Comunicación de cambio de empresa conservadora de ascensores. Industria - GVA.ES
Comunicación de cambio de empresa conservadora de ascensores. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Realizar la comunicación del cambio de empresa conservadora del ascensor, tras la suscripción de un nuevo contrato de mantenimiento de dicho aparato elevador con una empresa conservadora distinta a la contratada hasta ese momento.
1.- EMPRESA CONSERVADORA DE ASCENSORES
Se consideran empresas conservadoras de ascensores las personas naturales o jurídicas que desarrollan las actividades de mantenimiento, reparación y modificaciones importantes de los ascensores.
2.- PERSONA ENCARGADA DEL ASCENSOR:
El/la titular deberá designar una persona, al menos, encargada del servicio ordinario del ascensor, para lo cual será debidamente instruída en el manejo del aparato por la empresa conservadora.
3.- Las empresas conservadoras deberán realizar VISITAS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS ASCENSORES, al menos, en los siguientes plazos:
- Ascensores en viviendas unifamiliares y ascensores con velocidad no superior a 0,15 m/s: cada cuatro meses.
Se entiende por vivienda unifamiliar la situada en parcela independiente que sirve de residencia habitual, permanente o temporal, para una sola familia.
- Ascensores instalados en edificios comunitarios de uso residencial de hasta seis paradas y ascensores instalados en edificios de uso público de hasta cuatro paradas, de antigüedad inferior a veinte años: cada seis semanas.
- Los demás ascensores: cada mes.
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención (BOE núm. 296, de 11/12/1985).
- Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (BOE núm. 46, de 22/02/2013).
- Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (BOE núm. 126, de 25/05/2016).
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
- Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 "Ascensores", que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente (BOE nº...
A quién va dirigido
La comunicación debe realizarla la empresa conservadora entrante.
Debe estar previamente inscrita en el Registro Integrado Industrial como empresa conservadora de ascensores.
* Nota: ver la información disponible en el apartado "Enlaces" sobre el trámite de "Inscripción en el Registro Integrado Industrial de Empresas Conservadoras de Ascensores. Alta, modificación y cese. Industria.".
Cómo se tramita
1 - PRESENTACIÓN de la comunicación y el resto de la documentación requerida, DE FORMA TELEMÁTICA EXCLUSIVAMENTE, dirigida al Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia donde esté ubicado el ascensor.
2 - Registro y revisión de la documentación:
a) Si la documentación es correcta y completa, se procederá a modificar los datos de la inscripción en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE).
b) Si la documentación NO es correcta y/o completa, se remitirá un requerimiento de subsanación a la empresa conservadora entrante que ha efectuado la comunicación, indicando la documentación no presentada o incorrecta que tiene que subsanar.
* La subsanación también deberá realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
Tras ello:
- Si la empresa aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto 2.a).
- Si la empresa NO aporta la documentación correcta y/o completa, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida de su comunicación y se archiva el expediente.
NOTA:
Para cualquier duda relacionada con la tramitación del expediente o con el contenido del procedimiento le recomendamos solicite CITA PREVIA con el PERSONAL TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, a través del siguiente enlace: http://www.indi.gva.es/es/cita-previa
03001 - Alacant/Alicante
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS conservadoras de ASCENSORES. Alta, modificación y cese. Industria
Solicitud
El PLAZO MÁXIMO para que la empresa conservadora entrante comunique al órgano competente (Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia donde esté ubicado el ascensor) un nuevo contrato de mantenimiento o conservación de un ascensor es de TREINTA DÍAS, poniendo a...
Saber másResolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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