Solicitud de certificado sobre datos inscritos de un colegio profesional o de un consejo valenciano de colegios profesionales en el Registro de Colegios y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana - GVA.ES
Solicitud de certificado sobre datos inscritos de un colegio profesional o de un consejo valenciano de colegios profesionales en el Registro de Colegios y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Solicitud de certificado sobre datos inscritos de un colegio profesional o de un consejo valenciano de colegios profesionales en el Registro de Colegios y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3138, de 9/12/97).
- Decreto 4/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4167, de 14/1/02).
- Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, modificada por la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021.
- Art. 55 de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022.
- LEY 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
Modelo 046, acreditativo del pago de la tasa correspondiente, por importe de 6,24 euros. La falta de dicha acreditación dará lugar al desistimiento de la solicitud presentada.
NOTA:
Toda la documentación deberá ir dirigida a la conselleria que tenga atribuida la competencia en materia de colegios profesionales (en la actualidad la Conselleria de Justicia e Interior).
Tasa o pago
Tasa o pago
Tasas vigentes según la Ley 20/2017, de 28 diciembre, de la Generalitat, de tasas.
SUJETO OBLIGADO AL PAGO
Son sujetos obligados al pago de la tasa los Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, que presenten cualquier solicitud de inicio de alguno o algunos de los procedimientos a que se refiere el título XXX, capítulo I, de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.
CUANTÍA:
Emisión de certificados: 6,24 euros.
(Tasa vigente desde el 1 de enero de 2024, por aplicación de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, y la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.)
FORMA DE PAGO
La tasa se devengará cuando se preste el correspondiente servicio. No obstante, su pago se exigirá por anticipado, mediante autoliquidación, en el momento en que se formule la solicitud.
La tasa se abonará a través de la cumplimentación del correspondiente modelo 046: Tasa de la Conselleria de Justicia e Interior, número 9848, "Tasas por servicios relacionados con colegios profesionales o consejos valencianos de colegios profesionales".
Presentación
Presentación
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y preferentemente en:
Dónde dirigirse
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ).
IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello
habrá que tener en cuenta que:
1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como
preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario,
cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo
de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática.
3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.
b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
* Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo
"SOLICITUD"
* Especifique la materia objeto de la solicitud
* Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).
c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
Su presentación telemática habrá finalizado.
Normativa
Normativa
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
En el caso de solicitarse la emisión de certificados de un colegio/consejo:
- Revisión de la documentación.
- Escrito de reparos, en su caso.
- Resolución de inscripción.
- Comunicación de resolución a los interesados.
- Publicación de la resolución en el DOGV.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí