Comunicación de BAJA (temporal o definitiva) de ascensores y de puesta en servicio tras la baja temporal. Industria - GVA.ES
Comunicación de BAJA (temporal o definitiva) de ascensores y de puesta en servicio tras la baja temporal. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Comunicar la baja del ascensor, con carácter temporal o con carácter definitivo, en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE), así como la puesta en servicio del ascensor tras la baja temporal.
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención (BOE núm. 296, de 11/12/1985).
- Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria AEM 1, "Ascensores", del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (BOE núm. 46, de 22/02/2013).
- Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (BOE núm. 126, de 25/05/2016).
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
- Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 "Ascensores", que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente (BOE nº...
A quién va dirigido
La persona (física o jurídica) titular del ascensor, o su representante.
Cómo se tramita
Tanto en caso de COMUNICACIÓN DE BAJA (TEMPORAL o DEFINITIVA) DEL ASCENSOR, como cuando se trate de la PUESTA EN SERVICIO DEL ASCENSOR TRAS LA BAJA TEMPORAL, la tramitación será la siguiente:
1 - PRESENTACIÓN del impreso de comunicación de incidencias y, en su caso, del resto de la documentación requerida, DE FORMA TELEMÁTICA
IMPORTANTE: no puede presentarse una comunicación de puesta en servicio del ascensor tras su baja temporal, si previamente no se ha comunicado esa baja temporal.
2 - Registro y revisión de la documentación:
a) Si la documentación es correcta, se procederá a la inscripción de la incidencia en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE) y se archiva el expediente.
b) Si la documentación NO es correcta, se requerirá su subsanación a la persona interesada, indicando la documentación no presentada o incorrecta que tiene que subsanar.
* En los casos de tramitación telemática, la subsanación también deberá realizarse por esa vía utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
Tras ello:
- Si la persona interesada aporta la documentación correcta, se procede según se ha descrito en el punto 2.a).
- Si la persona interesada NO aporta la documentación correcta, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida de su solicitud y se archiva el expediente.
3 - Cuando, tras la baja temporal del ascensor, se reanude el servicio, en uso de las atribuciones legales puede girarse visita de inspección.
03001 - Alacant/Alicante
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año.
Se recuerda que no puede presentarse una comunicación de puesta en servicio del ascensor tras su baja temporal, si previamente no se ha comunicado esa baja temporal.
Presentación de la documentación, MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse.
A) En el caso de BAJA TEMPORAL en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE) deberá presentarse la siguiente documentación:
- Formulario web de comunicación de incidencias, a cumplimentar y firmar electrónica y obligatoriamente en el trámite telemático.
B) En el caso de PUESTA EN SERVICIO DEL ASCENSOR TRAS LA BAJA TEMPORAL, deberá presentarse la siguiente documentación:
- Formulario web de comunicación de incidencias, a cumplimentar y firmar electrónica y obligatoriamente en el trámite telemático.
- Documentación adicional a anexar en el trámite telemático, en su caso:
* Si la última inspección periódica del ascensor no está en vigor, deberá presentarse acta correspondiente a nueva inspección periódica en vigor.
* Si el último contrato de mantenimiento del ascensor presentado no estuviera ya en vigor, deberá presentarse nuevo contrato de mantenimiento en vigor.
C) En el caso de BAJA DEFINITIVA en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE) deberá presentarse la siguiente documentación:
- Formulario web de comunicación de incidencias, a cumplimentar y firmar electrónica y obligatoriamente en el trámite telemático.
1.- Presentación de la documentación MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2.- Para esa presentación telemática, deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos...
Resolución
La baja temporal del ascensor no eximirá de las inspecciones periódicas obligatorias establecidas por la normativa, que deberán realizarse para su puesta en funcionamiento tras la baja temporal.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Las que establece la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y los reglamentos correspondientes.
Preguntas frecuentes
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