Comunicación previa al inicio de la actividad de agente como operación de gestión de residuos - GVA.ES
Comunicación previa al inicio de la actividad de agente como operación de gestión de residuos
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
Qué es
Permitir el cumplimiento de la obligación que la normativa vigente en materia de residuos establece a las entidades o las empresas que pretendan operar como agentes de residuos (peligrosos y/o no peligrosos), como operación de gestión de residuos.
1. Para la presentación de la comunicación de la actividad de agente como operación de gestión de residuos, deberá previamente introducir los datos de la empresa y/o centro para que se le asigne un nuevo NIMA, siguiendo el trámite "Obtención de NIMA (número de identificación medioambiental)" (Ver procedimientos relacionados).
2. La información de la comunicación previa se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos, dependiente del ministerio competente en materia de residuos, de conformidad con el artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
3. De acuerdo con el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información, que se incorpore a la comunicación previa, o su no presentación determinarán la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, previa resolución de la Administración que declare tales circunstancias.
4. En este procedimiento la Administración no está obligada a dictar resolución expresa ni a notificar al interesado, de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 21.1 de la Ley 39/2015.
5. La actualización de algunos datos del agente, entre ellos los residuos con los que opera, se realiza desde la plataforma de tramitación ADCR 3.0. Para ello, debe acceder a la plataforma con el certificado electrónico de la empresa o del representante acreditado y añadirlos en la pestaña "Actualización de datos". (Enlace a la plataforma ADCR 3.0 en sección enlaces)
- Solicitar certificado electrónico
- Sistemas de verificación de Firma
- Sistemas de identificación y firma aceptados
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
- Web de residuos
- Enlace a la plataforma ADCR 3.0
- Lista europea de residuos (Códigos LER)
- Buscador de los NIMA de las empresas
- Buscador productores y gestores de residuos.
- Preguntas frecuentes
- Decisión 2014/955/UE de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
- Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
A quién va dirigido
Las entidades o empresas, con domicilio social en la Comunitat Valenciana, que organicen la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los agentes que no tomen posesión física de los residuos, de conformidad con la definición dada en artículo 2.c) de la Ley...
- Los agentes realizan actividades de intermediación poniendo en contacto productores, transportistas y/o gestores finales, a efectos de reducir costes y actuar como interlocutor único en la organización de la completa gestión de los residuos producidos.
- El ejercicio de esta actividad no conlleva la transmisión de la propiedad del residuo por lo que la responsabilidad inherente a determinar el tratamiento más adecuado para los residuos corresponde siempre a quien contrata sus servicios de intermediación, ya sea el productor inicial, el poseedor u otro gestor.
Cómo se tramita
La comunicación previa se tramitará en los siguientes pasos:
1. Obtención de NIMA (número de identificación medioambiental) (Enlace al trámite en el apartado “Procedimientos relacionados”):
- Acceder con certificado electrónico al trámite
- Rellenar los datos de la empresa y/o del centro.
- Firmar y enviar electrónicamente.
Cuando se haya procesado la solicitud (como máximo en un plazo de 30 min) la empresa o entidad podrá comprobar el número de identificación medioambiental (NIMA) en el enlace facilitado en el procedimiento y en el apartado “Enlaces”.
2. Comunicación de la actividad de agente como operación de gestión de residuos:
- Acceder con certificado electrónico a la plataforma de tramitación electrónica del presente trámite desde el icono “SOLICITUD Presentación autenticada”.
- Rellenar el formulario web.
- Adjuntar documentación:
. En el caso de operar con residuos peligrosos, carta de pago que acredite el depósito de una fianza de 15.000 euros, emitida por la Dirección Territorial de la Conselleria de Hacienda que le corresponda por su domicilio social.
- Pago de la tasa (9756) obligatorio.
- Firmar y enviar electrónicamente.
En el plazo de 24-48 horas la empresa o entidad podrá comprobar el número de inscripción asignado para el desarrollo de la actividad en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunitat Valenciana, en la página web de la Conselleria. . (Enlace al buscador de productores y gestores de residuos en la sección “Enlaces”)
3. Comunicación de los residuos que van a gestionar:
- Comprobar que la empresa aparece en el buscador de productores y gestores de residuos y dispone de inscripción y NIMA.
- Acceder con certificado electrónico a la plataforma de tramitación telemática de los documentos de control de residuos (ADCR 3.0). (Enlace a la plataforma en el apartado “Enlaces”)
-Dirigirse a la pestaña "Actualización de datos".
-Introducir los residuos que van a gestionar.
En 24-48 horas podrán comprobar que los residuos introducidos aparecen en el buscador de productores y gestores de residuos asociados a la inscripción de agente.
Se entenderá que la comunicación previa al inicio de la actividad de agente como operación de gestión de residuos regulada en el artículo 35 de la Ley 7/2022 será efectiva cuando se hayan completado todos los pasos detallados anteriormente.
En todo caso:
La comunicación previa permitirá el inicio de la actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a la Administración Pública, quién procederá a la inscripción en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunitat Valenciana y a su publicación en el listado de gestores de la página web de la Conselleria a efectos informativos.
La presentación de la comunicación previa no exime al interesado de la obligación de obtener aquellas otras autorizaciones o licencias que resulten exigibles para el ejercicio de la actividad por aquella otra normativa que le resulte aplicable.
La comunicación previa permitirá el ejercicio de la actividad en todo el territorio nacional sin la necesidad de registrarse en cada territorio autonómico en el que pretenda desarrollarla.
Será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
46018 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
En cualquier momento previo al inicio de la actividad.
Las entidades o empresas presentarán los siguientes formularios y documentación:
- Formulario telemático para la obtención de NIMA.
- Formulario telemático de comunicación de la actividad de agente como operación de gestión de residuos, en el que se realizará simultáneamente el pago de la tasa.
- Comunicación telemática en la plataforma ADCR 3.0 de los residuos con los que va a operar.
A este formulario se adjuntará la siguiente documentación:
- Carta de pago de la fianza (en el caso de gestionar residuos peligrosos).
Tasas 2024: 77,96 euros.
El pago de la tasa será único independientemente del tipo de residuos a gestionar (peligroso o no peligroso).
El pago de la tasa se realiza dentro del procedimiento, por lo que debe dirigirse directamente al icono "SOLICITUD Presentación autenticada", seguir los pasos de la tramitación y, en el punto 4, se le requerirá el pago telemático de la tasa.
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas físicas obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como...
Resolución
En su condición de gestor de residuos deberá cumplir el régimen de obligaciones previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y en la normativa de desarrollo reglamentario, y en particular:
- Cumplir lo declarado en su comunicación de actividad y con las cláusulas y condiciones asumidas contractualmente con el productor inicial u otro poseedor de los residuos.
- Disponer de un archivo electrónico donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen, destino, método de tratamiento de los residuos, medio de transporte y frecuencia de recogida. Se guardará la información del archivo cronológico durante, al menos, cinco años y estará a disposición de las autoridades competentes a efectos de inspección y control.
- Las entidades y empresas que gestionen residuos peligrosos estarán obligados a:
. Enviar, antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos, una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico a la comunidad autónoma en la que hayan presentado la comunicación.
. Constituir una fianza, cuya cuantía se establece en el anexo IV del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, para responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación.
46018 - València/Valencia
El ejercicio de una actividad de gestión de residuos sin la preceptiva comunicación, así como el incumplimiento de la información incorporada en la comunicación, constituyen infracciones graves o muy graves, y podrán dar lugar a la imposición de sanciones, según establecen el artículo 108 y...
Preguntas frecuentes
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