Obtención electrónica del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF correspondiente a rendimientos de actividades económicas (actividades empresariales)

Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública

Código SIA: 211769
|
Código GVA: 16728
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Plazo abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Este trámite tiene por objeto acreditar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados por la Generalitat sobre rendimientos de actividades empresariales abonados a los perceptores que se detallan en el apartado "¿quién puede solicitarlo?", declarados en el resumen anual del modelo 190 presentado ante la AEAT.

 

Mediante este trámite se obtiene, en soporte electrónico, el certificado de IRPF correspondiente a rendimientos de actividades empresariales sujetos a retención, abonados por la Generalitat

 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

En caso de imposibilidad de obtener el certificado, y debidamente acreditada la causa de su no obtención, los

solicitantes podrán comunicar la incidencia a través de:

 

• Formulario de consulta sobre Dudas del Trámite, al que se puede acceder a través del enlace que figura en el

apartado final “Dudas sobre la tramitación telemática”

 

• La cuenta de correo electrónico certificadosrenta@gva.es.

 

La consulta sólo podrá ser atendida si el solicitante facilita los siguientes datos:

a) Identificación completa: nombre completo y NIF.

b) Entidad pagadora de los rendimientos (Generalitat Valenciana, Organismo Autónomo).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Personas físicas, así como las entidades en régimen de atribución de rentas a las que se refiere el artículo 8.3 de la Ley de IRPF (sociedades civiles no sujetas al Impuesto sobre Sociedades, herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley...

Saber más

Cómo se tramita

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Los certificados electrónicos se pondrán a disposición del contribuyente con anterioridad a la apertura del plazo de declaración de este impuesto y permanecerán disponibles durante el plazo de validez tributaria de los datos.

Documentación
No se requiere, ya que el trámite se realiza exclusivamente de forma telemática.
Forma de presentación

Resolución