Detalle de Procedimientos - GVA.ES
Solicitud del documento de registro para transporte de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos.
Organismo: CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Plazo de solicitud:
Plazo abierto
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
Objeto
Los agentes que se indican en el apartado siguiente deberán solicitar, a la Conselleria competente en materia de pesca, el modelo oficial de documento de registro que deberá acompañar a todo traslado que se produzca entre la zona de producción o el establecimiento de acuicultura hasta un establecimiento de destino (centro de depuración, centro de expedición o industria).
Observaciones
* DESTINO DE COPIAS DE LOS DOCUMENTOS DE REGISTRO
- Deberá permanecer una copia en poder del productor o recolector, otra deberá ser entregada al establecimiento receptor y una tercera copia será devuelta tras su uso y con periodicidad mensual a la administración de pesca.
- Las distintas copias de los documentos de registro deberán ser conservadas durante un período de doce meses.
Interesados
Los productores y recolectores, (mariscadores), los centros de depuración en caso de no ser centros de expedición, cualquiera que necesite realizar un traslado antes de su primera venta.
Normativa del procedimiento
- Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DOUE nº 139 de 30/04/04).
- Resolución de 6 de febrero de 2012, de la Secretaría Autonómica de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establece el modelo oficial de documento de registro para el traslado de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos (DOCV nº 6724 de 29/02/12).
- Ver Resolución de 6 de febrero de 2012
- Ver Reglamento (CE) nº 853/2004, de 29 de abril de 2004
Plazo
Durante todo el año.
Documentación
Forma presentación
Presencial
Los documentos se solicitarán preferentemente a través de las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural y a través de esta ficha de información
Dónde dirigirse
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - ALICANTE
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - VALENCIA
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - CASTELLÓN
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc16236.
Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas.
Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas funcionales: sdg_pesca@gva.es
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Normativa
Información tramitación
Las oficinas comarcales o direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, después de realizar las comprobaciones oportunas, facilitará al interesado los documentos solicitados para ser utilizados durante un período máximo de un mes.
órganos de tramitación
Las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Organismos
- CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -EDIFICIO B0
46018 - València/Valencia
Órganos resolución
Las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
Organismos
- CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -EDIFICIO B0
46018 - València/Valencia
Cuantía y cobro
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=16236.
Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas.
Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).