seguro de responsabilidad civil en vigor, así como de accidentes de alumnos embarcados.
- Justificante del pago de la tasa.
Formularios
El importe actual de la tasa es:
- Modificación de la autorización inicial otorgada: 23,84 euros.
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet
que se indica a continuación
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado", de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma...
Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la administración
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se ha suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso, se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
12003 - Castelló/Castellón
03003 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
Resolución
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