Detalle de procedimiento

Premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior

Código SIA : 211797
Código GUC : 16856
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(01-09-2023
30-10-2023)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El objeto de la convocatoria es otorgar un premio extraordinario de grado medio y un premio extraordinario de grado superior por familia profesional.

Observaciones

Observaciones

* PUBLICACIÓN 1. De acuerdo con la propuesta formulada por la comisión de selección, que será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la conselleria competente en materia de educación notificará al alumnado premiado la fecha y el lugar en el que se entregarán los premios. 2. El alumnado que resulte premiado recibirá un diploma a la excelencia en el rendimiento académico, expedido por la conselleria competente en materia de educación. Asimismo, la obtención de este premio se consignará, mediante una diligencia específica, en el expediente académico del alumnado, con la denominación Premio Extraordinario de Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño. 3. Adicionalmente, la conselleria competente en materia de educación podrá promover que el alumnado premiado durante cada convocatoria pueda realizar una exposición conjunta con los proyectos desarrollados en el módulo de Obra Final o de Proyecto Integrado, y sin perjuicio de otros beneficios que se pudiesen establecer.

Requisitos

Requisitos

a) Haber finalizado sus estudios de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño de grado medio o de grado superior en el curso académico 2022-2023. b) Haber obtenido una calificación final del ciclo igual o superior a 8,50. La nota media final del ciclo será la media aritmética de las notas medias ponderadas de los distintos módulos que lo componen, expresada con dos decimales. A los efectos del cálculo de la nota media, no se computará la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, ni tampoco aquellos módulos que hayan sido objeto de convalidación y/o exención.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrá optar a los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño el alumnado que, habiendo finalizado sus estudios en centros educativos de la Comunitat Valenciana, sostenidos con fondos públicos o centros privados debidamente autorizados para impartir dichas enseñanzas.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 60/2013, de 12 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se crean y regulan para la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y se convocan los correspondientes para el alumnado que ha finalizado sus estudios en el curso 2011-2012 (DOGV nº 7048, de 18/06/2013).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes es desde el 1 de septiembre de 2023 al 30 de octubre de 2023.(DOGV 9607, 31.05.2023)

Formularios y documentación

Los alumnos que, reuniendo los requisitos establecidos en los apartados anteriores, deseen optar a estos premios, deberán presentar la siguiente documentación telemáticamente en la siguiente dirección electrónica http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16856&version=amp, o bien en el centro educativo en el que haya finalizado sus estudios o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. a) Instancia formulada según modelo normalizado. (Se deberá adjuntar copia escaneada de la inscripción al correo electrónico sogep@gva.es b) Certificación académica de los estudios realizados, expedido por la secretaría del centro en un modelo oficial. c) Breve currículum siguiendo el modelo europeo (Europass: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv) con indicación, en su caso, de los premios o becas que hayan obtenido y otros méritos cualesquiera que deseen alegar, acompañados de la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa correspondiente, debidamente justificada.

Presentación

Presentación

Presencial
Se deberá presentar la documentación que se indica, en el centro educativo donde haya realizado sus estudios o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, d'1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido al mencionado centro educativo.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

La documentación presentada por las personas solicitantes junto con la certificación académica de los estudios realizados por el alumnado, será tramitada telemáticamente por el centro educativo a través del trámite genérico en la siguiente dirección electrónica: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16856&version=amp. 1. Para la valoración de las solicitudes, se constituirá una comisión de selección designada por la dirección territorial competente en materia de educación, e integrada por: - Presidencia: la persona titular de la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial, o la persona en quien delegue. - Secretaría: una persona en representación de la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial. - Vocalías: un miembro de la inspección educativa, un director o directora de un centro docente donde se impartan enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, un funcionario o funcionaria del cuerpo de catedráticos o de profesores de Artes Plásticas y Diseño y una persona en representación y a propuesta de la mesa de padres. 2. La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial trasladará a la comisión de selección la documentación de los alumnos inscritos. 3. La comisión de selección confeccionará un acta con la calificación de cada estudiante presentado a la convocatoria y elaborará la propuesta de adjudicación provisional de los premios. 4. La comisión de selección elevará la propuesta de adjudicación de los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior y el acta de calificaciones finales de todo el alumnado presentado, para que la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial resuelva.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

