Comunicación de la realización de modificaciones importantes en ascensores. Industria - GVA.ES
Comunicación de la realización de modificaciones importantes en ascensores. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Comunicar los cambios significativos realizados en ascensores ya existentes, que no pueden ser considerados como operaciones de simple mantenimiento o reparación.
Las modificaciones importantes, u otras sustituciones de distintos elementos, no podrán suponer la renovación completa del ascensor existente, sea en una o en varias etapas.
1.- MODIFICACIONES IMPORTANTES EN ASCENSORES
- Las modificaciones importantes se realizarán , en cuanto a condiciones técnicas, sobre la base de la reglamentación que fuera aplicable a los ascensores en el momento de su instalación y, en su caso, de las posteriores que les fueran exigibles.
- Las modificaciones importantes, u otras sustituciones de distintos elementos, no podrán suponer la renovación completa del ascensor existente, sea en una o varias etapas.
2.- QUIÉN PUEDE REALIZARLAS
La modificación importante de un ascensor podrá realizarse por:
a) El instalador (la persona física o jurídica que asume la responsabilidad del diseño, fabricación, instalación y comercialización del ascensor, que coloca el marcado «CE» y que extiende la declaración «CE» de conformidad), cuando se trate de sus propios ascensores.
b) El fabricante (persona física o jurídica que diseñe y/o fabrique una máquina y que sea responsable de la conformidad de la misma, con vistas a su comercialización, bajo su propio nombre o su propia marca, o para su propio uso), cuando se trate de sus propios ascensores.
c) La empresa conservadora (empresas que desarrollan actividades de mantenimiento, reparación y modificaciones importantes de los ascensores), para cualquier tipo de ascensores.
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención (BOE núm. 296, de 11/12/1985).
- Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (BOE núm. 46, de 22/02/2013).
- Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.(BOE nº ,246, de 11/10/2008)
- Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (BOE nº 126, de 25/05/2016)
- Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 "Ascensores", que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente (BOE nº...
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
A quién va dirigido
La persona (física o jurídica) titular de la instalación, o su representante.
* Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.
- Si la modificación importante conlleva el incumplimiento de norma en edificio existente (por ejemplo: reducir el espacio libre o el refugio más allá de las posiciones extremas a unos valores inferiores a los reglamentarios) deberá de tramitar con antelación la solicitud de autorización establecida, no pudiendo llevar a cabo la modificación importante en tanto no se obtenga la autorización pertinente, ver trámite siguiente:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16790&version=amp
- En los procedimientos utilizados para la certificación de conformidad de una modificación importante de un ascensor deberá intervenir un organismo de control.
- En el caso de las modificaciones señaladas con doble asterisco (**) en la tabla del punto 9.1.1 del apartado IV.Modificaciones importantes de la instrucción técnica complementaria (ITC) AEM 1 "Ascensores" (aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero), la certificación del organismo de control deberá suplirse por la del técnico facultativo de la empresa que realice la modificación.
Cómo se tramita
1.- Presentación de la documentación, MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO
2 - Registro y revisión de la documentación:
a) Se generará un documento en el que se relacionarán los elementos que formando parte de la ficha técnica del ascensor han sido modificados mediante la tramitación del expediente.
b) Requerimiento, en su caso
LA SUBSANACIÓN también deberá realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
3 - Visita de inspección, en su caso.
4 - Apertura de expediente sancionador, en su caso.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año, una vez ejecutada la modificación importante del ascensor.
Una vez ejecutada la modificación importante del ascensor, deberá presentarse TELEMÁTICAMENTE la siguiente documentación:
1. Formularios web a cumplimentar obligatoriamente en el trámite telemático.
2. Declaración CE de conformidad de modificación importante de ascensor, según modelo DECMOIM, que figura como impreso asociado en este mismo trámite.
3. Actas de los ensayos relacionadas con el control final cuando se trate de ascensores cuya velocidad sea superior a 0,15 m/s, según el modelo (que también figura como impreso asociado) que resulte procedente:
- Modelo ACTENMO1 (según RD 1314/1997)
- O modelo ACTENMO2 (según RD 203/2016)
1.- Presentación de la documentación, MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2.- Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada...
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03001 - Alacant/Alicante
Las que establece la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y los reglamentos correspondientes.
Preguntas frecuentes
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