1. Los premios se concederán a aquellas personas participantes que hayan obtenido la mayor calificación final del ciclo formativo. 2. En caso de empate, este se resolverá considerando la mayor puntuación obtenida tras la valoración de los siguientes apartados: 2.1. Estudios de idiomas. A efectos de acreditación del conocimiento de idiomas, se tendrán en cuenta los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Sólo se considerarán las certificaciones reconocidas oficialmente. Se valorarán de la siguiente forma: a) Por cada certificado de nivel A2 o equivalente: 0,2 puntos. b) Por cada certificado de nivel B1 o equivalente: 0,5 puntos. c) Por cada certificado de nivel B2 o equivalente: 0,8 puntos. d) Quienes hayan cursado con calificación positiva un nivel C o equivalente: 1 punto. Cuando proceda valorar las certificaciones señaladas en los apartados anteriores, solo se considerará la de nivel superior que presente la persona participante. 2.2. Estancias formativas en el extranjero (con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado). Se valorará con 0,1 puntos cada mes de estancia formativa en el extranjero organizada por una administración. 2.3. Formación específica asociada a la titulación (con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado). Se valorará con 0,05 puntos cada 10 horas de cursos certificados por una administración pública o entidad autorizada por la misma. 2.4. Otras formaciones (con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado). Se valorarán de la siguiente forma: a) Por cada titulación relacionada con el ciclo formativo cursado: 0,5 puntos. b) Por cada titulación no relacionada con el ciclo formativo cursado: 0,2 puntos. 2.5. Premios en exposiciones, en concursos o en certámenes de ámbito autonómico, nacional o internacional (con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado). Se valorarán de la siguiente forma: a) Por premios de ámbito internacional: 1,5 puntos (primer premio) y 1 punto (resto de premios). b) Por premios de ámbito nacional: 1,25 puntos (primer premio) y 0,75 puntos (resto de premios). c) Por premios de ámbito autonómico: 1 punto (primer premio) y 0,5 puntos (resto de premios). 2.6. Por exposiciones individuales o colectivas. Se valorarán de la siguiente forma: a) Participación en exposiciones individuales: hasta 0,75 puntos. b) Participación en exposiciones colectivas: hasta 0,75 puntos (la puntuación que se asignará será la resultante de dividir la otorgada a la exposición entre el número de las personas que exponen). 3. En el supuesto de persistir el empate, la comisión de selección dirimirá el mismo en función de la siguiente prelación: - La persona participante con mayor calificación en el módulo de Obra Final, para el caso de ciclos formativos de grado medio, o Proyecto Integrado, para el caso de ciclos formativos de grado superior. - La persona participante con mayor experiencia laboral relacionada con el ciclo formativo cursado, acreditado según el informe de vida laboral. 4. No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados por la persona participante, así como aquellos cuya acreditación documental no haya sido aportada de conformidad con lo dispuesto en la presente convocatoria. 5. La comisión de selección podrá proponer desierto alguno de los premios en el supuesto de que no existiera solicitante con la puntuación mínima exigida por el artículo 3.1, en un determinado grado y familia profesional. 6. En el caso de que el premio correspondiente a una familia profesional quedara desierto, podrá concederse a un candidato de otra familia profesional, a propuesta motivada de la comisión de selección.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que la ha dictado, dentro del plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación, o recurso contencioso administrativo, ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación.

Plazo máximo

Plazo máximo

1. La comisión de selección confeccionará un acta con la calificación de cada estudiante presentado a la convocatoria y elaborará la propuesta de adjudicación provisional de los premios. Los méritos alegados por los aspirantes serán baremados por la comisión únicamente en caso de producirse empates en la calificación final del ciclo formativo. 2. Esta propuesta de adjudicación provisional de los premios se hará pública en los tablones de anuncios de las direcciones territoriales competentes en materia de educación y en la página web de la consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. Los estudiantes presentados podrán realizar una reclamación por escrito contra la calificación obtenida, mediante una instancia dirigida a la presidencia de la comisión de selección, en el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a aquel en que se publiquen las calificaciones. 3. La comisión de selección elevará la propuesta de adjudicación de los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior y el acta de calificaciones finales de todo el alumnado presentado, para que la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial resuelva. De acuerdo con la propuesta formulada por la comisión de selección, que será publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, la consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte notificará al alumnado premiado la fecha y el lugar en el que se entregarán los premios.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa